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BOC Nº 151. Miércoles 2 de Diciembre de 1998 - 1780

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

1780 - ORDEN de 29 de octubre de 1998, por la que se aprueba la bandera del municipio de Barlovento (La Palma).

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación para la aprobación de la bandera del municipio de Barlovento (La Palma).

Vista la propuesta formulada por la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesión celebrada el día 18 de septiembre de 1998.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- El Ayuntamiento de Barlovento, en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada el día 29 de noviembre de 1996, acordó aprobar inicialmente el expediente para la dotación de bandera al municipio de Barlovento, así como someterla a información pública por plazo de veinte días hábiles desde la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Segundo.- En el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, de 22 de diciembre de 1997, se insertó anuncio relativo al período de información pública, acreditándose mediante certificación emitida por el Secretario de la Corporación la presentación de alegaciones, las cuales no fueron tomadas en consideración al estar presentadas fuera de plazo. Tercero.- La Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias en sesión celebrada el pasado día 18 de septiembre de 1998, acordó informar favorablemente el expediente del proyecto de bandera del municipio de Barlovento.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El presente expediente se ha tramitado de conformidad con las prescripciones del Decreto 123/1990, de 29 de junio, por el que se regula el procedimiento a seguir para la aprobación por la Comunidad Autónoma de Canarias de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del archipiélago, con las modificaciones efectuadas por los Decretos 157/1992, de 8 de octubre, por el que se modifican determinados aspectos del Decreto 123/1990, de 29 de junio, así como por el Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales.

Segunda.- En virtud de la competencia que tengo atribuida por el artículo 7.2.i) del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, citado, y de conformidad con el diseño obrante en el expediente,

R E S U E L V O:

Aprobar la bandera del municipio de Barlovento (isla de La Palma) cuyo dibujo figura como anexo, según la siguiente descripción: “Paño rectangular de seda, tafetán, raso, lanilla o fibra sintética, según los casos, cuya longitud es vez y media mayor que su ancho; dividido por una banda diagonal, de color amarillo, que une el vértice inferior del paño unido al asta con el vértice superior del batiente; de cuya división resultan dos triángulos, de color verde el unido al asta y de color azur el que lo está al batiente.”

“Si la bandera ostentara el escudo heráldico del municipio, deberá colocarse en el centro del paño y con una altura de dos tercios del alto de la bandera.”

Su uso se realizará de conformidad con la normativa en vigor. Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente, previa comunicación a esta Consejería exigida por el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de octubre de 1998.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.

Ver anexos - página 14288

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