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BOC Nº 121. Miércoles 23 de Septiembre de 1998 - 3258

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

3258 - Dirección General de Disciplina Urbanística y Medioambiental.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 31 de julio de 1998, sobre notificación a Untrasur, S.A. de la Resolución recaída en el expediente sancionador nº 517/95.U.

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No habiéndose podido notificar a la entidad mercantil Untrasur, S.A., en su calidad de promotor, en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Resolución dictada en el expediente tramitado en esta Dirección General con referencia 517/95.U, de conformidad con el apartado cuarto del antes mencionado artículo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a la entidad mercantil Untrasur, S.A. la Resolución dictada por el Ilmo. Sr. Director General de Disciplina Urbanística y Medioambiental nº 168, de fecha 3 de abril de 1998, recaída en el expediente 517/95.U, instruido en esta Dirección General, y que dice textualmente:

“Vistos los datos obrantes en este Centro Directivo, informe de los Servicios Técnicos, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- En el lugar denominado Pino Loro-Finca La Horca, en el término municipal de El Tanque, se vienen realizando, en suelo calificado como rústico, obras de desmonte de terreno para la extracción de tierra vegetal, promovidas por la entidad mercantil Untrasur, S.A., sin la previa autorización de la Dirección General de Urbanismo que le habilite para obtener la preceptiva licencia municipal, conforme se establece en la Ley 5/1987, de 7 de abril, de Ordenación Urbanística del Suelo Rústico de la Comunidad Autónoma de Canarias, estimándose el coste de las obras ejecutadas en nueve millones (9.000.000) de pesetas conforme al valor básico de los módulos catastrales.

Segundo.- Por Resolución de esta Dirección General nº 162, de fecha 10 de abril de 1996, se acordó la subrogación de este Centro Directivo en las competencias municipales, requerir al interesado para que solicite la oportuna autorización ante la Dirección General de Urbanismo y la incoación del correspondiente expediente sancionador.

Tercero.- Que la entidad expedientada presentó en tiempo y forma escrito de alegaciones, manifestando en síntesis que había que aplicar la institución de la caducidad de la acción, así como el archivo del expediente por haber transcurrido más de dos meses desde la Resolución de subrogación hasta la notificación al imputado de la incoación del correspondiente expediente sancionador.

Cuarto.- Que el día 9 de marzo de 1998, esta Dirección General dictó la Resolución nº 89 por medio de la cual se resolvía declarar la caducidad del procedimiento sancionador registrado con el nº 517/95.U sin perjuicio de cuantas otras medidas pudiesen ser adoptadas.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I

De acuerdo con el artículo 26 de la Ley 7/1990, de 14 de mayo, de Disciplina Urbanística y Territorial, para las actuaciones administrativas llevadas a cabo por el Ayuntamiento y este Centro Directivo no ha transcurrido el plazo de la prescripción que para las infracciones urbanísticas señala la citada Ley 7/1990, y por ello procede reiniciar el expediente sancionador.

II

Los hechos anteriormente relacionados son presuntamente constitutivos de infracción urbanística, tipificada en el artículo 37.2.b) de la Ley 7/1990, de 14 de mayo, calificada de grave en el artículo 38 y sancionada en el artículo 64 del mismo texto legal con multa de 100.000 a 50.000.000 de pesetas en función del grado de impacto ambiental y de las circunstancias que concurran al caso, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción del correspondiente expediente.

III

En virtud de la Ley 7/1990, de 14 de mayo, en relación con el artículo 16 bis del Decreto 273/1995, de 11 de agosto, por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente (según la denominación que contempla el Decreto 27/1997, de 6 de marzo), es competente esta Dirección General para dictar la presente Resolución, así como para iniciar, instruir y resolver el correspondiente expediente sancionador.

Por todo ello,

R E S U E L V O:

Primero.- Incoar expediente sancionador a la entidad mercantil denominada Untrasur, S.A. en calidad de promotor de las obras, como presunto responsable de una infracción a la Ley 7/1990, de 14 de mayo, de Disciplina Urbanística y Territorial.

Segundo.- Nombrar Instructora y Secretaria a las funcionarias Dña. Marta Martín Ballester y a Dña. Ángeles Bouza Cruz respectivamente, quienes podrán ser recusadas en los casos y formas previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.- Significarle que dispone de un plazo de quince (15) días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de pruebas de que pretenda valerse, según establece el artículo 13.8 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Cuarto.- Significarle asimismo que si reconociera su responsabilidad o no presentase alegaciones en el plazo establecido, se podrá entender concluida la instrucción del expediente, considerándose el presente escrito como Propuesta de Resolución, a cuyo efecto dispondrá de un plazo de audiencia de quince días para alegar cuanto considere conveniente en su defensa, así como presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto 1.398/1993 anteriormente mencionado.

Notifíquese la presente Resolución a las nombradas Instructora y Secretaria, así como al interesado y al Ayuntamiento.” 2.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones e Información del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de julio de 1998.- El Director General de Disciplina Urbanística y Medioambiental, Miguel Ángel Morcuende Hurtado.

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