Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 162. Lunes 28 de Diciembre de 1998 - 1932

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

1932 - ORDEN de 27 de octubre de 1998, por la que se toma conocimiento del Texto Refundido del Plan Especial de Protección y Reforma Interior de San Juan de la Rambla (Tenerife), declarando su aprobación definitiva.

Descargar en formato pdf

Visto el Texto Refundido del Plan Especial de Protección y Reforma Interior de San Juan de la Rambla.

Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 27 de noviembre de 1997, acordó suspender su aprobación definitiva con la finalidad de que se subsanen los reparos que en el propio acuerdo constan.

Resultando que el Servicio de Ordenación Urbanística de la Dirección General de Urbanismo informa que los reparos señalados han sido subsanados en el Texto Refundido aprobado por la Corporación, si bien el informe del Cabildo Insular de Tenerife en materia de patrimonio histórico-artístico ha sido desfavorable dentro del ámbito competencial que establece el artículo 20 de la Ley 16/1985, de 25 de junio.

Considerando que ha sido facultado este Departamento para la toma de conocimiento del documento rectificado. En su virtud,

D I S P O N G O:

Tomar conocimiento del Texto Refundido del Plan Especial de Protección y Reforma Interior de San Juan de la Rambla, declarando su aprobación definitiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Cabildo Insular de Tenerife por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, que determina en su artículo 20 que el otorgamiento de licencias, dentro del ámbito del Conjunto Histórico, está sujeto a resolución favorable de la Administración competente para la protección de aquél.

Contra la presente Orden cabe recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, previa comunicación a la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de octubre de 1998.

LA CONSEJERA DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE, María Eugenia Márquez Rodríguez.

© Gobierno de Canarias