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BOC Nº 162. Lunes 28 de Diciembre de 1998 - 4341

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Agencia Tributaria

4341 - Dependencia Regional de Recaudación de Las Palmas de Gran Canaria.- Anuncio de 23 de noviembre de 1998, relativo a delegación de competencias.

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El Real Decreto 391/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento en las reclamaciones económico-administrativas regula en su artículo 75 la suspensión automática de los actos de contenido económico, otorgando la competencia para la tramitación y resolución de las solicitudes que se presenten al órgano de recaudación.

La Resolución de 26 de abril de 1995, del Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se estructuran los Órganos de Recaudación y les son atribuidas competencias, modificada por la de 1 de junio de 1996, dispone en su apartado decimocuarto 1.b), que serán competentes para la tramitación y resolución de las solicitudes de suspensión automática de los actos de contenido económico previstos en el Real Decreto 391/1996, las Dependencia Regionales de Recaudación cuando las solicitudes de suspensión se refieran a actos objeto de reclamaciones económico-administrativas cuya resolución corresponda al Tribunal Económico-Administrativo Regional de su mismo ámbito territorial.

La problemática territorial de las Islas Canarias y la existencia de una Sala desconcentrada dentro del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Canarias hacen aconsejable en aras de una mayor eficacia administrativa y de facilitar el cumplimiento de los derechos y obligaciones a los contribuyentes, que la Dependencia Provincial de Recaudación de Tenerife tramite y resuelva las solicitudes de suspensión en ciertos casos. Por ello, y al amparo del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, delego las competencias previstas en el artículo 75 del Real Decreto 391/1996, para tramitar y resolver las solicitudes de suspensión de actos objeto de reclamaciones económico-administrativas cuya resolución corresponda al Tribunal Económico-Administrativo Regional de Canarias en la Dependencia Provincial de Recaudación de Tenerife, cuando tales actos hayan sido dictados por órganos de la Delegación Provincial de la A.E.A.T. o sean providencias de apremio emanadas de otras Administraciones públicas, Organismos o Entes públicos respecto a recursos de derecho público gestionados por la delegación provincial de la A.E.A.T. en Tenerife.

La presente delegación de competencias entrará en vigor el 1 de enero de 1999.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de noviembre de 1998.- El Jefe de la Dependencia Regional, Luis Sierra López-Belmonte.

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