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R E S U E L V E:
Primero.- Convocar la realización, con carácter experimental, de proyectos de impartición de la primera lengua extranjera en el primer ciclo de Educación Primaria, para ser desarrollados en centros públicos, durante los cursos académicos 1999-2000 y 2000-2001, conforme a los requisitos y criterios que se recogen en la presente Resolución. Tales proyectos tienen como objetivo general y primordial mejorar la competencia comunicativa de nuestro alumnado en una primera lengua extranjera.
Segundo.- La presente convocatoria tiene como condiciones y requisitos específicos los que se concretan en las siguientes bases:
1. Condiciones formales de carácter general.
El proyecto será presentado para el primer ciclo de Educación Primaria, debiendo desarrollarse la experiencia de forma simultánea en los dos cursos del primer ciclo.
A efectos de su aprobación, tendrán prioridad los proyectos que sean asumidos por todos los centros de Educación Primaria que conforman el distrito educativo.
El proyecto debe estar aprobado por el Claustro y el Consejo Escolar de cada centro.
La distribución temporal de la impartición de la primera lengua extranjera en el primer ciclo será de una hora y media a la semana para cuya distribución se realizará una propuesta en el proyecto, en función de la disponibilidad de profesorado, de espacio y de tiempo. Como orientación se propone la posibilidad de distribución de espacios exclusivos para la lengua extranjera, en sesiones semanales, como máximo de 30 minutos cada una, o bien a través de áreas tales como las de Educación Artística, Educación Física, etc.
A los alumnos que inicien esta experiencia se les garantizará en el centro la continuidad del aprendizaje en la lengua extranjera a lo largo del resto de la etapa.
Es requisito imprescindible que los centros que deseen acogerse a esta experimentación cuenten en su plantilla con el profesorado necesario para garantizar la impartición de la misma, sin que aquella se incremente.
En los documentos de evaluación correspondientes a la Educación Primaria figurará la circunstancia de que el alumno o la alumna ha participado en esta experiencia, haciéndose la correspondiente anotación, a través de diligencia, en las páginas destinadas a observaciones del libro de Escolaridad de la Enseñanza Básica y en el Expediente Académico del alumno.
2. Perfil del profesorado.
El profesorado que impartirá el área en este tramo educativo ha de ser especialista en el idioma extranjero o habilitado para impartir dicha especialidad y poseer un dominio de las competencias comunicativas en ese idioma. Sin perjuicio de reunir estos requisitos previos, tendrá preferencia el profesorado que, además, tenga experiencia docente en Educación Infantil o primer ciclo de Educación Primaria.
3. Solicitantes.
Podrán acogerse a esta experiencia los centros públicos que impartan la etapa de Educación Primaria y que cuenten con profesorado que reúna los requisitos anteriormente citados, en número fijado en su momento por la Administración educativa a la vista de las solicitudes y demás documentación complementaria presentada.
4. Documentación necesaria.
Los centros interesados deberán presentar en la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa la siguiente documentación:
A) Proyecto que se pretende desarrollar durante los cursos académicos 1999-2000 y 2000-2001, conteniendo los siguientes apartados:
a) Breve justificación teniendo en cuenta los siguientes aspectos del Proyecto Educativo de Centro:
- Análisis del contexto sociocultural del centro.
- Características del alumnado.
- Descripción de los recursos humanos y materiales existentes en el centro que inciden en la implantación de esta experiencia.
b) Análisis de la repercusión de la experiencia en el centro e incidencia en el Proyecto Curricular de Área de Lenguas Extranjeras.
c) Organización del currículo especificando los objetivos, contenidos, estrategias metodológicas y criterios de evaluación.
d) Exposición de las necesidades de formación del profesorado que se tengan o se prevean, especificando el tipo y modelo de formación que consideren más adecuados.
e) Definición de los modelos de coordinación en el centro y con el distrito en su caso.
f) Informe favorable de la Comisión de Coordinación Pedagógica y Orientación Educativa.
g) Número de alumnos y grupos a los que se dirigirá la experiencia.
h) Compromiso de desarrollo del proyecto, conforme modelo del anexo de la presente Resolución, firmado por el Director o la Directora del centro.
B) Certificación de acuerdo del Claustro que exprese:
a) Aprobación del proyecto.
b) Designación del profesor o profesora que coordinará el proyecto, haciendo constar su aceptación. En aquellos centros que por razones de distinta índole no pudieran realizar la designación del profesor que imparte el proyecto en las fechas establecidas en la presente convocatoria o que habiéndolo hecho hubiera algún cambio con respecto al profesorado propuesto, han de enviar a esta Dirección General los posibles cambios que se originen y los documentos pertinentes una vez se tenga conocimiento de los mismos.
c) Compromiso expreso del profesorado implicado de asistir a las reuniones de coordinación y de formación que se establezcan, previéndose por esta Dirección General realizar una reunión trimestral de coordinación y seguimiento, además de la formación contemplada en el apartado 6. Si se da la circunstancia prevista en el apartado anterior se hará llegar este compromiso de acuerdo con lo establecido en dicho apartado.
d) Disponibilidad, en el horario, de un tiempo específico para las tareas que realizará la persona que lleve la coordinación interna del proyecto, flexibilizando la organización si fuera preciso para garantizar la asistencia a las reuniones de coordinación que en su momento se planifiquen conjuntamente con los demás centros del distrito, centros acogidos a la experiencia, así como reuniones de carácter interno.
C) Certificación de un acuerdo del Consejo Escolar favorable al desarrollo del proyecto.
D) Documentación acreditativa de los aspectos considerados en los criterios de selección reseñados en el apartado 8 de las presentes bases de convocatoria.
5. Plazo y lugar de presentación.
El plazo de presentación de la documentación indicada en el apartado anterior será de 35 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias en la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa en la calle León y Castillo, 57, 4º, Las Palmas de Gran Canaria, o en la calle José de Zárate y Penichet, 4, Edificio Arco Iris, Residencial Anaga, en Santa Cruz de Tenerife. Asimismo también podrá presentarse en las Direcciones Territoriales de Educación de la Comunidad Autónoma de Canarias o Direcciones Insulares de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
6. Recursos y asesoramiento.
Con el fin de apoyar el desarrollo de esta experiencia esta Dirección General pondrá en marcha un plan de asesoramiento y formación continua del profesorado participante en la misma a través de un curso de 100 horas de duración y que tendrá el siguiente diseño:
a) Fase inicial: 35 horas.
b) Fase de seguimiento: 30 horas.
c) Fase práctica: 25 horas.
d) Fase de evaluación: 10 horas.
7. Duración.
La duración de los proyectos será de los dos cursos escolares que abarcan el primer ciclo de la Educación Primaria, si bien esta Dirección General, teniendo en cuenta los informes elaborados por la Inspección de Educación, por la Coordinación General del Proyecto junto con los asesores y las asesoras de CEPs y por el propio centro, podrá prorrogar dichos proyectos con las oportunas modificaciones o actualizaciones que en su momento se estimen necesarias.
8. Criterios de selección.
La selección de los proyectos será realizada de acuerdo con los siguientes criterios:
1º) Adecuación del proyecto a los aspectos estipulados en el apartado 4 de las bases de la presente convocatoria.
2º) Riqueza de las propuestas pedagógicas y organizativas acordes a los objetivos, contenidos, aspectos metodológicos y criterios de evaluación, así como la valoración de la coherencia interna de todos los elementos del currículo propuestos.
3º) Grado de compromiso del profesorado, del colectivo docente en general con el desarrollo del proyecto, primando aquellos en los que se encuentren implicados todos los centros que conforman un mismo distrito educativo.
4º) Nivel de competencia comunicativa del profesorado que impartirá el idioma y que se acreditará mediante la entrevista efectuada en el idioma extranjero de su especialidad.
5º) Propuestas organizativas del centro en cuanto a espacios y horarios.
9. Procedimiento para la selección de proyectos.
Para la evaluación y selección de los proyectos se constituirá una Comisión integrada por los siguientes miembros:
- Presidente: el Director General de Ordenación e Innovación Educativa o persona en quien delegue.
- Secretario/a: un funcionario/a de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.
- Vocales: un Inspector/a de Educación designado por la Inspección General de Educación, un/a asesor/a de CEP, un profesor/a de centro de Educación Primaria que no presente proyecto y el coordinador general del proyecto, designados por esta Dirección General.
La Comisión de Selección podrá solicitar a los participantes la información o aclaración de aquellos aspectos que estime necesario.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se convocará una breve entrevista a los profesores cuyo proyecto haya sido preseleccionado por cumplir los requisitos establecidos en la presente Resolución. Una vez valorados los proyectos y realizada la entrevista, la comisión publicará la relación de centros y proyectos aprobados.
Los proyectos aprobados se publicarán en la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, Direcciones Territoriales, Direcciones Insulares y CEPs.
10. Evaluación del proyecto.
Esta Dirección General solicitará de los centros cuyos proyectos hayan sido autorizados la información que estime necesaria para evaluar la experiencia de la impartición de la primera lengua extranjera en el primer ciclo de Educación Primaria.
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de diciembre de 1998.- El Director General de Ordenación e Innovación Educativa, Manuel Hernández Cabrera.
A N E X O
SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE EXPERIMENTACIÓN DEL PRIMER IDIOMA
EN EL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Nombre del centro ......................................................................................................................................, nº de Unidades ....................., dirección ..................................................................................................................., teléfono .................................................., fax ..............................................................., código del centro ........................................................................................... .
D./Dña. ................................................................................................................................................................................, Director/a del Centro de Primaria cuyos datos figuran citados,
EXPONE:
Que conocida la Orden de 7 de febrero de 1994 por la que se regula la impartición de las Lenguas Extranjeras en la Educación Primaria y la Resolución de 2 de diciembre de 1998, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por la que se convoca la realización, con carácter experimental, de proyectos de anticipación de la primera Lengua Extranjera al primer ciclo de la Educación Primaria, el Claustro de profesores reunido el día ....... de ............................ de 199.... acuerda acogerse a la citada experimentación en las condiciones requeridas, adaptando los horarios de modo que permitan la impartición de la Lengua Extranjera.
Asimismo, a petición propia, se harán cargo de impartir las clases y demás actividades complementarias que la experimentación requiere los siguientes profesores/as:
D./Dña. ................................................................................................................................ N.R.P. .................................................................. situación administrativa de ................................................................................. y cualificación profesional ....................................................
D./Dña. ................................................................................................................................ N.R.P. .................................................................. situación administrativa de ................................................................................. y cualificación profesional ....................................................
por todo ello,
SOLICITA que se autorice al centro que se cita para anticipar la impartición en el primer ciclo de Educación Primaria del Idioma ....................... con carácter experimental en los términos que establecen la Orden y Resolución reguladoras.
..................................................................., a .......... de ..................................... de 199... .
Vº. Bº.: Inspector/a
El/la Director/a
Fdo.: ...........................................
ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE ORDENACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA.
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