

|
|
|
De conformidad con lo previsto en el artículo 75 de la Ley de Aguas de Canarias 12/1990, de 26 de julio, y artículos 179 y 180 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y demás disposiciones de pertinente aplicación, se hace público a fin de que en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento, a cuyo efecto, el expediente estará de manifiesto en el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, sito en la Avenida Juan XXIII, 7, 2º, de esta capital, durante las horas de oficina.
Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 1998.- El Vicepresidente, Andrés Rodríguez González.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |