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BOC Nº 049. Miércoles 22 de Abril de 1998 - 1005

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1005 - RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 1998, de la Dirección General de Vivienda, sobre notificación de la Propuesta de Resolución recaída en los expedientes de desahucio administrativo D-265/97, D-266/97, D-267/97, D-268/97, D-272/97, D-275/97 y D-278/97, por encontrarse en ignorado domicilio los interesados.

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Encontrándose en ignorado domicilio las personas que a continuación se citan, titulares de las viviendas de promoción pública que seguidamente se relacionan, a la vista de los informes policiales emitidos en la tramitación de los expedientes de desahucio administrativo referenciados que se siguen contra los mismos por infracción del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92),

R E S U E L V O:

Notificar a las personas que a continuación se relacionan, la Propuesta de Resolución recaída en los expedientes administrativos de desahucio que les han sido instruidos y cuya parte dispositiva dice textualmente:

PROPUESTA:

- Desahuciar a Dña. Argelia Monzón Alonso, adjudicataria de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo Lanzarote, calle Magistral Roca Ponsa, 9, 3º derecha, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incursa en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. Juan Rodríguez Armas, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Valle de Jinámar, fase III, bloque 15, 7º C, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. Antonio Medina Ramos, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo Cruz de Piedra, fase I, calle Farmacéutico Pedro Rivero, bloque 3, 12º D, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. José Perdomo Morales, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo 210 Viviendas La Feria, calle Alférez Provisional, bloque 11, bajo B, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. Manuel Bethencourt Rosillo, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Valle de Jinámar, fase III, bloque 12, 1º D, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a D. José Santana Vega, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo Nueva Paterna, calle Manuel de Falla, 48, bloque 3, portal 1, 3º E, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

- Desahuciar a Dña. Soledad Vizcaíno Brito, adjudicataria de la vivienda de promoción pública sita en el Valle de Jinámar, fase III, bloque 14, 11º B, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incursa en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artículo 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.

El lanzamiento será ejecutado por esta Dirección General, que designará la/s persona/s que haya/n de llevarlo a efecto, pudiendo recabar si lo estima necesario, la ayuda de los agentes de la autoridad. Contra la presente Propuesta de Resolución podrán los interesados formular alegaciones en el plazo de ocho días contados a partir de la publicación de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de febrero de 1998.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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