Estás en:
Habiéndose detectado error en la Resolución de 10 de noviembre de 1998, del Presidente del ICFEM (B.O.C. nº 143, de 13.11.98), por la que se modifican las bases para la concesión de subvenciones para la realización, en el bienio 1998-1999, de acciones de formación ocupacional y de formación continua mediante la suscripción de convenios de colaboración, establecidas por Resolución de 15 de abril de 1998 (B.O.C. nº 49, de 22.4.98),
R E S U E L V O:
Corregir la base vigésima, apartado 2, en los siguientes términos:
Donde dice:
... el ICFEM podrá, una vez aceptada la subvención, acordar el abono anticipado ...
Debe decir:
... el ICFEM podrá acordar el abono anticipado ...
Y al final donde dice:
..., sin perjuicio de que se apliquen los artículos 7 y 8 del Decreto.
Debe decir:
..., sin perjuicio de que se apliquen los artículos 7 y 8 del Decreto 3 /1998.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de diciembre de 1998.- El Presidente, Víctor Manuel Díaz Domínguez.
© Gobierno de Canarias