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BOC Nº 072. Viernes 12 de Junio de 1998 - 801

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

801 - RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 1998, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se dispone la supresión del puesto de Tesorería del Ayuntamiento de Güímar (provincia de Santa Cruz de Tenerife) como puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

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Vista la certificación expedida por el Secretario General del Ayuntamiento de Güímar, que reproduce literalmente el contenido del acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 1º de diciembre de 1997, punto 4º del orden del día, por el que fue aprobado el cuadro de puestos de trabajo del Personal Funcionario de la Corporación. Resultando que, examinado el cuadro de puestos de trabajo, se comprueba que ha sido amortizado el puesto de Tesorería como reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, cuyas funciones han sido asignadas al titular del puesto nº 21, denominado Administrativo Tesorero, reservado a funcionario de la Subescala Administrativa de Administración General.

Considerando que el artículo 159, número 1, del Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril (B.O.E. números 96 y 97), en la redacción dada por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, establece que la competencia de ejecución en materia de creación, supresión y clasificación de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional corresponde a las Comunidades Autónomas. Y, en idéntico sentido, se pronuncia el artículo 2º, en conexión con el artículo 9º, del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio (B.O.C. nº 189), sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Considerando que corresponde a esta Dirección General ejercer las competencias que, respecto a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se atribuyen a esta Comunidad Autónoma, según dispone el artículo 9º, número 2, letra h), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, aprobado por Decreto 321/1995, de 10 de noviembre (B.O.C. nº 152).

Considerando que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º.f) del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, citado, en las Corporaciones Locales con Secretaría de segunda clase -categoría en la que está clasificada la del Ayuntamiento de Güímar-, el puesto de Tesorería podrá quedar reservado a habilitado de carácter nacional, o ser desempeñado por uno de sus funcionarios debidamente cualificados, según determine la relación de puestos de trabajo de la Corporación. Esta Dirección General, en el ejercicio de la competencia que le atribuye la normativa vigente,

R E S U E L V E:

Primero.- Disponer la supresión del puesto de trabajo denominado Tesorería, existente en la plantilla del Ayuntamiento de Güímar (provincia de Santa Cruz de Tenerife), como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, con eficacia desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y remitirla a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Administraciones Públicas, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 9º del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio.

Tercero.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados desde su publicación, previa comunicación a este Centro Directivo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de mayo de 1998.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier López de Vicuña y Artola.

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