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BOC Nº 079. Lunes 29 de Junio de 1998 - 2009

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

2009 - ANUNCIO de 21 de mayo de 1998, de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, relativo a notificación de Providencia y Pliego de Cargos en el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería de Administración Pública a D. Guillermo Marrero Santos, titular de la empresa operadora nº 472, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 92/98.

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Habiendo sido intentada la notificación de la Providencia y Pliego de Cargos en el domicilio que figura en el expediente sancionador nº 92/98, incoado por la Viceconsejería de Administración Pública a D. Guillermo Marrero Santos, titular de la empresa operadora nº 472, por infracción a la normativa sobre el juego, sin que haya podido practicarse al interesado, de conformidad con lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación.

PROVIDENCIA

“Vista el acta de los funcionarios de la Inspección del Juego, de 17 de abril de 1998, levantada en el establecimiento Bar Alonso, sito en Santa Cruz de Tenerife, calle Valle Inclán, 1, y deduciéndose de la misma posibles infracciones a la normativa sobre el juego, iníciese expediente sancionador al titular de la empresa operadora nº 472, Guillermo Marrero Santos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y siguientes del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, nombrando Instructora del expediente a Dña. Aurora La Serna Ramos, Técnico Instructor de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, debiendo notificarse al interesado a los efectos de recusación previstos en el artº. 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.” PLIEGO DE CARGOS

1º) Con fecha 17 de abril de 1998, fue levantada acta de infracción por funcionarios adscritos al Servicio de Inspección del Juego de esta Consejería, dando cuenta que en el establecimiento Bar Alonso, sito en Santa Cruz de Tenerife, calle Valle Inclán, 1, se encuentra instalada y en funcionamiento, la máquina recreativa tipo “B”, TF-B-11.315, propiedad de la empresa operadora nº 472, Guillermo Marrero Santos, que presenta una Guía de Circulación donde no puede apreciarse ningún dato, ni tan siquiera el número de la misma, recogiéndose los datos del correspondiente Boletín de Instalación.

2º) Los hechos descritos suponen infracción a los artículos 11 y 30.1.b) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88), en cuya virtud, todas las máquinas a que se refiere el citado Reglamento, que se encuentren en explotación, deberán llevar necesariamente incorporada a las mismas y de forma visible desde el exterior, entre otros, debidamente protegida del deterioro, la Guía de Circulación correctamente cumplimentada y diligenciada y visible en su totalidad.

3º) De conformidad con lo previsto en el artº. 40.14 del citado Reglamento, la infracción debe calificarse de grave, la no colocación de la Guía de Circulación, o no hacerlo en la forma prevista en el artº. 30 del Reglamento, procediendo sancionar con multa de doscientas mil pesetas, según disponen los artículos 42 del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo, y 22 de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Canarias (B.O.C. nº 158, de 31.12.85), sin perjuicio de lo que pueda resultar de la instrucción.

4º) De conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.2 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, y 8.3 del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, el Viceconsejero de Administración Pública es competente para intervenir en la resolución del expediente.

De acuerdo con lo establecido en el artº. 43.1.2.b) del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo, se le concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente a la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho, y en el que podrá solicitar el recibimiento a prueba del expediente, expresando los puntos de hecho sobre lo que ha de versar y articulando la prueba de que intenta valerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 1998.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan José Rodríguez y Rodríguez.

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