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BOC Nº 072. Viernes 12 de Junio de 1998 - 799

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

799 - ORDEN de 18 de mayo de 1998, por la que se adjudica destino definitivo a los aspirantes que han superado la fase de prácticas del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros para plazas situadas en islas no capitalinas convocado por Orden de 28 de mayo de 1997 (B.O.C. nº 69, de 29.5.97), de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales.

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Por Orden de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de 28 de mayo de 1997 (B.O.C. nº 69, de 29.5.97), se convocó procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros para plazas situadas en islas no capitalinas.

Por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 17 de julio de 1997 (B.O.C. nº 97, de 30.7.97), se determina el procedimiento para la asignación de destinos ubicados en islas no capitalinas a los aspirantes que superen las fases de oposición y concurso en el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Orden de 28 de mayo de 1997, de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales.

Por Resolución de la Dirección General de Personal de 1 de septiembre de 1997, se elevan a definitivas las listas de participantes y se publica la adjudicación de destinos a los aspirantes que superaron las fases de oposición y concurso en el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Orden de 28 de mayo de 1997, de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales.

Por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 13 de octubre de 1997 (B.O.C. nº 143, de 5.11.97), se nombran funcionarios en prácticas a los opositores que superaron los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Maestros para plazas situadas en islas no capitalinas.

Por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 24 de abril de 1998 (B.O.C. nº 58, de 13.5.98), se aprueba el expediente de los procedimientos selectivos convocados por Orden de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de 28 de mayo de 1997, de ingreso en el Cuerpo de Maestros para plazas situadas en islas no capitalinas.

Vista la disposición primera de la Orden de 24 de abril antes citada, en la que se declara que han superado la fase de prácticas los aspirantes evaluados como “aptos” que se especifican en el anexo de dicha Orden. Vista la disposición novena de la Orden de 17 de julio, que establece que los destinos adjudicados se asignarán a los participantes con carácter definitivo, equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, desde el día 1 de septiembre de 1998, siempre y cuando hayan superado la fase de prácticas.

En su virtud, esta Consejería

HA DISPUESTO:

Primero.- Elevar a definitivas las adjudicaciones de destinos hechas públicas por Resolución de la Dirección General de Personal de 1 de septiembre de 1997, a aquellos aspirantes que han superado la fase de prácticas y que se relacionan en el anexo de esta Orden.

Segundo.- Los destinos adjudicados a los funcionarios de nuevo ingreso en el Cuerpo de Maestros se asignan con carácter definitivo, equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, desde el día 1 de septiembre de 1998.

Tercero.- Dichos funcionarios no podrán obtener nuevos destinos definitivos o provisionales, mediante su participación en procedimientos de provisión de plazas, en los cursos 1998/99 y 1999/2000, debiendo permanecer en el destino asignado durante dichos cursos.

Cuarto.- La toma de posesión de los destinos asignados con carácter definitivo tendrá lugar el día de comienzo del curso escolar 1998/99, con efectos desde el día 1 de septiembre, y serán realizadas por las Direcciones Territoriales correspondientes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes, exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de mayo de 1998.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

Ver anexos - páginas 6100-6105

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