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Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 26 de noviembre de 1997, acordó suspender su aprobación definitiva con el fin de limitar a tres las modificaciones propuestas por el Ayuntamiento, que se refieren el articulado de las Normas Urbanísticas, al suelo apto para urbanizar de uso industrial de La Cañada que se desclasifica y a una zona limítrofe con el suelo urbano de Llano del Moro.
Resultando que el Servicio correspondiente a la Dirección General de Urbanismo informa que el Texto Refundido elaborado por el Ayuntamiento da cumplimiento a lo acordado en el acto de suspensión citado.
Considerando que la propia Comisión facultó a la titular de este Departamento para la toma de conocimiento de la documentación rectificada.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Tomar conocimiento del Texto Refundido de la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de El Rosario que afecta al articulado de las Normas Urbanísticas, al suelo apto para urbanizar situado en La Cañada y a una superficie de terreno que se incorpora al suelo urbano de El Llano del Moro para su destino a viviendas de promoción pública.
Contra la presente Orden cabe recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente exigida en el artículo 110.3 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 27 de octubre de 1998.
LA CONSEJERA DE POLÍTICA
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE,
María Eugenia Márquez Rodríguez.
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