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BOC Nº 019. Viernes 12 de Febrero de 1999 - 470

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

470 - Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.- Anuncio de 27 de noviembre de 1998, relativo a notificación de Resolución por la que se revocan los Boletines de Instalación autorizados para las máquinas recreativas TF-A-5253 y TF-A-6729, cuya titularidad ostenta la empresa operadora Miguel Alberto Díaz Armas.- Expte. nº R.13/98.

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Habiendo sido intentada la notificación de la Resolución de revocación de Boletines de Instalación de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación a la empresa operadora Miguel Alberto Díaz Armas, titular de las máquinas y a Dña. Evangelista Delgado Lorenzo, titular del local denominado Bar Eva Luna, donde estaban instaladas dichas máquinas, en el domicilio que figura en el expediente administrativo tramitado por esta Consejería, sin que haya podido practicarse de conformidad con lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación.

Examinado el expediente administrativo de revocación R.13/98, de los Boletines de Instalación autorizados para las máquinas recreativas TF-A-5253 y TF-A-6729, cuya titularidad ostenta la empresa operadora Miguel Alberto Díaz Armas. Vista la propuesta formulada por el Servicio de Gestión del Juego. Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Que con fecha 8 de abril de 1998, tuvo entrada en estas dependencias solicitud de la empresa operadora Oper Tenerife, S.A., de autorización de Boletín de Instalación para la máquina recreativa TF-B-16.502, para instalarla en el local denominado Bar Eva Luna, sito en la Plaza Collado Villalba, 6, La Laguna. 2º) Que comprobados con esta fecha los antecedentes obrantes en los archivos de estas dependencias, se observa que en el local de referencia, existen autorizaciones de explotación, con fecha 19 de junio de 1995, para las máquinas recreativas TF-A-5253 y TF-A-6729, cuya titularidad ostenta la empresa operadora Miguel Alberto Díaz Armas, para el local denominado Bar Eva Luna, sito en la Plaza Collado Villalba, 6, La Laguna.

3º) Que solicitado informe del Servicio de Inspección, éste lo emite en el sentido siguiente: se acredita la no existencia de máquinas recreativas en el local de referencia.

4º) Que en base a lo expuesto, se inició por esta Dirección General el correspondiente expediente administrativo de revocación de los Boletines de Instalación autorizados para las máquinas recreativas TF-A-5253 y TF-A-6729, cuya titularidad ostenta la empresa operadora Miguel Alberto Díaz Armas, para el local denominado Bar Eva Luna, sito en la Plaza Collado Villalba, 6, La Laguna. Habiéndose efectuado los trámites conducentes a la resolución del mismo, sin que se haya producido alegación alguna al respecto por la parte interesada, ni dado cumplimiento a lo requerido, por lo que procede la revocación de los mencionados Boletines de Instalación.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Primera.- Las competencias funcionales en esta materia se regulan por la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, y por el Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de esta Comunidad Autónoma, modificado por el Decreto 132/1989, de 1 de junio y el Decreto 89/1990, de 23 de mayo.

Segunda.- De conformidad con lo establecido en el artº. 11.2.F.a) del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, esta Dirección General es competente para intervenir en la resolución de este expediente.

Tercera.- El procedimiento seguido en la tramitación de este expediente se ajusta a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.- Que los artículos 7, 19.4 y concordantes del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, reguladores de la actividad de instalación y explotación de máquinas recreativas en los locales autorizados para ello, así como de las responsabilidades administrativas de los titulares de las mismas. En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Revocar la autorización concedida para los Boletines de Instalación correspondientes a las máquinas recreativas TF-A-5253 y TF-A-6729, propiedad de la empresa operadora Miguel Alberto Díaz Armas, autorizados para el local denominado Bar Eva Luna, sito en la Plaza Collado Villalba, 6, La Laguna, por no encontrarse instaladas y en explotación en el local para el que fueron autorizadas. Debiendo la empresa operadora titular de las mismas hacer entrega en estas dependencias de los dos ejemplares de los Boletines de Instalación correspondientes a dichas máquinas y de la documentación prevista en el artº. 12 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, a fin de dar cumplimiento al artículo 19 del citado texto legal.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso ordinario ante el Viceconsejero de Administración Pública, en el plazo de un mes, contado desde la notificación de la presente, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse. Santa Cruz de Tenerife, a 27 de noviembre de 1998.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan José Rodríguez y Rodríguez.

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