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1998/073 - Lunes 15 de Junio de 1998

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Regresar al sumario 1798 Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 26 de enero de 1998, del Director, relativo a notificación a D. Antonio M. León García, en ignorado paradero, de la Resolución recaída en el expediente nº 10317/96, que deniega subvención destinada a sufragar costes de la Seguridad Social.

Resolución nº 329, de 2 de abril de 1997, registro de salida nº 1056, de 9 de abril de 1997, por la que se tiene por denegada a D. Antonio M. León García, mediante la que interesa le sea concedida subvención destinada a sufragar costes de la Seguridad Social previstas en la Sección 5ª del Capítulo II del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nº 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social.

Visto el expediente arriba referenciado, incoado a instancia de D. Antonio M. León García, en virtud de solicitud presentada el día 6 de septiembre de 1996 ante el Instituto Canario de Formación y Empleo de Santa Cruz de Tenerife, mediante la que interesa le sea concedida subvención destinada a sufragar costes de la Seguridad Social previstas en la Sección 5ª del Capítulo II del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nº 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social.

Resultando: que a requerimiento formulado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, el INEM emite Certificado de 25 de noviembre de 1996 en el que consta que el solicitante causó baja como demandante de empleo el 5 de octubre de 1994.

Considerando: que el Instituto Canario de Formación y Empleo es competente para conocer el presente expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 5.Uno del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo.

Considerando: la competencia que me atribuye el artículo 5.Dos del mencionado Decreto, para resolver el presente expediente.

Considerando: que a tenor de lo establecido en el apartado Uno del artículo 20 del citado Decreto, los beneficiarios de la subvención que nos ocupa, serán aquellas personas que se hallen inscritas como desempleados en el Servicio Canario de Colocación y en el Instituto Nacional de Empleo en el momento de la solicitud y que vayan a iniciar una actividad empresarial o profesional como trabajador autónomo o por cuenta propia, requisitos éstos que no se cumplen a tenor de lo expuesto en el resultando.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

R E S U E L V O:

Denegar a D. Antonio M. León García la subvención solicitada para sufragar costes de la Seguridad Social, como trabajador autónomo, por los motivos expuestos.

Contra la presente resolución, podrá interponerse recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes, contado desde la notificación de la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de enero de 1998.- El Director, Aurelio Ayala Fonte.

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