Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
1998/053 - Viernes 01 de Mayo de 1998

IV. ANUNCIOS
Otros anuncios
Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

Regresar al sumario 1124 ANUNCIO de 19 de febrero de 1998, de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, relativo a notificación de Orden del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza la puesta a disposición de la Tesorería Insular de la Consejería de Economía y Hacienda, de la fianza constituida por la empresa Sociedad Cooperativa Limitada de Recreativo (Cocare), en paradero desconocido.- E.O. nº 478.

Se hace saber a la empresa denominada Sociedad Cooperativa Limitada del Recreativo (Cocare), que se halla en paradero desconocido, que por Orden de esta Consejería, de 25 de noviembre de 1997, se autorizó la puesta a disposición de la Tesorería Insular de la Consejería de Economía y Hacienda, de la cantidad de 2.790.000 pesetas, procedentes de la fianza constituida por dicha empresa.

Habiéndose intentado la notificación de dicha Orden por el procedimiento habitual, ésta ha sido devuelta por el Servicio de Correos.

Por lo que, de conformidad con lo previsto en el artº. 59.4 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación.

“Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, para la puesta a disposición de la Tesorería Insular de la Consejería de Economía y Hacienda, de parte de la fianza depositada por la empresa Cocare.

Vista la propuesta formulada por la Viceconsejería de Administración Pública.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Que con fecha 16 de febrero de 1990, la empresa Cocare fue inscrita en el Registro de Empresas Operadoras de Canarias, dando cumplimiento a los requisitos previstos en las disposiciones legales vigentes en materia de juego, entre los que se encuentra la constitución de la fianza correspondiente, constituida para responder de las obligaciones económicas en que pudiera incurrir en el ejercicio de su actividad como empresa operadora.

2º) Que con fecha 19 de mayo de 1997, tuvo entrada en este Centro Directivo, Providencia de embargo seguida en el expediente nº TF/97/74 de 14 de enero de 1997, de la Tesorería Insular de la Consejería de Economía y Hacienda, para la puesta a disposición de la cantidad de dos millones setecientas noventa mil (2.790.000) pesetas, en cumplimiento al débito que tiene contraído en concepto de Sanción Consejería Presidencia.

3º) Que en el expediente correspondiente a la empresa hay fianza suficiente para satisfacer el débito contraído.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Que las competencias funcionales en esta materia se regulan por la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Canarias y por el Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de esta Comunidad Autónoma.

Segunda.- Que de conformidad con lo previsto en el artº. 7.5 del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, en relación con el artº. 35 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, el Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales es competente para intervenir en la resolución de este expediente.

Tercera.- Que el procedimiento seguido en la tramitación de este expediente se ajusta a lo previsto en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.- Que el artº. 13.c) de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, y el artº. 35.1 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, regulan la puesta a disposición de las fianzas afectadas por disposiciones fiscales relativas a Tasas del Juego y Sanciones.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

D I S P O N G O:

Se proceda a la puesta a disposición de la Tesorería Insular de la Consejería de Economía y Hacienda, de la cantidad de dos millones setecientas noventa mil (2.790.000) pesetas, correspondiente al aval s/n, de Sociedad de Garantías de Canarias, S.G.R., por una cuantía de 10.000.000 de pesetas, constituido por la empresa Cocare, para responder de las obligaciones económicas en que pudiera incurrir en el ejercicio de su actividad como empresa operadora de máquinas recreativas y de azar, debiéndose comunicar la detracción de dichas fianzas.

Asimismo, se deberá notificar la presente resolución a la Tesorería Insular de la Consejería de Economía y Hacienda.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses desde su notificación, previa la comunicación a esta Consejería, exigida en el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.”

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de febrero de 1998.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan José Rodríguez y Rodríguez.

None
© GOBIERNO DE CANARIAS