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En la base segunda de la convocatoria se dispone que la dotación económica se fijará cada año por Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación.
Y asimismo se establece en la base segunda que el plazo de presentación de solicitudes estará abierto todo el año, y que para cada ejercicio presupuestario se tendrán en cuenta las presentadas hasta el último día hábil del mes de noviembre del año anterior.
Habiendo sido aprobados los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1998 por Ley 13/1997, de 23 de diciembre, y en virtud de las competencias que se me delegan en la Orden de convocatoria,
R E S U E L V O:
1º) El plazo de presentación de solicitudes para la publicación de textos o materiales para la docencia universitaria será el siguiente:
Ejercicio de 1999, las presentadas hasta el último día hábil del mes de noviembre de 1998.
2º) Para la convocatoria de 1998 está previsto asignar para estas subvenciones hasta un máximo de 2.250.000 pesetas, con cargo a la partida presupuestaria 18.07.422E 480 00 L.A. 18420302 “Ayudas y subvenciones a la investigación” de los vigentes presupuestos.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de marzo de 1998.- La Directora General de Universidades e Investigación (por Orden de 5.2.98, la Secretaria General Técnica), María Teresa Larrea Díez.
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