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Por Resolución de 15 de noviembre de 1996 (B.O.C. de 20 de diciembre), se concedieron ayudas para estudios universitarios en el curso 1995/96.
Por un error en la valoración de los méritos, se le denegaron las peticiones a Dña. Silvia María Perdomo Morales y a Dña. Eva Vega González.
Resultando que en la revisión de los respectivos expedientes se constató que ambas habían acreditado documental y fehacientemente que cumplían con todos y cada uno de los requisitos y demostraban que se encontraban en la situación de hecho para ser beneficiarias de las ayudas, Dña. Silvia María Perdomo Morales para la ayuda de tasas por importe de 116.260 pesetas, y Dña. Eva Vega González para la de desplazamiento en la cuantía de 273.260 pesetas al residir en isla distinta a la del Centro de estudio.
Considerando lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en el sentido de que las Administraciones Públicas podrán en cualquier momento rectificar los errores producidos en sus actos y habiéndose constatado la valoración errónea efectuada en los antedichos expedientes, y en virtud de las competencias que se me delegan en la Orden de convocatoria de 18 de septiembre de 1995,
R E S U E L V O:
Modificar la Resolución de 15 de noviembre de 1996 (B.O.C. de 20 de diciembre), e incluir a las beneficiarias, por los conceptos y cuantías que se relacionan:
Dña. Silvia María Perdomo Morales. Tasas: 116.260 pesetas. Dña. Eva Vega González.
Desplazamiento: 273.260 pesetas.
Santa Cruz de Tenerife, a 27 de octubre de 1998.-La Directora General de Universidades e Investigación, María Teresa González de la Fe.
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