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Visto el expediente relativo a la modificación del Plan General de Ordenación del municipio de Arona que afecta a la parcela 9 del Polígono 2 de Costa del Silencio.
Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 28 de febrero de 1998, acordó suspender su aprobación definitiva con la finalidad de que se subsanen los reparos que en el propio acuerdo constan.
Resultando que el Servicio correspondiente de la Dirección General de Urbanismo informa que los reparos señalados han sido subsanados en la documentación rectificada remitida por el Ayuntamiento.
Considerando que la Comisión facultó a la titular de este Departamento para la toma de conocimiento de la documentación rectificada.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Tomar conocimiento del Texto Refundido de la modificación del Plan General de Arona que afecta a la parcela 9 del Polígono 2 de Costa del Silencio, declarando su aprobación definitiva.
Contra la presente Orden cabe recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, previa comunicación a la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 27 de octubre de 1998.
LA CONSEJERA DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE, María Eugenia Márquez Rodríguez.
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