Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 011. Lunes 25 de Enero de 1999 - 102

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

102 - Dirección General de Personal.- Resolución de 24 de noviembre de 1998, por la que se da cumplimiento al Auto de 7 de octubre de 1998, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaído en el recurso nº 281/1996, seguido a instancias de D. Salvador Pérez y Pérez y otros.

Descargar en formato pdf

Visto el Auto de 5 de noviembre de 1998, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que desestima el recurso de súplica interpuesto contra el Auto de 7 de octubre de 1998, de la misma Sala, recaído en el recurso nº 281/1996, seguido a instancias de D. Salvador Pérez y Pérez y otros, dictado en incidente de ejecución de la sentencia nº 164, de 28 de febrero de 1998.

Vista la Orden de 18 de noviembre de 1998, por la que se dispone el cumplimiento del referido Auto de 7 de octubre.

Considerando: que el acuerdo de la citada resolución judicial ordena “la ejecución de la sentencia dictada en el presente recurso contencioso-administrativo nº 281/1996, para lo que la Administración demandada deberá anular las adjudicaciones de las vacantes de la Escuela de Prácticas Aneja de La laguna que tengan su origen en las adjudicaciones anuladas o conexión con las mismas, con la finalidad de que los actores puedan optar a ellas en el concurso que al efecto deberá convocarse”.

Considerando: que, respecto a dicha actuación administrativa, tal como dispone el Auto de 5 de noviembre de 1998, de la misma Sala, en el último párrafo de su Fundamento de Derecho primero “no se trata de anular el procedimiento de readscripción convocado por Orden de 9 de mayo de 1996, sino de anular las adscripciones que se hayan producido a las plazas a las que se refiere la sentencia, que tengan su origen en las adjudicaciones anuladas”.

Considerando: que el Fundamento de Derecho segundo del referido Auto de 5 de noviembre de 1998 establece que “la ejecución de la sentencia no puede afectar a terceros que no hayan sido emplazados en este proceso”.

Considerando: que la adjudicación de las vacantes a que hacen referencia los dos Autos citados se realizó sucesivamente mediante las Resoluciones de 21 de octubre de 1993, 11 de marzo y 16 de mayo de 1994, de la Dirección General de Personal, así como a través de los actos públicos de adjudicación celebrados en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 9 de mayo de 1996.

Considerando: que el Auto de 23 de noviembre de 1998, de la repetida Sala, dictado en aclaración del de 5 de noviembre anterior, declara que el concurso que ha de celebrarse para la provisión de las plazas cuestionadas deberá atenerse a “la legislación vigente en la fecha de la convocatoria” y que “la fecha de la convocatoria deberá determinarse por la Administración, en el ejercicio de sus potestades de organización, teniendo presente la legislación aplicable y la necesidad de proceder cuanto antes sea posible a la ejecución de la sentencia judicial”.

Esta Dirección General, en el ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas,

R E S U E L V E:

Uno.- Dejar sin efecto las Resoluciones de 21 de octubre de 1993 (B.O.C. de 29) y de 11 de marzo de 1994 (B.O.C. de 18), de esta Dirección General, por las que se hace público el cumplimiento de la Sentencia de 28 de abril de 1993 recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 476/1990 y acumulados, así como la de 16 de mayo de 1994 (B.O.C. de 25), de la misma Dirección General, por la que se convoca concursillo de traslados a unidades de Educación General Básica y Preescolar de San Cristóbal de La Laguna.

Dos.- Dejar sin efecto la adjudicación de vacantes de la Escuela de Prácticas Aneja de San Cristóbal de La Laguna a los funcionarios relacionados en el anexo a la presente Resolución que la obtuvieron en los actos públicos celebrados los días 19, 21, 25 y 27 de junio de 1996.

Tres.- Reconocer derecho preferente a la localidad de San Cristóbal de La Laguna a todos los funcionarios afectados por la presente Resolución, que se incluyen, a efectos de concurso de traslados, en el apartado b) del artículo 18 del citado Real Decreto 895/1989, de 14 de julio.

Cuatro.- Los funcionarios a los que afecte esta Resolución que hayan obtenido destino en centro distinto de la Escuela de Prácticas Aneja de La Laguna en los procedimientos de provisión de plazas celebrados a partir de 1990 podrán optar por continuar en la plaza que ostentan o por participar voluntariamente en el concurso de traslados convocado por Orden de 29 de octubre de 1998, de esta Consejería (B.O.C. de 9 de noviembre).

Cinco.- El resto de los funcionarios afectados por esta Resolución habrá de participar con carácter obligatorio en el concurso de traslados citado en el apartado anterior y en los sucesivos que se convoquen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.4.2 del Real Decreto 1.664/1991, de 8 de noviembre, que modifica el Real Decreto 895/1989, de 14 de julio.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de noviembre de 1998.- El Director General de Personal, Jesús Torrent Samperio.

A N E X O

Albertos García, Rosario Aviño Gimeno, María Teresa Benítez Pérez, Ana Luisa Coderch Figueroa, María Rosario Díaz Luis, Norberta Alicia Estévez González, Rosario Aurora Febles Guijarro, María Consuelo Henríquez Martín, Nieves María Hernández Barrios, Dolores Hernández Hernández, María Concepción Herrera Hernández, María Isabel Martín López, Dolores María Martín Rodríguez, María Ángeles Oramas Luis, Rogelio Oropesa Hernández, Rafael Paz Martín, Pedro Miguel Pérez Felipe, Gabriel Pérez Pérez, Ana Pérez Pérez, Salvador Prieto Álvarez, Luis Gonzaga Quintero Arzola, Lucio Amado Rivas Ferrero, Leónides Rodríguez Granja, José Rodríguez Rodríguez, María Jesús San José Miranda, María Mercedes Sánchez González, María Ángeles Santana González, Araceli Valcárcel Boissier, José Antonio

© Gobierno de Canarias