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El Decreto 38/1995, de 10 de marzo, determina en su artículo único que las diversas publicaciones de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes han de ser retribuidas mediante precios públicos.
El Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en su artículo 169.2.b) que la fijación de la cuantía del precio público se hará por el Gobierno, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, previa iniciativa de la Consejería perceptora, cuando razones sociales, benéficas o culturales aconsejen señalar precios inferiores a los costes económicos de los correspondientes bienes, servicios o actividades. La Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha formulado iniciativa acompañada de Memoria económico-financiera en la que justifica, por motivos sociales y culturales, que considera de máximo interés fijar un precio público en cuantía inferior a los costes económicos para la publicación del libro editado por la misma.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa iniciativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, tras deliberación del Gobierno, en sesión celebrada el día 22 de octubre de 1998,
D I S P O N G O:
Fijar el precio público del libro Historia de Canarias. Desarrollo del Currículo de Bachillerato, publicado por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, en dos mil (2.000) pesetas por unidad.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, previa comunicación al Gobierno exigida por el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de octubre de 1998. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Carlos Francisco Díaz.
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