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1998/159 - Lunes 21 de Diciembre de 1998

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

Regresar al sumario 4223 Dirección General de Urbanismo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 6 de octubre de 1998, sobre notificación a D. Antonio Villalba Lainez de la Resolución dictada en el expediente de referencia S.R. 1.575/96.

No habiéndose podido practicar la notificación a D. Antonio Villalba Lainez, referente al expediente de ampliación de vivienda con reforma para restaurante y tienda de antigüedades, en el lugar denominado Camino de Las Cuestas, nē 20, en el término municipal de Tías, del escrito de la Dirección General de Urbanismo, de 26 de mayo de 1997, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Antonio Villalba Lainez el escrito de esta Dirección General de Urbanismo, cuyo texto es el siguiente:

Visto el expediente administrativo nē 1.575/96 sobre autorización en suelo rústico para la legalización de ampliación de vivienda con reforma para restaurante y tienda de antigüedades, en el emplazamiento de Camino de Las Cuestas, nē 20, municipio de Tías, solicitado por D. Antonio Villalba Lainez.

ANTECEDENTES

1. El informe municipal es favorable condicionado.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1. El artículo 5.6.3.2 del Plan Insular de Ordenación.

2. La Ordenanza correspondiente a Asentamiento Rural Tipo I de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.

3. El artículo 9 de la Ley 5/1987, de 7 de abril.

En cuanto a competencias, la ostenta este órgano en virtud del artē. 11 de la citada Ley 5/1987, de 7 de abril y el artē. 16.1 del Decreto 107/1995.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Autorizar la ampliación de vivienda (total 534,16 m2) de dos plantas, con reforma para restaurante y tienda de antigüedades, en un terreno de 3.184 m2 en el emplazamiento de Camino Las Cuestas, nē 20, municipio de Tías, solicitado por D. Antonio Villalba Lainez; por los motivos que constan en los fundamentos jurídicos de esta Resolución y con arreglo a las siguientes condiciones generales:

Primera.- La presente autorización no exime de la obligación de obtener la preceptiva licencia municipal, advirtiendo al interesado que si en el plazo de seis meses contados a partir de la fecha de esta Resolución, no se solicitara dicha licencia municipal, esta autorización caducará a todos los efectos.

Segunda.- El definitivo proyecto que para la obtención de la licencia municipal deba redactarse, se acomodará a la documentación técnica presentada ante esta Dirección General y que, diligenciada, se acompaña.

Tercera.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 37 del Texto Refundido de la Ley del Suelo, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 1/1992, el derecho a la edificación se adquirirá una vez conclusas las obras al amparo de la licencia municipal no caducada y conforme a la ordenación urbanística.

Cuarta.- Para la declaración de la obra nueva terminada, los Notarios y Registradores de la Propiedad exigirán para autorizar o inscribir, respectivamente, escrituras de la declaración de obra nueva en la que se acredite el otorgamiento de la licencia de edificación, que se acomodará a la autorizada en esta Resolución, y la certificación final de obra expedida por técnico competente conforme al proyecto presentado.

Quinta.- Para autorizar o inscribir escrituras de declaración de obra nueva cuando estén en proceso de construcción, a la licencia de edificación se acompañará certificación expedida por el técnico competente acreditativa de que la descripción de la obra nueva se ajusta al proyecto para el que se obtuvo la presente autorización y licencia. En este caso la terminación efectiva de la obra se hará constar mediante acta notarial que incorporará la certificación de finalización de obra mencionada.

Notifíquese esta Resolución al interesado y al Ayuntamiento.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Política Territorial y Medio Ambiente, en el plazo de un mes contado a partir de su notificación, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que se estime oportuno.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de octubre de 1998.- El Director General de Urbanismo, Juan César Muñoz Sosa.

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