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BOC Nº 101. Lunes 10 de Agosto de 1998 - 1186

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

1186 - ORDEN de 31 de julio de 1998, por la que se otorga definitivamente la concesión de una emisora de radiodifusión en ondas métricas con modulación de frecuencia en Santa Cruz de Tenerife (91.1 MHz) a Antena 3 de Radio, S.A.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Comunicaciones e Informática para la concesión de una emisora de radiodifusión en ondas métricas con modulación de frecuencia en Santa Cruz de Tenerife (91.1 MHz).

Vista la propuesta formulada por el Director General de Comunicaciones e Informática con fecha 28 de abril de 1998.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Con fecha 22 de octubre de 1980 se presentó solicitud por la sociedad Euro-Radio, S.A. para la concesión de una emisora del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en la localidad de Santa Cruz de Tenerife.

2º) El Gobierno, en reunión del Consejo de Ministros de 31 de diciembre de 1981 acordó adjudicar provisionalmente la emisora solicitada en la frecuencia 91.0 MHz.

3º) Por Resolución de 21 de julio de 1987, de la Dirección General de Telecomunicaciones, se estableció el plan de asignaciones de frecuencia a estaciones de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia que funcionan en la banda de frecuencias de 87.5 MHz a 108 MHz, figurando en su anexo la sociedad Euro-Radio, S.A. con la frecuencia 91.1 MHz en Santa Cruz de Tenerife. 4º) Presentado y aprobado el proyecto técnico correspondiente, con fecha 15 de abril de 1993, por la Dirección General de Telecomunicaciones se emite informe de conformidad sobre las características técnicas de la emisora.

5º) Con fecha 6 de octubre de 1995 se presenta justificante del abono de la cuota de concesión que establece el artículo 14.1 del Decreto 37/1989, de 16 de marzo, que regula la concesión de emisoras de radiodifusión con modulación de frecuencia.

6º) A la vista de la solicitud formulada por Antena 3 de Radio, S.A. el 22 de diciembre de 1982, respecto a la transferencia a su favor de la concesión de la emisora, la Dirección General de Comunicaciones e Informática, con fecha 28 de diciembre de 1995, autoriza provisionalmente la misma.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El procedimiento para la concesión de emisoras de radiodifusión con modulación de frecuencia viene regulado por el Decreto 37/1989, de 16 de marzo.

Segunda.- A la vista de las actuaciones practicadas que constan en el expediente administrativo tramitado al efecto, se concluye en que se ha dado efectivo cumplimiento al procedimiento de aplicación, una vez adjudicada provisionalmente la emisora, mediante la presentación y aprobación del proyecto técnico, el abono de la cuota de concesión y la emisión del informe de la entonces Dirección General de Telecomunicaciones del Ministerio de Obras Públicas y Transportes por el que se presta conformidad a las características técnicas.

Tercera.- El artículo 13 del Decreto antes mencionado establece que “las concesiones correspondientes a emisoras privadas serán transferibles siempre que el adquirente reúna las condiciones a que se refiere el artículo 5 del presente Decreto y previa autorización de la Consejería de la Presidencia ...”. En el presente supuesto Antena 3 de Radio, S.A., tal y como consta en el expediente administrativo cumple con los requisitos establecidos en el citado artículo 5 del repetido Decreto 37/1989.

Cuarta.- La Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales es competente en materia de medios de comunicación social, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.h) del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, en relación con el Real Decreto 801/1986, de 7 de marzo, de traspaso de funciones en materia de medios de comunicación social.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida en virtud del artículo 7.7.c) del Decreto Territorial 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales,

R E S U E L V O:

1º) Otorgar definitivamente la concesión para la instalación y funcionamiento de la estación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia de Santa Cruz de Tenerife (91.1 MHz) a Antena 3 de Radio, S.A. con sometimiento a lo preceptuado en el Decreto 37/1989, de 16 de marzo, por el que se regula la concesión de emisoras de radiodifusión con modulación de frecuencia, ratificando la transferencia que en su día fue autorizada provisionalmente por la Dirección General de Comunicaciones e Informática a su favor, a los efectos prevenidos en el artículo 13 del mismo Decreto.

2º) La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma se puede interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde su notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que se estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de julio de 1998.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.

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