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BOC Nº 152. Viernes 4 de Diciembre de 1998 - 1789

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

1789 - ORDEN de 23 de noviembre de 1998, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A), especialidad de Veterinarios de Administración Sanitaria, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 99/1992, de 11 de junio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1992, procede convocar las correspondientes pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A) de esta Administración, que se llevará a cabo mediante el sistema de oposición.

De conformidad con los artículos 71 y siguientes de la Ley territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, así como el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado y provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado.

Emitido informe por la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Gasto Público, sobre la adecuada cobertura presupuestaria de las plazas convocadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36.2 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1998.

Vistos los informes de la Dirección General del Servicio Jurídico y de la Dirección General de la Función Pública.

En el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 6.2.i) de la citada Ley 2/1987, de 30 de marzo, y en el artículo 7.1.i) del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A).

Segundo.- Las citadas pruebas selectivas se regirán por las siguientes

BASES

1. OBJETO.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de dos plazas adscritas al Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A), especialidad de Veterinarios de Administración Sanitaria, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

De las citadas plazas se reservará una para el turno general de acceso libre y otra para el turno de promoción interna.

La plaza reservada para los funcionarios que concurran por el turno de promoción interna no cubierta con dichos aspirantes, por no superar la calificación mínima exigida, tendrá que acumularse al turno general de acceso libre.

El aspirante que ingrese por el turno de promoción interna tendrá, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes de la presente convocatoria sobre el aspirante que ingrese por el turno general de acceso libre.

Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los turnos.

1.2. La selección se efectuará por el sistema de oposición.

1.3. Las pruebas selectivas se regirán por la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado y provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado y por lo dispuesto en las presentes bases.

2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Veterinaria.

d) No padecer enfermedad o estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. 2.2. Aquellos aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B o a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo A de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, o bien ser funcionarios de Cuerpos o Escalas del Grupo B o Grupo A del Estado, de otras Comunidades Autónomas o de las Corporaciones Locales canarias que se encuentren ocupando un puesto de trabajo obtenido mediante concurso o libre designación en la Administración de esta Comunidad Autónoma, y tener, asimismo, una antigüedad de al menos dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan.

Los servicios reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en alguno de los Cuerpos o Escalas de los Grupos B o A, serán computables, a efectos de antigüedad, para participar en estas pruebas por el turno de promoción interna.

2.3. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, sin perjuicio de lo previsto en la base 3.5.

2.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. SOLICITUDES.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán dirigir su solicitud a esta Consejería, en instancia según modelo que se acompaña como anexo II a la presente convocatoria, que será facilitada gratuitamente en las Oficinas de la Dirección General de la Función Pública, instaladas en la calle José de Zárate y Penichet, Edificio Arco Iris, 1ª planta, Residencial Anaga, Santa Cruz de Tenerife, y en las Oficinas Centrales de Información y Registro dependientes de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, sitas en los Edificios Administrativos de Usos Múltiples, ubicados en la Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Las Palmas de Gran Canaria, y en la calle José Manuel Guimerá, 8 (nº II), Santa Cruz de Tenerife.

Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en las dependencias de los Cabildos Insulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente mencionada, y en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

3.2. El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

3.3. A las instancias solicitando tomar parte en las pruebas se acompañará inexcusablemente el recibo acreditativo del pago de los derechos de examen, cuyo importe se encuentra señalado en el apartado 3.4, que se efectuará mediante impreso que se facilitará en las oficinas mencionadas en el primer párrafo del apartado 3.1 anterior.

3.4. El importe de la tasa a satisfacer para participar en la presente convocatoria es de dos mil novecientas diecisiete (2.917) pesetas, según lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, de la Consejería de Economía y Hacienda, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, actualizado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1998, y su ingreso podrá efectuarse en cualquier Banco o Caja de Ahorros que tenga la calificación de Entidad Colaboradora, mediante el impreso “documento de ingreso” que se facilitará en las oficinas antes mencionadas. En las solicitudes presentadas fuera del ámbito de esta Comunidad Autónoma se podrá satisfacer la tasa mediante giro postal o telegráfico a favor de la Dirección General de la Función Pública, acompañando el resguardo del citado giro a la instancia.

3.5. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales que concurran tienen que alegar de forma expresa, al tiempo de presentar la correspondiente solicitud, qué tipo de minusvalía padecen y qué adaptaciones necesitan para la realización de las pruebas, así como acreditar, con carácter previo a la realización del primer ejercicio, mediante certificación del equipo multidisciplinar previsto en el artículo 1 del Decreto 43/1998, de 2 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo IV, Título VI de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, que cumplen las condiciones adecuadas, especificándose asimismo en dicha certificación el tipo de adaptación funcional necesaria para la correcta realización de las pruebas y para la posterior realización del trabajo. 4. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Dirección General de la Función Pública dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, se indicará el plazo de subsanación de defectos que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a los aspirantes excluidos. Asimismo, dicha Resolución indicará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.

Los aspirantes que dentro del plazo de subsanación de defectos no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas.

4.2. Contra la citada Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente.

5. TRIBUNAL CALIFICADOR.

5.1. El Tribunal Calificador se compone de cinco miembros, cada uno de los cuales tendrá un suplente.

5.2. La designación de los miembros del Tribunal Calificador se hará por Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2.f) del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, publicándose dicha Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán poseer titulación académica igual o superior a la exigida a los aspirantes y adecuada al área de conocimiento necesaria para poder enjuiciarlos y no estará formado mayoritariamente por miembros del Cuerpo objeto de las pruebas.

5.3. Para la válida constitución del Tribunal Calificador se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la mitad, al menos, de sus miembros.

En lo no previsto en la presente convocatoria, el procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.4. Previa convocatoria del Presidente, el Tribunal Calificador celebrará su sesión de constitución antes de la realización del primer ejercicio de la oposición, y en dicha sesión acordará todas las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. Los miembros del Tribunal Calificador y, en su caso, el personal colaborador tendrán derecho a percibir las indemnizaciones o dietas que les correspondan en relación a los servicios y a los derechos de asistencia que se atribuyen a los Tribunales de la categoría primera (Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, sobre indemnizaciones por razón del servicio, B.O.C. nº 137, de 22.10.97). El número máximo de asistencias a devengar por los miembros del Tribunal será de diez.

A estos efectos, el Secretario del Tribunal expedirá certificación acreditativa de cada una de las sesiones del Tribunal y de las personas asistentes a las mismas.

5.6. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estuvieran incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, debiendo notificar la concurrencia de cualquiera de estas circunstancias al Director General de la Función Pública.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran en los mismos las circunstancias previstas en este apartado.

5.7. La Dirección General de la Función Pública podrá nombrar funcionarios públicos para colaborar en el desarrollo del proceso de selección. Dicho personal limitará su actuación, bajo las instrucciones del Presidente del Tribunal, al desarrollo de tareas de llamamiento de aspirantes, entrega y recogida de documentos y otras análogas.

La relación del personal colaborador se expondrá, en lista certificada por el Secretario del Tribunal, en el lugar de celebración de los ejercicios de la oposición, antes del inicio de los mismos.

5.8. Tendrán representación ante el Tribunal las Centrales Sindicales de mayor implantación y representatividad en el territorial de la Comunidad Autónoma. Los representantes sindicales, cuyo número no será en ningún caso superior a tres, podrán recabar información del Tribunal y hacer constar, en su caso, cualquier cuestión que afecte al procedimiento de selección.

6. SISTEMA SELECTIVO.

6.1. El proceso selectivo se llevará a cabo por el sistema de oposición.

6.2. La oposición se compone de los siguientes ejercicios:

- Primer ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito, durante dos horas, dos temas del programa que se acompaña como anexo I de la presente convocatoria, uno de la parte general y el otro de la parte específica, que se extraerán al azar por el Tribunal antes del comienzo del ejercicio.

Los funcionarios que concurran por el turno de promoción interna y pertenezcan a un Cuerpo o Escala del mismo Grupo que las plazas objeto de la presente convocatoria, estarán exentos de desarrollar el tema correspondiente a la parte general del temario, disponiendo de una hora para desarrollar el tema relativo a la parte específica.

La no superación del primer ejercicio inhabilitará al aspirante para continuar las pruebas selectivas. Las puntuaciones de dicho ejercicio serán expuestas en el lugar donde el mismo se haya celebrado, en la Dirección General de la Función Pública y en las Oficinas Centrales de Información y Registro.

- Segundo ejercicio: consistirá en el desarrollo por escrito, en un período máximo de una hora, de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, a elegir entre dos, relacionado con el temario de la parte específica de la convocatoria.

6.3. El Tribunal podrá acordar la lectura pública de cualquiera de los dos ejercicios, pudiendo solicitar al aspirante aclaraciones sobre alguno de los aspectos desarrollados. La comunicación de dicho acuerdo, y el lugar, día y hora de la lectura pública se formularán de viva voz al inicio del ejercicio y además mediante anuncio que se publicará en el centro donde tenga lugar éste, quedando eliminados los aspirantes que no concurrieran al acto de lectura.

6.4. Cada ejercicio será puntuado de cero (0) a diez (10) puntos, no pudiendo obtener menos de cinco (5) puntos en ninguno de ellos. La puntuación máxima de las pruebas selectivas será de veinte (20) puntos, siendo necesario para aprobar las mismas una puntuación mínima de diez (10) puntos, determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio. 7. COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS.

7.1. El primer ejercicio de la oposición se celebrará en el lugar, fecha y hora señalados en la Resolución prevista en la base cuarta.

7.2. La convocatoria para el ejercicio siguiente se efectuará por el Tribunal mediante resolución de su Presidente que se expondrá al público en las oficinas de la Dirección General de la Función Pública, en las Oficinas Centrales de Información y Registro y en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal con, al menos, veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación del segundo ejercicio.

7.3. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, quedando decaídos en su derecho los que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del mismo, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal, pudiendo disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.

7.5. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra Ñ, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 15 de abril de 1998 (B.O.E. de 18.4.98), siendo convocados los aspirantes en único llamamiento, quedando decaídos en su derecho los que no comparezcan a realizar los ejercicios, salvo los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización de los mismos, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal, pudiendo disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.

7.6. Los aspirantes deberán concurrir a cada ejercicio de la oposición provistos de su Documento Nacional de Identidad. En cualquier momento los miembros del Tribunal podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad.

7.7. Corresponde al Tribunal velar por el correcto desarrollo del procedimiento selectivo y la consideración y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, resolviendo mediante decisión motivada en relación con la interpretación y ejecución de las presentes bases, y supliéndolas en todo lo no previsto. 7.8. En los casos de aspirantes con disminución acreditada que afecte a su capacidad productiva o mecánica para el desarrollo de los ejercicios, se podrá admitir por el Tribunal la ampliación en un tercio del tiempo previsto para su realización.

8. CALIFICACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN.

La calificación de cada ejercicio de la oposición deberá efectuarse mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal Calificador, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas por el Tribunal en cada ejercicio y las totales, deberán reflejarse en las correspondientes actas.

9. LISTA DE APROBADOS.

Efectuada la valoración del segundo ejercicio, el Tribunal expondrá, debidamente certificada por el Secretario con el visto bueno del Presidente, en los locales donde se haya celebrado dicha prueba, en la Dirección General de la Función Pública y en las Oficinas Centrales de Información y Registro, una lista en la que conste la puntuación obtenida en el citado ejercicio y la puntuación total de las pruebas selectivas, que determinará el orden final de los aspirantes. En caso de empate, el orden final se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la oposición.

Vistos los resultados finales, el Tribunal Calificador declarará aprobado, por orden de puntuación, un número de aspirantes que como máximo será el de plazas convocadas y que integrará la propuesta de nombramiento.

10. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS.

10.1. La relación de los aspirantes seleccionados, junto con las actas del Tribunal y demás documentación de las pruebas, serán elevadas a esta Consejería por conducto de la Dirección General de la Función Pública, que procederá, mediante Resolución, a la publicación de la referida relación en el Boletín Oficial de Canarias.

10.2. Los aspirantes seleccionados aportarán ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de veinte (20) días naturales, contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de dicha Resolución, la siguiente documentación: a) Fotocopia autorizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.

c) Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base 2, apartado 2.1.d), de la presente convocatoria.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

El aspirante seleccionado por el turno de promoción interna y quien ya tuviere la condición de funcionario de carrera, solamente deberá presentar la documentación relativa a titulación o estudios académicos.

10.3. Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes seleccionados no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

10.4. Los aspirantes seleccionados que hubieran presentado en tiempo y forma la documentación exigida en la presente base y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios en prácticas del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A), de la Administración de esta Comunidad Autónoma, adjudicándoles provisionalmente una de las plazas convocadas, mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, debiendo tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la citada publicación. Decaerán de su derecho si no tomaran posesión en dicho plazo, salvo que medie solicitud y concesión de prórroga justificada.

11. PERÍODO DE PRÁCTICAS.

11.1. Los aspirantes nombrados funcionarios en prácticas verán condicionado su acceso definitivo al Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A), a la superación de un período de prácticas de tres meses, durante el cual percibirán las retribuciones que establece el Decreto 130/1990, de 29 de junio. Al término de dicho período, los aspirantes habrán de obtener una valoración de apto o no apto a la vista del informe emitido por la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud.

La declaración de aptitud corresponderá a la Dirección General de la Función Pública.

11.2. En el supuesto de que alguno de los aspirantes no supere el período de prácticas, perderá todos los derechos a su nombramiento como funcionario de carrera, mediante Resolución motivada del Director General de la Función Pública, a propuesta de la citada Dirección General de Recursos Humanos.

11.3. Si alguno de los aspirantes seleccionados no pudiera realizar el período de prácticas por cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrá efectuarlo con posterioridad.

12. NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS DE CARRERA.

12.1. Concluido el período de prácticas, si los aspirantes seleccionados lo hubieran superado, serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A) de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública que será publicada en el Boletín Oficial de Canarias, adjudicándoseles destino en alguna de las plazas convocadas.

12.2. La toma de posesión de los aspirantes nombrados funcionarios de carrera deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de Canarias.

Decaerán de su derecho en el supuesto de que no tomaran posesión en dicho plazo.

13. NORMA FINAL.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en las formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal Calificador, conforme a lo previsto en la citada Ley.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de noviembre de 1998.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.

A N E X O I

PARTE GENERAL

I) DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN DEL ESTADO ESPAÑOL.

Tema 1.- La Constitución de 1978: estructura y contenido. Características generales. Valor normativo de la Constitución. La reforma constitucional.

Tema 2.- Principios fundamentales de la Constitución. La soberanía nacional. La división de poderes.

Tema 3.- Derechos fundamentales y libertades públicas. Derechos y deberes de los ciudadanos.

Tema 4.- La Corona. El Rey: su posición constitucional. El orden de sucesión. El refrendo: sus formas.

Tema 5.- Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados. El Senado. Relaciones entre las Cámaras.

Tema 6.- El Gobierno: su composición. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. El Gobierno y la Administración. Las funciones del Gobierno. Función política. Función administrativa.

Tema 7.- El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Otros órganos.

Tema 8.- El Tribunal Constitucional: naturaleza, composición y competencias.

Tema 9.- La Administración Pública: principios constitucionales informadores. La Administración del Estado. Órganos Superiores de la Administración Central.

Tema 10.- Organización periférica de la Administración del Estado. Delegados y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos periféricos. Tema 11.- Funciones y competencias del Estado y las Comunidades Autónomas. Normas estatales de delimitación de competencias.

Tema 12.- Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Constitución y competencias. La Administración Local. La provincia. El municipio. Otras Entidades Locales.

II) DERECHO COMUNITARIO.

Tema 13.- La Comunidad Europea. El Tratado de la Unión Europea. Los principios de la Unión Europea.

Tema 14.- La aplicación del Derecho Comunitario en Canarias. El Reglamento (C.E.E.) del Consejo nº 1911/1991, de 26 de junio. El Poseican. El Régimen Específico de Abastecimiento (R.E.A.).

III) DERECHO ADMINISTRATIVO.

Tema 15.- Fuentes del Derecho. El ordenamiento jurídico y sus principios ordenadores. La jerarquía y la competencia. Las fuentes escritas y no escritas en el ordenamiento jurídico español.

Tema 16.- La Ley: teoría general. Tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: Decretos-Leyes y Decretos Legislativos.

Tema 17.- El Reglamento: concepto. Clasificación de los Reglamentos. Órganos con potestad reglamentaria. Límites de la potestad reglamentaria. La impugnación de los Reglamentos en la doctrina y en nuestro Derecho positivo. Las circulares e instrucciones.

Tema 18.- El ordenamiento autonómico. Los Estatutos de Autonomía. Normas autonómicas: sus clases.

Tema 19.- La Administración Pública y el Derecho. El principio de legalidad. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Control de la discrecionalidad: la desviación de poder.

Tema 20.- El acto administrativo: delimitación conceptual y elementos esenciales. Clasificación de los actos administrativos.

Tema 21.- Validez e invalidez de los actos. Nulidad y anulabilidad. Irregularidades no invalidantes. Convalidación, conservación y conversión de los actos administrativos. Tema 22.- Eficacia, notificación y publicación. Ejecutoriedad. La ejecución forzosa. La suspensión del acto administrativo. Teoría del silencio administrativo.

Tema 23.- La revisión de oficio. Declaración de nulidad y anulación. La revocación. Rectificación de errores.

Tema 24.- El procedimiento administrativo: concepto. La Ley 30/1992: contenido, ámbito de aplicación y principios informadores.

Tema 25.- Los interesados en el procedimiento administrativo. Fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Estudio especial de los informes. Términos y plazos.

Tema 26.- Los recursos administrativos: concepto, clases y principios generales de su regulación. Recursos y reclamaciones.

Tema 27.- El recurso ordinario. El recurso de revisión. Otros medios de impugnación.

Tema 28.- Las reclamaciones administrativas previas a la vía judicial civil y laboral.

Tema 29.- La jurisdicción contencioso-administrativa: naturaleza, extensión y límites. El objeto. Actos impugnables. Los sujetos del proceso: legitimación.

Tema 30.- La responsabilidad extracontractual de la Administración.Principales teorías. La responsabilidad de la Administración en la legislación española: antecedentes, regulación actual, causas de exoneración. La responsabilidad de las autoridades y funcionarios. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

Tema 31.- El personal al servicio de la Administración Pública: sus clases. La función pública: naturaleza jurídica y contenido de la relación jurídica funcionarial.

Tema 32.- Los funcionarios de carrera: principios, adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Sistemas selectivos. Situaciones.

Tema 33.- Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios públicos. Derechos económicos. Derechos de sindicación y huelga. Deberes. Régimen disciplinario. Incompatibilidades. Actividades públicas y privadas. La Inspección General de Servicios.

Tema 34.- Personal laboral y eventual. Selección. Derechos y deberes e incompatibilidades. IV) DERECHO DE CANARIAS.

Tema 35.- El Estatuto de Autonomía de Canarias: estructura, contenido y naturaleza jurídica. La posición del Estatuto en el sistema de fuentes. Defensa de la integridad del Estatuto de Autonomía.

Tema 36.- La distribución de competencias legislativas entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias. Naturaleza de las Leyes canarias: requisitos y límites. El principio de prevalencia del Derecho canario. La supletoriedad del Derecho estatal.

Tema 37.- El Parlamento de Canarias: naturaleza y régimen jurídico. Organización y funcionamiento. Funciones: la función legislativa. Las funciones económicas. Las funciones de control político: de control-fiscalización y control-responsabilidad. Otras funciones.

Tema 38.- El Diputado del Común. Concepto y naturaleza. Régimen jurídico. Organización. Funciones.

Tema 39.- El Gobierno de Canarias: concepto. Régimen jurídico. Funcionamiento. El Gobierno y la Administración Autonómica. Las funciones del Gobierno en relación con el Parlamento de Canarias.

Tema 40.- La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias: estructura y contenido. Los Cabildos como entes públicos territoriales y como instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

PARTE ESPECÍFICA

Tema 1.- Ley General de Sanidad. Estructura y contenido. Fundamentos generales. Características básicas. El Sistema Nacional de Salud.

Tema 2.- Ley 11/1997, de Ordenación Sanitaria de Canarias. Estructura y contenido. El Servicio Canario de la Salud.

Tema 3.- El Código Alimentario Español. Su estructura y desarrollo. Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria. Normativa alimentaria en la Unión Europea. Armonización de la legislación española con la comunitaria.

Tema 4.- Etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios. Etiquetado de las propiedades nutritivas de los productos alimenticios. Legislación.

Tema 5.- Levantamiento de un acta de inspección. Recogida de muestras alimentarias y tipos de análisis a que da lugar. Legislación.

Tema 6.- Aspectos generales de la inspección sanitaria en industrias alimentarias. Registro General Sanitario de Alimentos. Legislación. Tema 7.- Control de los manipuladores de alimentos. Educación sanitaria y/o reconocimientos médicos. Ventajas e inconvenientes. Legislación.

Tema 8.- Control oficial de los productos alimenticios. Controles veterinarios de los productos de origen animal aplicables en los intercambios intracomunitarios así como de países no pertenecientes a la Unión Europea. Legislación.

Tema 9.- Normas de higiene relativas a los productos alimenticios. Aspectos generales de la inspección en el comercio minorista de la alimentación. Guías de prácticas correctas de higiene. Legislación.

Tema 10.- Análisis de Riesgos y Control de Puntos Críticos (A.R.C.P.C.). Fundamentos. Sistemática general para su implantación y revisión. Legislación.

Tema 11.- Enfermedades transmitidas por los alimentos. Infecciones e intoxicaciones alimentarias. E. coli 0157 y otros agentes etiológicos “emergentes”.

Tema 12.- Procedimientos para la investigación de los brotes de enfermedades transmitidas por los alimentos. Encuesta epidemiológica. Inspección de las instalaciones. Determinaciones analíticas. Adopción de medidas ante la notificación de un brote de enfermedad transmitida por los alimentos.

Tema 13.- Microorganismos presentes en los alimentos: tipos y su importancia en la industria alimentaria. Factores que afectan a la supervivencia y multiplicación de los microorganismos presentes en los alimentos. Micotoxinas.

Temas 14.- Contaminantes presentes en los alimentos.

Tema 15.- Métodos de conservación de los alimentos por el frío. Refrigeración y congelación. Definición, descripción, tecnología, repercusiones sanitarias, nutritivas y organolépticas. Alimentos ultracongelados.

Tema 16.- Métodos de conservación de los alimentos por el calor. Esterilización, pasterización, deshidratación y liofilización. Definición, descripción, tecnología, repercusiones sanitarias, nutritivas y organolépticas.

Tema 17.- Métodos de conservación de los alimentos por tratamientos químicos: (salazones, ahumados, encurtidos). Conservación de alimentos mediante el uso de radiaciones ionizantes.

Tema 18.- Aditivos alimentarios: concepto y clasificación. Metodología general de evaluación de la toxicidad de los aditivos. Ingesta diaria admisible (I.D.A.). Listas positivas de aditivos. Legislación.

Tema 19.- Carne: características anatómicas. Composición y valor nutritivo. Alteraciones bacterianas, víricas y parasitarias. Carnes tóxicas. Riesgo sanitario. Tema 20.- El matadero: concepto, funciones e importancia. Principios generales que deben respetarse en sus instalaciones. Sistemas de sacrificio y faenado de los animales de abasto y su repercusión higiénico-sanitaria. Mataderos de aves y conejos. Carne de caza. Legislación.

Tema 21.- Inspección ante-mortem y post-mortem de las especies de abasto. Sistemática. Decomisos más frecuentes por especies. Aprovechamiento y destrucción de decomisos y otras materias orgánicas. Legislación.

Tema 22.- Factores que intervienen en la calidad comercial de la carne. Categorización y clasificación de las canales. Métodos de valoración. Condiciones higiénico-sanitarias de las salas de despiece. Autocontroles. Legislación.

Tema 23.- Medidas de control aplicables a determinadas sustancias y sus residuos en los animales vivos y sus productos. Plan Nacional de Investigación de Residuos en los Animales y Carnes Frescas. Legislación.

Tema 24.- Productos cárnicos. Concepto. Clasificación. Alteraciones principales y adulteraciones. Condiciones sanitarias que debe reunir la producción y comercialización de los productos cárnicos y de otros productos de origen animal. Legislación.

Tema 25.- Carnes picadas. Preparados cárnicos. Composición. Alteraciones principales y adulteraciones. Condiciones sanitarias aplicables a la producción y comercialización de carne picada y preparados de carne. Legislación.

Tema 26.- Aplicación del Análisis de Riesgos y Control de Puntos Críticos en las industrias cárnicas.

Tema 27.- Condiciones sanitarias aplicables a las industrias de aprovechamiento y transformación de subproductos cárnicos para uso industrial y de alimentación animal. Legislación.

Tema 28.- Leche: concepto y composición química. Diferencias más importantes entre la leche de diferentes hembras domésticas. Factores responsables de variación en la composición química de la leche. Valor nutritivo.

Tema 29.- Microbiología de la leche. Importancia bromatológica. Fuentes exógenas de contaminación de la leche. Enfermedades transmisibles a través de la leche y productos lácteos.

Tema 30.- Condiciones sanitarias aplicables a la producción y comercialización de la leche cruda, leche tratada térmicamente y productos lácteos. Legislación.

Tema 31.- Métodos de conservación de la leche: leche pasterizada, leche esterilizada y leche UHT. Definición, descripción, tecnología, repercusiones sanitarias, nutritivas y organolépticas.

Tema 32.- Métodos de conservación de la leche: leche en polvo, leche concentrada, evaporada y condensada. Definición, descripción, tecnología, repercusiones sanitarias, nutritivas y organolépticas.

Tema 33.- El queso. Concepto y tipos. Tecnología de la elaboración, maduración y conservación. Defectos, alteraciones y adulteraciones más frecuentes.

Tema 34.- El yogur y otras leches fermentadas. Nata y mantequilla. Composición y valor nutritivo. Alteraciones y adulteraciones. Legislación.

Tema 35.- Helados: composición y valor nutritivo. Preparados lácteos. Tecnología, alteraciones y adulteraciones. Riesgo sanitario. Legislación.

Tema 36.- Aplicación del Análisis de Riesgos y Control de Puntos Críticos en las industrias de la leche y productos lácteos.

Tema 37.- El pescado: composición química y valor nutritivo. Criterios utilizados en la clasificación del pescado. Características de frescura y alteración del pescado. Enfermedades producidas por el consumo de pescado.

Tema 38.- Moluscos: clasificación y especies de mayor interés nutritivo y comercial. Criaderos naturales y explotaciones industriales. Normas de calidad de las aguas y de la producción de moluscos. Riesgo sanitario. Legislación.

Tema 39.- Crustáceos: clasificación y especies de mayor interés nutritivo y comercial. Cetáreas. Enfermedades e intoxicaciones producidas por el consumo de mariscos. Legislación. Tema 40.- Conservación de pescados y mariscos por el frío. Refrigeración y congelación. Definición, descripción, tecnología, repercusiones sanitarias, nutritivas y organolépticas.

Tema 41.- Conservación de pescados y mariscos por el calor. Conservas y semiconservas. Definición, descripción, tecnología, repercusiones sanitarias, nutritivas y organolépticas.

Tema 42.- Normas sanitarias aplicables a la producción y comercialización de los productos pesqueros y de la acuicultura. Autocontroles. Legislación.

Tema 43.- Normas sanitarias aplicables a los productos de la pesca a bordo de determinados buques pesqueros. Normas para el control de la primera venta de los productos pesqueros.

Tema 44.- Aplicación del Análisis de Riesgos y Control de Puntos Críticos en las industrias de la pesca.

Tema 45.- Huevos: constitución anatómica y composición química. Valor nutritivo. Clasificación comercial. Alteraciones y adulteraciones en el curso de su almacenamiento y comercialización. Legislación.

Tema 46.- Sistemas de conservación de los huevos. Alteraciones y contaminaciones. Ovoproductos. Análisis de Riesgos y Control de Puntos Críticos en las industrias de ovoproductos.

Tema 47.- La miel y otros productos apícolas. Composición química y valor nutritivo. Alteraciones, defectos y adulteraciones. Inspección sanitaria en las industrias apícolas. Legislación.

Tema 48.- Inspección de frutas, verduras y hortalizas. Valor nutritivo y comercial. Hongos: bases generales de clasificación. Hongos comestibles y venenosos. Principales toxinas y síndromes que producen.

Tema 49.- Inspección sanitaria en comedores colectivos, cocinas centrales e industrias de elaboración de platos preparados. Legislación.

Tema 50.- Materiales en contacto con los alimentos. Detergentes y desinfectantes. Legislación. Tema 51.- Plaguicidas de uso ambiental, doméstico y en la industria alimentaria. Legislación.

Tema 52.- El laboratorio de análisis de los alimentos. Técnicas instrumentales y no instrumentales en el análisis físico-químico y bacteriológico de alimentos.

Tema 53.- Zoonosis. Importancia económica y social. Mecanismos generales de contagio. Reservorios. Métodos de prevención, lucha y erradicación. Coordinación con los servicios médicos.

Tema 54.- Brucelosis y Tuberculosis. Etiología. Estudios epidemiológicos. Programas de lucha y erradicación. Situación actual en Canarias con respecto al resto del territorio español y a los demás países de la Unión Europea.

Tema 55.- Rabia. Etiología. Estudios epidemiológicos. Situación actual en Canarias con respecto al resto del territorio español y a los demás países de la Unión Europea. Legislación. La Ley de protección de los animales en Canarias.

Tema 56.- Hidatidosis. Teniasis y Triquinelosis. Etiología. Estudios epidemiológicos. Programas de lucha y erradicación. Situación actual en Canarias con respecto al resto del territorio español y a los demás países de la Unión Europea.

Tema 57.- Carbunco. Rickettsiosis. Clamidiasis y Leptospirosis. Etiología. Estudios epidemiológicos. Programas de lucha y erradicación. Situación actual en Canarias con respecto al resto del territorio español y a los demás países de la Unión Europea.

Tema 58.- Listeriosis. Leishmaniosis. Toxoplasmosis. Etiología. Estudios epidemiológicos. Programas de lucha y erradicación. Situación actual en Canarias con respecto al resto del territorio español y a los demás países de la Unión Europea.

Tema 59.- Encefalopatías Espongiformes Transmisibles. Etiología. Estudios epidemiológicos. Programas de lucha y erradicación. Gestión de los materiales de riesgo (MER). Repercusiones en el intercambio de animales vivos y de sus productos. Situación actual en Canarias con respecto al resto del territorio español y a los demás países de la Unión Europea. Legislación.

Tema 60.- Sanidad ambiental: problemática ambiental de los residuos agroalimentarios. Sistemas de eliminación de residuos. Legislación.

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