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BOC Nº 053. Viernes 1 de Mayo de 1998 - 560

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

560 - RESOLUCIÓN de 1 de abril de 1998, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 18 de diciembre de 1997, que aprueba definitivamente el Plan Parcial Llanos de La Higuera, promovido por D. Esteban Lavandera López, en representación de la entidad Llanos de La Higuera, S.A. (Llahisa), en el término municipal de Tuineje (Fuerteventura).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 18 de diciembre de 1997, por el que se aprueba definitivamente el Plan Parcial Llanos de La Higuera, promovido por D. Esteban Lavandera López, en representación de la entidad Llanos de La Higuera, S.A. (Llahisa), término municipal de Tuineje, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de abril de 1998.- El Director General de Urbanismo, Juan César Muñoz Sosa.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 18 de diciembre de 1997, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente, al amparo de lo preceptuado en el artículo 132.3.a) del Reglamento de Planeamiento, el Plan Parcial Llanos de La Higuera, término municipal de Tuineje (Fuerteventura), promovido por D. Esteban Lavandera López, en representación de la entidad Llanos de La Higuera, S.A. (Llahisa), al haberse cumplimentado los condicionantes impuestos por esta Comisión en sesión precedente celebrada el 29 de marzo de 1996.

Segundo.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de Tuineje y al Cabildo Insular de Fuerteventura.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación al artº. 8 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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