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BOC Nº 113. Viernes 4 de Septiembre de 1998 - 1328

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1328 - ORDEN de 29 de julio de 1998, por la que se convoca la selección de grupos de trabajo del profesorado para la financiación de proyectos de investigación docente e innovación educativa, durante el curso 1998/99.

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La Comunidad Autónoma de Canarias viene propiciando en los últimos años, a través de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, iniciativas de formación del profesorado no universitario, siguiendo, en este sentido, las pautas marcadas en la L.O.G.S.E., en la que se define esta formación como un elemento de calidad de enseñanza, y como un derecho y un deber del profesorado.

Entre las diversas modalidades de formación, las agrupaciones de profesores y profesoras que trabajan problemas educativos a través de proyectos de actividades de formación o innovación tienen una amplia implantación en nuestra Comunidad, y reúnen características que las hacen especialmente adecuadas a las necesidades generadas por el nuevo sistema. En efecto, la demanda de adaptación del nuevo currículo a las necesidades de cada comunidad educativa conlleva la adopción de estrategias, y la utilización de materiales y recursos difícilmente generalizables para el conjunto de los docentes, por lo que se hace preciso apoyar los ámbitos de reflexión, comprensión y desarrollo del currículo vinculados a cada realidad concreta en la que se desarrolla su tarea.

A tal fin, y en uso de las atribuciones conferidas a esta Consejería en materia de educación, D I S P O N G O:

Primero.- Convocar la selección de grupos de trabajo para la financiación de proyectos de investigación e innovación educativa que se desarrollen de conformidad con las bases que se establecen en la presente convocatoria.

Segundo.- La cantidad total de los créditos autorizados para la dotación, en su caso, de los proyectos aprobados asciende a:

Anualidad 1998: 17.000.000 de pesetas.

Anualidad 1999: 17.000.000 de pesetas.

Aplicación presupuestaria: 18.03.421B.640.00.

Proyectos de inversión: 88618601.

Estos créditos podrán ser adjudicados total o parcialmente en función de la Propuesta de Resolución de la presente convocatoria, elevada por comisión seleccionadora creada al efecto.

Tercero.- Delegar en la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa la resolución de la presente convocatoria.

La delegación se entiende sin perjuicio de las potestades de revocación y avocación por parte del titular de este Departamento.

En las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente dicha circunstancia.

Cuarto.- Los Centros del Profesorado podrán autorizar la constitución de otros grupos de trabajo no acogidos a la presente convocatoria, dentro de su planificación de actividades de formación del profesorado, de conformidad con las instrucciones que a tal fin dicte la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de julio de 1998.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera. BASES DE LA CONVOCATORIA DE GRUPOS DE TRABAJO

1.- OBJETIVOS.

1.1. Facilitar el cambio del perfil profesional docente desde el modelo de trabajo individual hacia el de trabajo en el seno del grupo mediante la puesta en práctica de experiencias colectivas.

1.2. Llevar a la práctica investigaciones e innovaciones educativas de desarrollo, concreción y aplicación del currículo establecido en la legislación vigente.

1.3. Posibilitar el estudio y puesta en práctica de nuevos enfoques pedagógicos y didácticos, y difundirlos para facilitar la innovación educativa en el marco de los centros docentes.

1.4. Adaptar el trabajo docente a su entorno sociocultural y a las nuevas necesidades educativas, aproximándose a las enseñanzas y los fines que propugna la L.O.G.S.E.

1.5. Elaborar y poner en práctica materiales y recursos didácticos que sirvan de apoyo al profesorado en el marco del desarrollo curricular y de la innovación educativa.

2.- TIPOS DE PROYECTOS Y CAMPOS TEMÁTICOS.

2.1. Se podrán presentar a la presente convocatoria los grupos de trabajo cuyo proyecto de innovación responda a los campos temáticos que se describen en el apartado siguiente, y requiera para su desarrollo de recursos económicos y materiales no disponibles en el Centro del Profesorado correspondiente, y sea necesaria, por lo tanto, su financiación específica.

2.2. Los proyectos podrán desarrollar uno o varios de los siguientes campos temáticos:

- Proyecto Educativo de Centro.

- Tutoría y orientación.

- Evaluación.

- Atención a la diversidad del alumnado.

- Organización escolar y estrategias de participación de la comunidad educativa.

- Concreciones curriculares de las diferentes etapas educativas (Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Familias Profesionales, Bachilleratos).

- Desarrollo de ejes transversales: Coeducación, Educación Afectivo-Sexual, E. Ambiental, E. para la Salud, E. y Derechos Humanos, E. Vial, etc. - Fomento de la lectura y dinamización de bibliotecas escolares.

- Fomento del uso de las Nuevas Tecnologías.

- Potenciación y desarrollo de los Contenidos Canarios en los Currículos.

- Otros que pudieran responder a los objetivos previstos en esta convocatoria.

3.- CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROYECTOS.

3.1. Podrá participar, mediante la presentación de los correspondientes proyectos, todo el profesorado de los centros públicos dependientes de esta Consejería y el de los centros privados concertados, constituyendo agrupaciones para el desarrollo de dichos proyectos entre profesorado de un mismo centro educativo o de diferentes centros.

3.2. Los grupos de trabajo para el desarrollo de proyectos tendrán un mínimo de cinco y un máximo de 20 participantes. Cualquier cambio o modificación en el número de participantes anteriormente establecido deberá justificarse convenientemente y contar con autorización expresa de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

Atendiendo a las singularidades educativas que presentan los Ciclos Formativos en el desarrollo de la nueva Formación Profesional Específica y de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño, se podrá autorizar la constitución de grupos de trabajo por Ciclos o Familias, de un mismo centro o entre centros educativos, cuyo número de participantes no se encuentren encuadrados en los límites establecidos en el apartado anterior.

3.3. Dentro del marco de los acuerdos suscritos entre esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes y las Universidades de esta Comunidad Autónoma, podrá formar parte de los grupos de trabajo y participar en el desarrollo de los proyectos, profesorado universitario.

3.4. La participación en un grupo de trabajo no excluye la pertenencia a un Proyecto de Formación en Centro, siendo incompatible con la pertenencia a otros grupos de trabajo.

3.5. Cada grupo de trabajo tendrá un coordinador que deberá estar impartiendo docencia directa en el aula y trabajar en un centro correspondiente al ámbito del CEP al que está adscrito el proyecto. En ningún caso una misma persona podrá ser coordinador simultáneamente de un grupo de trabajo y de un Proyecto de Formación en Centro. 3.6. Serán funciones del coordinador del grupo:

A) Dinamizar el trabajo del grupo, haciéndolo partícipe de la información y de la formación que pueda recibir.

B) Coordinar el plan de trabajo diseñado colectivamente a partir del proyecto presentado.

C) Convocar las reuniones, organizar los materiales, disponer el lugar de reunión, registrar la asistencia, levantar acta de las reuniones, tramitarlas y comunicar las incidencias que se produzcan, así como las sugerencias que se consideren pertinentes para el buen funcionamiento del grupo de trabajo.

D) Gestionar los recursos asignados al proyecto para su desarrollo, proponiendo a la Dirección del CEP la ordenación de los pagos, de conformidad con el presupuesto y la dotación asignada.

E) Servir de interlocutor con los CEPs, y otros servicios de la Administración educativa para el intercambio de información así como cuantas tareas pudieran derivarse de la realización del proyecto.

3.7. La duración del proyecto podrá oscilar entre treinta y cincuenta horas de dedicación efectiva, lo cual se reflejará en las certificaciones que se expidan a los participantes, de conformidad con la base 8.5 de la presente convocatoria y conforme a lo precisado en el diseño del proyecto.

Cada miembro del grupo deberá acreditar, a través de las correspondientes actas, la efectiva realización de las horas fijadas de duración del proyecto durante el curso 1998/99, en reuniones conjuntas de un único grupo para el análisis y seguimiento del proyecto o actividades programadas, en sesiones que deberán ser, al menos, quincenales, con una duración mínima de dos horas y máxima de cuatro, fuera del horario de permanencia en el centro.

En cualquier caso, los componentes del grupo de trabajo podrán disponer del tiempo de descuento que se determine reglamentariamente en las disposiciones reguladoras de la organización y funcionamiento de los centros docentes.

3.8. Los grupos de trabajo se constituirán una vez resuelta la presente convocatoria, haciendo constar en el acta de constitución del mismo los datos que a continuación se señalan, y adjuntando la ficha cuyo modelo se establece en el anexo III de las presentes bases:

- Datos personales del o de la responsable del grupo y listado definitivo de participantes. - Las posibles incidencias en la organización del grupo, con la planificación y calendario de reuniones para todo el curso.

La mencionada ficha deberá presentarse en el CEP de adscripción dentro del mes siguiente a la resolución de selección de la presente convocatoria, el cual a su vez remitirá copia a la Dirección General de Ordenación Educativa.

3.9. Las reuniones se celebrarán preferentemente en el CEP correspondiente, y en su defecto, en un centro de enseñanza.

3.10. Ningún proyecto aprobado supondrá cambios o alteraciones en los horarios de trabajo del profesorado, ampliación de plantillas de los centros, contratación de personal o modificación de los destinos asignados al coordinador del grupo, participantes o colaboradores, fuera de los contemplados en las disposiciones que regulen la organización y funcionamiento de los centros y de las competencias propias de éstos.

3.11. Los participantes en grupos de trabajo aprobados en esta convocatoria se comprometen a colaborar y participar, en coordinación con los CEPs o a iniciativa de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, en las actividades que tengan por objeto la difusión, intercambio o reflexión sobre los proyectos de investigación e innovación.

3.12. Todos los documentos y materiales producidos, así como el Proyecto mismo, podrán ser reproducidos, publicados o divulgados por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, indicando la autoría de quienes los han elaborado. En todo caso, su publicación, por parte de los autores, deberá contar con la autorización expresa de dicha Consejería, haciéndose constar en la misma la mención expresa al hecho de ser un proyecto de investigación e innovación educativa, aprobado y financiado, en su caso, por esta convocatoria pública.

3.13. Cada grupo de trabajo será adscrito al Centro del Profesorado al que pertenezca el coordinador del grupo.

3.14. El citado Centro del Profesorado será responsable del seguimiento, asesoramiento, evaluación, y de la gestión económica del proyecto en cuanto a la ordenación de los pagos para la aplicación de la dotación económica asignada y justificación de la misma, proporcionando a tal fin los recursos materiales para su desarrollo.

3.15. Cuando las actividades previstas en el proyecto tuvieran incidencia en la planificación de las actividades previstas en los centros docentes de los participantes, los Consejos Escolares y Claustros deberán conocer e informar el desarrollo del proyecto. 4.- DOTACIÓN ECONÓMICA.

4.1. A los proyectos seleccionados se les asignará una dotación económica que deberá ser aplicada únicamente en los conceptos de gasto que figuren en los presupuestos de los citados proyectos y en las cuantías que se fijen en el documento de aceptación que se señala en la base 6.10 siguiente.

4.2. Los conceptos de gastos en los que se podrá aplicar la dotación económica en los términos establecidos en el apartado 4.1, serán los siguientes:

1. Adquisición de material bibliográfico y publicaciones.

2. Gastos de material fungible.

3. Reprografía.

4. Formación.

5. Transportes y desplazamientos.

6. Material diverso de utilización docente no disponible en el CEP correspondiente, para lo que se presentará, junto con la solicitud del proyecto, una certificación del Director del CEP sobre tal extremo.

7. Otros gastos necesarios (especificando los mismos).

4.3. El CEP de adscripción recibirá, una vez seleccionados y aceptados los proyectos, la dotación económica asignada a los mismos en los dos plazos siguientes, equivalentes cada uno de ellos al 50% de la cantidad total de la asignación:

A) Primer plazo: una vez resuelta la presente convocatoria mediante Resolución de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y formalizadas las aceptaciones por parte de los coordinadores de los diferentes proyectos.

B) Segundo plazo: mediante certificación del Responsable del Servicio de Innovación Educativa, acreditativa de haberse remitido y de constar en la Dirección General la documentación que se señala en la base 8.3.1 de esta convocatoria.

4.4. La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa librará directamente a los Centros del Profesorado las dotaciones económicas señaladas en el apartado anterior, de conformidad con el artículo 12.3 del Decreto 276/1997, de 27 de noviembre (B.O.C. nº 162, de 17 de diciembre), por el que se regula el procedimiento de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, con el carácter de recursos extraordinarios y de aplicación finalista para el destino asignado.

4.5. El Centro del Profesorado podrá detraer un 5% de la dotación económica asignada a los grupos de trabajo seleccionados en su ámbito, para gastos de gestión, mantenimiento y seguimiento de los mismos. Dicho extremo deberá hacerse constar expresamente en el certificado justificativo que se establece en la base 4.7 siguiente.

4.6. El Centro del Profesorado ordenará los pagos correspondientes a los gastos necesarios para la realización y desarrollo de cada proyecto de conformidad con los conceptos de gastos y cuantías de los presupuestos aprobados.

4.7. De conformidad con el artº. 17 y siguientes del citado Decreto 276/1997, de 27 de noviembre, la dotación económica asignada a cada Centro del Profesorado deberá reflejarse en las certificaciones semestrales correspondientes de las cuentas justificativas de dichos Centros.

La justificación de la aplicación de las dotaciones económicas libradas a los diferentes Centros del Profesorado se llevará a cabo por parte de éstos por medio de una certificación del Consejo de Dirección acreditativa de la aplicación dada y gastos realizados por cada uno de los grupos de trabajo adscritos al mismo, según modelo que se establece como anexo IV de las presentes bases, quedando los justificantes originales y demás documentos acreditativos de los pagos realizados bajo la custodia y responsabilidad de los citados CEPs, a disposición de los órganos de control y fiscalización de esta Comunidad Autónoma.

4.8. Los Centros del Profesorado remitirán a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa las certificaciones justificativas del gasto señaladas en el apartado anterior antes del 15 de julio de 1999.

4.9. Los materiales adquiridos con cargo a la dotación económica asignada serán puestos a disposición del Grupo de Trabajo por parte del CEP correspondiente en calidad de préstamo para su utilización en el desarrollo del proyecto seleccionado, debiéndose proceder a su devolución a la finalización del mismo.

5.- SOLICITUDES.

5.1. La solicitud de aprobación del proyecto, debidamente cumplimentada según modelo que se establece en el anexo I de las presentes bases, se presentará en el Centro del Profesorado al que se solicite la adscripción acompañada del proyecto de trabajo por duplicado (original y copia), según modelo que igualmente se establece en el anexo II de las presentes bases.

5.2. El plazo de presentación de esta documentación será el 30 de septiembre de 1998. Los diferentes Centros del Profesorado remitirán, dentro de los cinco días posteriores a la finalización del plazo, relación de los proyectos presentados, así como la documentación original de cada uno de los proyectos, compuesto por el anexo I de la presente convocatoria debidamente sellado y registrado por los Centros del Profesorado, así como anexo II de datos del proyecto y esquema del mismo, todo ello debidamente cumplimentado y firmado por el coordinador/a del Proyecto.

5.3. Las Direcciones de los Centros del Profesorado harán pública la lista de proyectos presentados en el plazo de 5 días naturales siguientes a la finalización del plazo. Ésta se expondrá en los tablones de anuncios de los Centros del Profesorado, estableciéndose un plazo de cinco días hábiles para las reclamaciones pertinentes, las cuales serán resueltas por las Direcciones de los Centros del Profesorado antes del 16 de octubre de 1998, que se elevarán a definitivas.

6.- SELECCIÓN.

6.1. En cada Centro del Profesorado se constituirá una Comisión de Valoración formada por los siguientes miembros:

- El Director/a que la presidirá.

- Entre dos y tres representantes del Consejo de Dirección.

- Entre dos y tres representantes del Equipo Pedagógico.

6.2. Dicha Comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Realizar una valoración y priorización de los proyectos presentados conforme a los criterios que en el apartado siguiente se señalan.

b) Realizar una propuesta de asignación económica para cada proyecto estableciendo un presupuesto mínimo de funcionamiento para cada uno de ellos en función de la viabilidad de sus objetivos, contenidos y programación, en concordancia con la valoración realizada. 6.3. Para la valoración y priorización de los proyectos por la Comisión que se establece en el apartado anterior se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) Su orientación hacia el desarrollo de proyectos educativos colectivos, estableciendo objetivos, criterios y pautas de actuación comunes de los docentes implicados.

b) Su aportación a la mejora de la calidad de la enseñanza mediante la elaboración y aplicación de nuevos modelos didácticos.

c) Incidencia efectiva y directa en el proceso enseñanza-aprendizaje y en la práctica docente.

d) La viabilidad del proyecto para llevar a la práctica procesos de investigación e innovación educativa orientados a la implantación adecuada de la L.O.G.S.E.

e) Otros que se contextualicen en cada ámbito de CEPs establecidos por la Comisión y que deberán ser recogidos en el acta correspondiente.

6.4. Entre el 19 y el 30 de octubre de 1998, por las Direcciones de los Centros del Profesorado se constituirá la Comisión de Valoración para desarrollar sus funciones, debiendo remitir seguidamente las actas con las valoraciones, priorizaciones y propuestas de asignación económica a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

6.5. Para la selección y asignación económica de los proyectos se constituirá una Comisión Seleccionadora que, presidida por el Director General de Ordenación e Innovación Educativa o persona en quien delegue, estará compuesta por:

- Dos representantes de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

- Dos miembros de los equipos pedagógicos de los CEPs de la Comunidad Autónoma de Canarias.

- Dos Coordinadores de Formación de Centros Públicos, uno de Primaria y otro de Secundaria.

- Dos representantes de la Inspección Educativa, uno de Primaria y otro de Secundaria.

- Un funcionario/a de la Consejería de Educación que actuará como Secretario, con voz y sin voto.

6.6. La Comisión Seleccionadora procederá a la selección y asignación económica definitiva de los proyectos elevando propuesta de ello al Director General de Ordenación e Innovación Educativa, conforme a los siguientes criterios:

a) La valoración y priorización realizada por la Comisión de Valoración de cada Centro del Profesorado.

b) Número de proyectos y profesorado participante, relativo a cada ámbito de CEP.

c) La relación apropiada entre los objetivos propuestos en el proyecto, los medios materiales y humanos disponibles, así como las disponibilidades presupuestarias que se consignan para la financiación de la presente convocatoria.

6.7. Previamente a la selección, la Comisión Seleccionadora podrá solicitar informe de los equipos pedagógicos de los distintos CEPs respecto a los proyectos presentados en sus respectivos ámbitos de influencia.

6.8. Antes de proponer la resolución de aprobación o denegación definitiva de los proyectos, la Comisión Seleccionadora podrá convocar a los/as coordinadores de los mismos para obtener información adicional o proponer las modificaciones que se consideren necesarias.

6.9. Se garantizará la presencia sindical en el proceso de selección conforme se contempla en la normativa vigente.

6.10. La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa publicará en el tablón de anuncios de los Centros del Profesorado, mediante Resolución dictada al efecto, relación de los proyectos aprobados y denegados, por Centros del Profesorado de adscripción, así como las cuantías asignadas en su caso. Dentro del plazo que se establezca en la citada Resolución, cada coordinador formalizará el documento de aceptación en los términos que se establecen en el modelo que se fije en la misma, los cuales deberán ser remitidos por cada Centro del Profesorado a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, a los efectos de proceder al abono del primer pago previsto en la base 4.3 apartado A), así como a la publicación de la selección definitiva de proyectos en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

6.11. Los proyectos no aprobados estarán a disposición de los coordinadores de los mismos en los respectivos Centros del Profesorado, a los cuales podrá ser solicitada su devolución, a partir de los treinta días siguientes al de la publicación de la resolución de la presente convocatoria. 7.- MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA.

7.1. Excepcionalmente, previa justificación razonada y mediante autorización expresa de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, podrán modificarse los términos de la aceptación formal de la distribución de la dotación económica asignada a los proyectos, en lo que se refiere a los conceptos de gastos y sus cuantías.

7.2. La renuncia del coordinador al desarrollo del proyecto deberá presentarse por escrito a esta Dirección General, en caso de que otro participante del grupo esté en disposición de asumir la responsabilidad, además de la renuncia del coordinador se adjuntará la aceptación de este participante y la del grupo.

7.3. Se procederá a la revocación de un proyecto en el caso de que no fuera aceptada por el coordinador la aprobación del mismo.

7.4. Igualmente, supondrá la revocación de la aprobación del proyecto el incumplimiento de las condiciones de aceptación para la realización del mismo o un desarrollo de trabajo que no se ajuste a los términos del proyecto aprobado, en cuyo caso se procederá a la anulación de la dotación asignada y la consiguiente devolución de las cantidades no aplicadas. Se contemplará dentro de estos supuestos la no presentación de la documentación requerida, y que se establece en las presentes bases, para el abono del segundo plazo.

8.- SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN.

8.1. El seguimiento y el asesoramiento pedagógico de los proyectos aprobados será realizado por los equipos pedagógicos de los CEPs, los cuales asignarán un asesor/a a cada grupo de trabajo, canalizándose por medio de los mismos las necesidades de formación que pudieran generarse.

En aquellos proyectos que desarrollen líneas de actuación propias de los Programas de Innovación Educativa (Coeducación, Educación Afectivo-Sexual, E. Ambiental, E. para la Salud, Contenidos Canarios, etc.) el equipo pedagógico del CEP podrá contar con la colaboración del Programa correspondiente para dichas funciones.

8.2. La Consejería de Educación, Cultura y Deportes establecerá fórmulas de evaluación de los proyectos aprobados. Entre ellas, el informe de los respectivos asesores/as de los CEPs y la Memoria Final serán elementos de valoración para determinar la posible autorización de nuevos proyectos al grupo de trabajo. 8.3. A efectos del seguimiento, evaluación y certificación del proyecto, el coordinador del mismo se compromete a presentar, dentro de los plazos que se establecen, la siguiente documentación:

8.3.1. Antes del día 31 de enero, en los CEPs de adscripción, la siguiente documentación:

- Original y copia de las actas de las reuniones con la relación de asistentes ordenados alfabéticamente, con Número de Registro Personal y D.N.I., debidamente firmadas.

- Original y copia de impreso donde se haga constar, por parte del coordinador, el número de horas realizadas por cada miembro del grupo.

- Original y copia de un breve informe sobre el desarrollo del plan de trabajo durante ese período, con la valoración realizada por el propio grupo.

8.3.2. Antes del 15 de julio de 1999, Memoria Final detallada, que se ajustará al modelo que se señala como anexo V de esta convocatoria, referida al desarrollo y autoevaluación del proyecto, así como los materiales elaborados. Todo ello acompañado de original y copia de Hace Constar y actas de las reuniones celebradas con posterioridad a las presentadas en cumplimiento del apartado 8.3.1 anterior.

8.4. Los Centros del Profesorado remitirán a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa la documentación señalada en el apartado 8.3.1 anterior, acompañando un informe de seguimiento del asesor correspondiente.

Asimismo los Centros del Profesorado remitirán a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa el Hace Constar y las actas de las reuniones que se señalan en el apartado 8.3.2 anterior, acompañando a dicha documentación, un informe final del asesor correspondiente sobre la valoración general del desarrollo del Proyecto, de acuerdo con las instrucciones de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, así como certificación acreditativa de que obra en dicho Centro la Memoria Final presentada por el grupo de trabajo, la cual quedará en los Centros del Profesorado, juntamente con los materiales elaborados, en su caso, para consulta del profesorado interesado.

8.5. La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa expedirá a los miembros de los grupos un certificado acreditativo de su participación en el Proyecto realizado, una vez presentada la documentación requerida y se acredite el cumplimiento, como mínimo, del 85% de las horas de asistencia exigidas en el apartado 3.7 de la presente convocatoria.

A N E X O I

MODELO DE SOLICITUD PARA PROYECTOS DE GRUPOS DE TRABAJO

D./Dña. ................................................................................................................................................., con N.I.F. ..............., Registro Personal .........................................................................................., teléfono particular .............................................., y con destino en el Centro ....................................................................................................., código ..........................................................................., calle ........................................................................................................................................................, C.P. .................................................., localidad ..................................................................................................., municipio ............................................................................................, isla ........................................., teléfono del Centro .............................., como coordinador del Proyecto que se acompaña,

SOLICITA la aprobación y autorización del desarrollo del mismo, declarando ser ciertos todos y cada uno de los datos consignados en esta solicitud, y comprometiéndose en nombre de sus componentes a cumplir lo establecido en la presente Orden.

TÍTULO: ................................................................................................................................................................................... CEP DE ADSCRIPCIÓN (base 3.13): .......................................................................................................................................

PRESUPUESTO SOLICITADO:

1. Adquisición de material bibliográfico y publicaciones ............................................................................................................................. 2. Gastos de material fungible .......................................................................................................................................................................... 3. Reprografía .................................................................................................................................................................................................... 4. Formación ......................................................................................................................................................................... 5. Transportes y desplazamientos ......................................................................................................................................... 6. Material diverso de utilización docente ............................................................................................................................ 7. Otros gastos necesarios para el desarrollo del proyecto ............................................................................................................................ TOTAL FINANCIACIÓN SOLICITADA ......................................................................................................................................

En ....................................................................., a ........ de ............................................. de 1998.

EL/LA COORDINADOR/A DEL PROYECTO,

Fdo.: .......................................................................................... A N E X O I I

DATOS DEL PROYECTO

- TÍTULO DEL PROYECTO: ...................................................................................................................................................... - CENTRO DEL COORDINADOR Y UBICACIÓN: ........................................................................................................................ - NÚMERO DE PROFESORES/AS PARTICIPANTES: ........................................................................................................................ - NÚMERO DE CENTROS IMPLICADOS: .......................................................................................................................................

- RELACIÓN DE PROFESORES PARTICIPANTES

- CEP DE ADSCRIPCIÓN: ................................................................................................................................................... - OTROS DATOS: .............................................................................................................................................................................................

ESQUEMA DEL PROYECTO

1. Justificación del Proyecto. 2. Descripción del Proyecto: a. Objetivos. b. Contenidos. c. Metodología y dinámica de trabajo, tanto en el grupo como en la práctica del aula. d. Actuaciones previstas en la práctica diaria del aula. e. Evaluación prevista: * del funcionamiento del grupo. * de los resultados del proyecto. f. Planificación y calendario de reuniones.

3. Recursos: a. Material necesario, especificando el disponible y el no disponible. b. Asesoramiento preciso, indicando el disponible y el no disponible.

4. Presupuesto desglosado por conceptos: 1.- Adquisición de material bibliográfico y publicaciones ........................................................................................................................... 2.- Gastos de material fungible ........................................................................................................................................................................ 3.- Reprografía ................................................................................................................................................................................................... 4.- Formación .................................................................................................................................................................................................... (*) 5.- Transportes y desplazamientos ........................................................................................................................................................ (*) 6.- Material diverso de utilización docente .......................................................................................................................................... (*) 7.- Otros gastos necesarios para el desarrollo del proyecto ................................................................................................................

TOTAL FINANCIACIÓN SOLICITADA ..........................................................................................................................................................

(*): Especificar los gastos reflejados en los apartados 5, 6 y 7. Además, en el apartado 6 debe añadirse un Hace Constar del Administrador o Director del CEP correspondiente de que no está disponible en el CEP.

La extensión conjunta de los apartados 1 y 2 no superará los 10 folios.

En ..............................................................., a .............. de ............................................................... de 1998.

EL/LA COORDINADOR/A DEL PROYECTO

Fdo.: .................................................................................... A N E X O I I I

FICHA DATOS DEL GRUPO DE TRABAJO Nº

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA-CURSO 1998/99

TÍTULO ....................................................................................................................................................................................................................., COORDINADOR ........................................................., N.I.F. ..................................., Nº REGISTRO PERSONAL .................................., CALLE ...................................................................................., Nº ............., LOCALIDAD ..................................................................................., C.P. ................................., ISLA ..................................................................., TELÉFONO .................................................... .

CENTRO ................................................................................................., CALLE ................................................................................................., Nº .............., LOCALIDAD ..................................................................., C.P. ......................, TELÉFONO CENTRO ............................, DOTACIÓN .............................................................................................................................................................................................................., CEP DE ADSCRIPCIÓN ......................................................................................................................................................... .

RELACIÓN DE PROFESORES PARTICIPANTES

EL/LA COORDINADOR/A DEL PROYECTO,

Fdo.: ..............................................................................

A N E X O I V

MODELO DE CERTIFICACIÓN JUSTIFICATIVA

D. ................................................................................................................................................................................., Secretario del Consejo de Dirección del Centro del Profesorado.

CERTIFICA:

Que reunido el Consejo de Dirección de este Centro el día .........., se aprueba la justificación del gasto realizado en desarrollo del Grupo de Trabajo nº .........., de los seleccionados por Resolución de ......................................., de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (B.O.C. nº ..........), titulado .................................................., acreditándose por medio de la presente que la dotación económica asignada ha sido aplicada en los siguientes conceptos de gastos:

1. Adquisición de material bibliográfico y publicaciones ......................................................... .......................... 2. Gastos de material fungible ................................................................................................... .......................... 3. Reprografía ............................................................................................................................ .......................... 4. Formación ............................................................................................................................. .......................... 5. Transportes y desplazamientos ............................................................................................. .......................... 6. Material diverso de utilización docente ................................................................................ .......................... 7. Otros gastos necesarios para el desarrollo del proyecto ....................................................... .......................... 8. 5% Gastos de gestión, mantenimiento y seguimiento, imputable al CEP ............................ ..........................

TOTAL GASTOS ......................................................................................................................... ..........................

9. Reintegro o devolución (en su caso) ...................................................................................... ..........................

TOTAL ASIGNACIÓN ECONÓMICA .......................................................................................... ..........................

Para que conste, a los efectos de justificación del gasto, expido el presente certificado en ..................................................., a .......... de ................................................... de 1999.

A N E X O V

MEMORIA FINAL

La Memoria Final ha de constar de la siguiente documentación, que deberá entregarse por separado:

A) Informe de las actividades realizadas:

- En este informe se incluirán una síntesis del desarrollo del proyecto presentado, conclusiones que se han obtenido del trabajo y valoración en función de los objetivos planteados.

B) Materiales curriculares elaborados, si los hubiera.

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