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Examinado el expediente tramitado por el Servicio de Política Exterior y Asuntos Generales de la Viceconsejería de Relaciones Institucionales, relativo a la concesión de transferencias destinadas al apoyo al sostenimiento de las entidades canarias en el exterior.
Vista la propuesta formulada por la Comisión de Estudio y Selección.
Teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
1º) Mediante Orden de 21 de abril de 1998 (B.O.C. nº 61, de 20.5.98) fue convocado el apartado segundo del Programa 2 del Decreto 252/1996, de 26 de septiembre, que establece diversos programas de actuación en favor de las entidades canarias en el exterior, estando dicho programa destinado al apoyo al sostenimiento de dichas entidades.
2º) Las solicitudes presentadas han sido debidamente examinadas, habiendo sido seleccionadas aquellas que reúnen los requisitos exigidos, así como la documentación requerida por la mencionada Orden de convocatoria.
3º) La Comisión de Estudio y Selección, reunida el día 13 de octubre de 1998, de conformidad con lo dispuesto en la base séptima, apartado 2 de la referida Orden, elevó la correspondiente propuesta de concesión de las transferencias solicitadas.
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto 157/1993, de 14 de mayo, por el que se establece el régimen de gestión de las transferencias, la competencia para acordar las mismas la ostenta el Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, habiendo sido delegada dicha competencia en el Viceconsejero de Relaciones Institucionales en el apartado segundo de la parte resolutiva de la Orden de convocatoria.
Segunda.- Las solicitudes seleccionadas reúnen los requisitos y documentación requeridos por el artículo 4.3 del Decreto 252/1996, y concretados en la base cuarta de la Orden de convocatoria.
Tercera.- En la tramitación de las solicitudes se ha seguido el procedimiento previsto en el Decreto 252/1996 y en la Orden de convocatoria, habiéndose tenido en cuenta los criterios que han de regir la concesión, determinados en la base quinta de esta última, en relación con el artículo 8 del Decreto 252/1996.
Cuarta.- El artículo 1 del Decreto 157/1993, de 14 de mayo, entiende por transferencia todo desplazamiento patrimonial que tenga por objeto una entrega dineraria o en especie entre distintos agentes de las Administraciones Públicas, entes privados o particulares.
Quinta.- El artículo 5 del mismo Decreto, establece que el acto en virtud del cual se acuerde la transferencia determinará el destinatario, la operación o actividad no singularizada a financiar, la cuantía, la aplicación presupuestaria a la que se imputa el gasto, así como la forma y condiciones en que serán librados los fondos.
En base a lo expuesto, y vistas las disposiciones legales de general aplicación y lo previsto en el Decreto 157/1993, de 14 de mayo,
R E S U E L V O:
Primero.- Conceder transferencias por un importe total de veintitrés millones (23.000.000) de pesetas a las entidades canarias en el exterior que se relacionan en el anexo a la presente Resolución, según las cuantías que se determinan en el mismo.
Segundo.- El abono de las transferencias se efectuará de una sola vez, con cargo a la aplicación presupuestaria 08.12.112.P.490.00, P.I.L.A. 06.4020.02, denominada “Entidades Canarias en el Exterior”, de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1998.
Tercero.- Los beneficiarios de las transferencias estarán sujetos a las obligaciones que se establecen en la base décima de la Orden de convocatoria.
Cuarto.- Las entidades beneficiarias de las transferencias que se determinan en la presente Resolución de concesión, estarán sometidas al control financiero de la Intervención General, de conformidad con lo previsto en la Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en el Reglamento de la Función Interventora.
Asimismo y en el caso de que así se requiriese por la Viceconsejería de Relaciones Institucionales, los beneficiarios de las presentes transferencias justificarán la utilización de los fondos públicos en la realización de la actividad o adopción de la conducta objeto de las mismas, mediante la presentación de la documentación que se especifica en la base undécima de la Orden de convocatoria.
Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses desde su publicación, previa comunicación a esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de noviembre de 1998.- El Viceconsejero de Relaciones Institucionales, Francisco Aznar Vallejo.
A N E X O
ENTIDAD BENEFICIARIA DESTINO IMPORTE (Ptas.) Asociación Canaria en Dinamarca Gastos de funcionamiento 358.062 Asociación Cultural Guanche (Suecia) Gastos de funcionamiento 716.124 Casa Canaria de Valladolid Gastos de funcionamiento 453.759 Casa Regional Islas Canarias (Barcelona) Gastos de funcionamiento 364.243 Hogar Canario de Barcelona Gastos de funcionamiento 632.790 Hogar Canario de Sevilla Gastos de funcionamiento 805.639 Asociación Canaria Zona Norte (Argentina) Gastos de funcionamiento 716.124 Asociación de Amistad Cubano-Canaria Gastos de funcionamiento 1.074.188 Leonor Pérez Cabrera Centro Archipiélago Canario de Buenos Aires Gastos de funcionamiento 984.670 Centro Canario de Rosario (Argentina) Gastos de funcionamiento 626.608 Centros Canarios de Brasil Gastos de funcionamiento 626.608 Colectividad Canaria del Departamento de Gastos de funcionamiento 90.000 Maldonado (Uruguay) Comunidad Canaria en México, A.C. Gastos de funcionamiento 805.639 Hogar Canario de Florida (E.E.U.U.) Gastos de funcionamiento 895.155 Sociedad Islas Canarias (Uruguay) Gastos de funcionamiento 805.639 Asociación Amigos Icodenses en Venezuela Gastos de funcionamiento 805.639 ENTIDAD BENEFICIARIA DESTINO IMPORTE (Ptas.) Asociación Canaria de la Isla de Margarita, Gastos de funcionamiento 805.639 A.C. (Venezuela) Asociación Civil Amigos de Garoé (Venezuela) Gastos de funcionamiento 750.000 Asociación Civil Amigos de Lanzarote (Venezuela) Gastos de funcionamiento 435.000 Asociación Hijos y Amigos del Tanque en Venezuela Gastos de funcionamiento 309.636 Asociación Civil Villa de Los Realejos (Venezuela) Gastos de funcionamiento 500.000 Casa Canaria de Altagracia de Orituco (Venezuela) Gastos de funcionamiento 375.000 Centro Hispano de Instrucción y Deportes de Punto Gastos de funcionamiento 759.375 Fijo (Venezuela) Centro Hispano Venezolano del Estado de Aragua Gastos de funcionamiento 895.155 Centro Social Canario Venezolano de Acarigua Gastos de funcionamiento 895.155 Centro Social y Deportivo Cagua (Venezuela) Gastos de funcionamiento 537.093 Club Social Archipiélago Canario (Venezuela) Gastos de funcionamiento 895.155 Hermandad Nuestra Señora de las Nieves Gastos de funcionamiento 750.000 (Venezuela) Hogar Canario de Mérida (Venezuela) Gastos de funcionamiento 626.608 Hogar Canario Venezolano Gastos de funcionamiento 984.670 Hogar Canario Venezolano de Coro Gastos de funcionamiento 250.000 Hogar Canario Venezolano del Valle de la Pascua Gastos de funcionamiento 680.317 Hogar Hispano de Yaracuy (Venezuela) Gastos de funcionamiento 895.155 Sociedad Nuestra Señora de la Candelaria Gastos de funcionamiento 895.155 (Venezuela)
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