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En virtud de lo que dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Decreto 162/1997, de 11 de julio, de delegación de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de carreteras, se notifica a los interesados que se relacionan, de domicilios desconocidos, la Resolución recaída en los expedientes por el concepto que se expresa, pudiendo formular contra los mismos recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias, en el plazo de un (1) mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
1.- Denunciado: Acosta Services Car, S.L. Expte. AG-17/97. Daños en barreras de seguridad de la carretera C-812, p.k. 75,500, por accidente con el vehículo matrícula GC-7200-BN. Cuantía: 40.000 pesetas.
2.- Denunciado: José Torres Valido. Expte. AG-37/97. Daños en barreras de seguridad de la carretera GC-1, p.k. 4,600, por accidente con el vehículo matrícula GC-3213-O. Cuantía: 120.000 pesetas.
3.- Denunciado: Instalación, Reparación y Construcción Eléctrica, S.A. Expte. AG-104/96. Daños en barreras de seguridad y poste para señal de la carretera C-812, p.k. 72,650, por accidente con el vehículo matrícula GC-6188-AG. Cuantía: 44.500 pesetas.
4.- Denunciado: Carlos Narciso Antón Alonso. Expte. AG-23/97. Daños en barreras de seguridad de la carretera GC-1, p.k. 17,700, por accidente con el vehículo matrícula GC-0900-BJ. Cuantía: 40.000 pesetas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de marzo de 1998.- El Consejero del Área de Obras Públicas, Miguel Jorge Blanco.
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