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BOC Nº 114. Lunes 7 de Septiembre de 1998 - 1334

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

1334 - ORDEN de 26 de agosto de 1998, por la que se designan los miembros de la Comisión Permanente de Selección General, de los procedimientos selectivos para adquirir la condición de personal fijo en los puestos vacantes, sujetos a régimen jurídico laboral en la Comunidad Autónoma Canaria.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Decreto 22/1997, de 20 de febrero (B.O.C. nº 38), fue aprobado el Plan de Empleo Operativo sobre provisión definitiva de plazas vacantes reservadas al personal laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuyo apartado tercero contempla, como una de las principales actuaciones que habrá de acometerse una vez resueltos los concursos de traslados, la convocatoria de procedimientos selectivos, por el sistema de concurso, para adquirir la condición de personal laboral fijo, en los puestos que quedaren vacantes sujetos a régimen jurídico laboral.

Segundo.- Por Orden de esta Consejería, de 15 de diciembre de 1997 (B.O.C. nº 167), se establecieron los criterios generales, que han de regir los procedimientos selectivos para adquirir la condición de personal fijo en los puestos vacantes sujetos a régimen jurídico laboral en la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del apartado tercero del Decreto 22/1997, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Plan de Empleo Operativo.

Tercero.- El apartado noveno, número 9.2, de la citada Orden prevé la constitución de una Comisión Permanente de Selección General, que asumirá las siguientes funciones:

a) Fijar los criterios generales de actuación que deben regir el proceso selectivo, de acuerdo con las bases.

b) Elaborar las instrucciones que deben ser observadas por las Comisiones de Valoración y Selección por convocatoria.

c) Adoptar las medidas de sigilo y control que garanticen la observancia plena en el proceso selectivo de los principios de igualdad, capacidad y mérito. d) Proponer a la Dirección General de la Función Pública la resolución definitiva de todas las convocatorias a propuesta de las distintas Comisiones de Valoración y Selección.

e) Establecer el calendario general de las pruebas previstas y cuantas otras competencias se le asignen en las distintas convocatorias.

La Comisión Permanente estará integrada por siete miembros titulares y siete suplentes, incluidos los cargos de Presidente y Secretario, designados por la Administración y de entre ellos, tres a propuesta vinculante del Comité Intercentros y cuatro a propuesta de la Dirección General de la Función Pública. El Presidente de la Comisión será el Director General de la Función Pública, que tendrá voto dirimente. El Secretario de la Comisión será elegido por ésta, de entre los representantes propuestos por la Dirección General de la Función Pública.

Cuarto.- El Comité Intercentros, mediante escrito de 24 de julio de 1998, comunica a la Dirección General de la Función Pública la relación de los miembros titulares y suplentes que, a propuesta de dicho Órgano, formarán parte de la Comisión Permanente.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Única.- El artículo 2 del Decreto 22/1997, de 20 de febrero, citado, faculta a la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales para que desarrolle y ejecute lo previsto en el Plan de Empleo Operativo, así como para fijar los criterios generales de actuación que deben regir en los procesos selectivos y resolver las dudas que puedan surgir en aras a su correcta aplicación y desarrollo del Plan, acordando con los representantes sindicales los criterios adoptados en el seno de la Comisión Negociadora que será la Comisión de seguimiento.

Visto el informe-propuesta de la Dirección General de la Función Pública, y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Designar miembros titulares y suplentes de la Comisión Permanente de Selección General, de los procedimientos de selección para adquirir la condición de personal laboral fijo en los puestos vacantes, sujetos a régimen jurídico laboral de la Comunidad Autónoma Canaria, a las siguientes personas:

Presidente:

Titular: D. Francisco Javier López de Vicuña y Artola. Suplente: D. Juan Fuentes Fornell. Vocal:

Titular: D. Federico Almenar Morín. Suplente: Dña. Mercedes Pedreira Calamita.

Vocal:

Titular: D. Enrique Álvarez Carrillo. Suplente: D. Juan José Acosta Alonso.

Secretario:

Titular: Dña. María Isabel Rodríguez Carrillo. Suplente: Dña. María Antonia Marrero Mederos.

Vocal:

Titular: D. Inocencio González Tosco. Suplente: D. José Luis Alonso Vega.

Vocal:

Titular: D. Antonio Carreira Martín. Suplente: D. Carlos Arencibia Perera.

Vocal:

Titular: D. Luis Vicente Ladeveze Puerta. Suplente: D. Bernardo Rodríguez Santana.

Segundo.- A los efectos de abstención o recusación es de aplicación lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.- Disponer la publicación de la presente Orden en el BoletínOficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de agosto de 1998.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.

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