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De conformidad con lo dispuesto en el artē. 61.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artē. 64 de la misma Ley, según la redacción dada por el artículo séptimo de la Ley 10/1992, de 30 de abril, de Medidas Urgentes de Reforma Procesal,
R E S U E L V O:
Primero.- Remitir a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el expediente administrativo referenciado.
Segundo.- Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, a los efectos de lo previsto en el artículo 64.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a fin de que los interesados en el recurso nē 01/0001663/1998, promovido por el Cabildo Insular de Gran Canaria, contra el Decreto 54/1998, de 17 de abril, por el que se regulan las actuaciones de amparo de los menores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, puedan comparecer ante dicha Sala y personarse en los autos, en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de noviembre de 1998.- El Secretario General Técnico, Juan José Delgado Montero.
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