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Visto el acuerdo de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, de fecha 4 de septiembre de 1998, con registro de entrada de fecha 14 del citado mes y año, nº 4336, y en virtud de lo dispuesto en el artº. 64 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo número 1.435/1998, seguido a instancia de la Unión de Consumidores de Santa Cruz de Tenerife-UC contra la Orden de la Consejería de Sanidad y Consumo por la que se reparte en jornadas y días el horario mínimo de las oficinas de farmacia (B.O.C. nº 77, de 24.6.98).
Segundo.- Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, a los efectos de lo preceptuado en el artículo 64 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a fin de que los interesados en el recurso 1.435/1998, promovido por la Unión de Consumidores de Santa Cruz de Tenerife-UC contra la Orden de la Consejería de Sanidad y Consumo por la que se reparte en jornadas y días el horario mínimo de las oficinas de farmacia, puedan comparecer ante dicha Sala y comparecer en los autos, en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de septiembre de 1998.- El Secretario General Técnico, Víctor Manuel Pérez Borrego.
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