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BOC Nº 011. Lunes 25 de Enero de 1999 - 242

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

242 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 30 de octubre de 1998, relativa a la notificación de apercibimiento de orden de obras recaído en el expediente S-5/94, dirigida a D. Epifanio Armas García.

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Habiendo sido intentada sin que pudiera practicarse, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, la notificación de apercibimiento de orden de obras recaído en el expediente S-5/94, y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada y conforme a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92),

R E S U E L V O: Notificar a D. Epifanio Armas García la Resolución de la Dirección General de Vivienda de fecha 22 de junio de 1998, notificando apercibimiento de orden de obras, recaído en el expediente referenciado, cuya parte dispositiva dice textualmente: “Habiéndose emitido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta capital Sentencia nº 634 en la que se desestima el recurso contencioso-administrativo nº 1.796/1995, interpuesto por D. Epifanio Armas García contra Resolución de la Dirección General de Vivienda de fecha 19 de enero de 1995, recaída en el expediente referenciado, por denuncia de Dña. Candelaria Montañez Cabeza, por las obras sin autorización realizadas en la vivienda sita en calle Unamuno, 2, Parque La Granja, portal 4, ático, en el término municipal de esta capital, se le comunica que dispondrá de un plazo de sesenta días hábiles, a partir del siguiente al recibo de esta comunicación, para que realice las obras ordenadas consistentes en:

Demolición de las obras de ampliación de la vivienda, dejando el espacio en su estado primitivo. Apercibiéndole que de lo contrario, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le impondrá una multa coercitiva como acto de impulsión en procedimiento de ejecución forzosa.

Igualmente se le advierte que, en caso de persistir en el incumplimiento de la orden de obras dada, se le seguirán imponiendo sucesivas multas coercitivas, hasta su total ejecución.”

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de octubre de 1998.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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