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BOC Nº 160. Miércoles 23 de Diciembre de 1998 - 4261

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

4261 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 18 de septiembre de 1998, del Director, sobre notificación de Resolución denegatoria a la empresa C.A.P. Air Servicies, S.L., en ignorado domicilio, para proceder a la conclusión del expediente de solicitud de subvención.- Expte. nº 18132/96.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, se hace saber a la misma que con fecha 19 de mayo de 1998 fue efectuada notificación Resolución de Archivo del tenor literal siguiente:

Visto el expediente referenciado incoado a instancia de D. César Pérez Alemán, en representación de la empresa C.A.P. Air Servicies, S.L., en virtud de solicitud presentada el día 28 de octubre de 1996 ante el Instituto Canario de Formación y Empleo, mediante la cual interesa la concesión de subvención destinada a la creación de 1 puesto de trabajo con carácter indefinido, prevista en la Sección 2ª, Capítulo I del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nº 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el fomento y mantenimiento del empleo y de la economía social, y

Resultando que el requerimiento formulado por el Instituto Canario de Formación y Empleo el 24 de junio de 1997 con número de registro de salida del citado Organismo 3.682 de 1 de julio de 1997 a los efectos de que se aporte por la empresa peticionaria la documentación preceptiva para tramitar dicho expediente y que fue notificado el día 16 de julio de 1997, fue contestado el día 5 de agosto de 1997 fuera por tanto del plazo de los diez días establecidos en el mismo.

Considerando que el Instituto Canario de Formación y Empleo es competente para conocer el presente expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 5.Uno del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social.

Considerando la competencia que me atribuye el artículo 5.Dos del mencionado Decreto. Considerando lo dispuesto en los artículos 71.1, 42.1 y 54.e) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico, de las Administraciones Públicas y del Procedimiento que a tenor de lo establecido en el artículo 3.Tres del citado Decreto, no serán subvencionables las acciones realizadas con más de tres meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud salvo lo dispuesto en el presente Decreto, lo cual incumple la solicitud de subvención instada por el peticionario.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

R E S U E L V O:

Denegar a la empresa C.A.P. Air Servicies, S.L. la subvención solicitada por la creación de 2 nuevos puestos de trabajo de carácter indefinido, por los motivos expuestos. Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de septiembre de 1998.- El Director, Francisco Zumaquero García.

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