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Visto el expediente referenciado incoado a instancia de D. Ramón Eleuterio Suárez Bautista, en representación de la empresa con el mismo nombre, en virtud de solicitud presentada el día 20 de septiembre de 1996 ante el Instituto Canario de Formación y Empleo, mediante la que interesa le sea concedida subvención destinada a la conversión de 1 puesto de trabajo temporal en indefinido, prevista en las Secciones 1ª y 3ª del Capítulo I del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nº 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el fomento y mantenimiento del empleo y de la economía social, y
Resultando que el requerimiento formulado por el Instituto Canario de Formación y Empleo el 19 de junio de 1997 con número de registro de salida del citado Organismo 3.109, a los efectos de que se aporte por la empresa peticionaria la documentación preceptiva para tramitar dicho expediente y que fue notificado el día 3 de julio de 1997, no ha sido contestado hasta la fecha.
Considerando que el Instituto Canario de Formación y Empleo es competente para conocer el presente expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 5.Uno del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social.
Considerando la competencia que me atribuye el artículo 5.Dos del mencionado Decreto.
Considerando lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,
R E S U E L V O:
Primero.- Tener por desistida la petición formulada por la empresa D. Ramón Eleuterio Suárez Bautista, a los efectos de acogerse a la subvención prevista en las Secciones 1ª y 3ª del Capítulo I del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nº 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el fomento y mantenimiento del empleo y de la economía social.
Segundo.- Que se archive el expediente referenciado sin más trámites.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de septiembre de 1998.- El Director, Francisco Zumaquero García.
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