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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación del requerimiento citado en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a la empresa Gran Canaria Informática, S.L. del requerimiento número 8.849, de 27 de octubre de 1997, cuyo tenor literal es el siguiente:
En relación con la solicitud presentada por la empresa señalada, ante el Instituto Canario de Formación y Empleo de Santa Cruz de Tenerife el día 30 de diciembre de 1996, a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el Capítulo I, Sección 3ª Subvenciones a la conversión de puestos de trabajo temporales en indefinidos, del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nº 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social, se le requiere para que en el plazo improrrogable de diez días hábiles, siguientes a la recepción del presente requerimiento, remita a este Organismo, por duplicado y compulsada la documentación que se señala a continuación:
- Poder notarial actualizado a la fecha de la solicitud mediante el que actúa el solicitante.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, epígrafe: 659.2.
- Último recibo del pago del Impuesto de Actividades Económicas, epígrafe: 659.2.
- Certificado acreditativo de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal.
- Certificado emitido por la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno Autónomo de Canarias, acreditativo de que la empresa se encuentra al corriente del I.G.I.C.; y/o declaración responsable (con fundamento en Derecho) en el supuesto de estar exento del mismo.
- Certificado acreditativo de encontrase al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.
- Documento que señale la situación laboral actual del/de los trabajador/es por el/los que se solicita subvención. Se le advierte que, de no aportar la documentación requerida en el plazo establecido, se procederá, a tenor de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al archivo del expediente sin más trámite.- Santa Cruz de Tenerife, a 24 de octubre de 1997.- La Jefa de Negociado de Subvenciones a Empresas, Milagros Barrera Medina.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de agosto de 1998.- El Director, Francisco Zumaquero García.
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