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BOC Nº 072. Viernes 12 de Junio de 1998 - 1741

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1741 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 9 de julio de 1997, relativo a notificación de requerimiento a la entidad Federico Santana Santana, en ignorado domicilio, para proceder a la tramitación y conclusión de expediente de solicitud de subvención destinada a sufragar costes de la Seguridad Social.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, se hace saber a la misma que, con fecha 9 de julio de 1997, fue efectuado requerimiento del tenor literal siguiente: En relación con la solicitud presentada por D. Federico Santana Santana, ante el Instituto Canario de Formación y Empleo de Las Palmas de Gran Canaria, el día 6 de noviembre de 1996, a los efectos de acogerse a las subvenciones destinadas a sufragar los costes de cotización al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, reguladas en el Capítulo II, Sección 5ª del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el Fomento y el Mantenimiento del Empleo y de la Economía Social, se le requiere para que en el improrrogable plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción del presente requerimiento, remita a este organismo, por duplicado y compulsada, la documentación que se señala a continuación, y que es preceptiva según lo dispuesto en el Decreto mencionado.

- Fotocopia del D.N.I. y N.I.F. del solicitante.

- Certificado expedido por la Agencia Tributaria perteneciente al Ministerio de Economía y Hacienda, acreditativo de que el solicitante se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

- Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativo de que el solicitante se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones.

- Alta en el sistema contable del Instituto Canario de Formación y Empleo.

- Memoria de la Actividad Empresarial para Autónomos anexo IX.

PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN EN ALTA COMO AUTÓNOMOS.

- Alta en la Seguridad Social.

- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

- Certificado de estar al corriente en el I.G.I.C.

a) Certificado emitido por la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno Autónomo de Canarias, acreditativo de que la empresa se encuentra al corriente del I.G.I.C. y Declaración Jurada en el caso de estar exento del mismo.

b) Si la empresa figura dada de alta en el I.G.I.C. y no ha presentado Declaración o Autoliquidaciones, tendrá que aportar certificado emitido por el mismo Organismo, denominado “Contratos con la Administración”.

- Certificado de períodos de inscripción como demandante de empleo a los efectos de comprobar que la situación de desempleado se ha mantenido hasta el momento de su constitución como trabajador autónomo o por cuenta propia (artículo 20.Uno del Decreto citado).

PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN DESEMPLEADAS.

- Certificado de períodos de inscripción como demandante de empleo, a los efectos de comprobar que la situación de desempleado se ha mantenido (artículo 20.Uno del Decreto citado).

- Certificado emitido por la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno Autónomo de Canarias, acreditativo de que se encuentra al corriente del I.G.I.C.

Se le advierte que de no aportar la documentación requerida, en el plazo establecido, se procederá a tenor de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al archivo del expediente sin más trámite.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de julio de 1997.- La Jefa de Sección de Empleo, María Victoria Parra Buitrago.

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