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BOC Nº 039. Lunes 30 de Marzo de 1998 - 373

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Economía y Hacienda

373 - ORDEN de 24 de marzo de 1998, por la que se aprueba nuevo modelo 400 de Declaración censal de comienzo, modificación o cese de la actividad, que han de presentar los empresarios o profesionales.

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Las modificaciones que en los regímenes especiales simplificado y de la agricultura y ganadería se han introducido en la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, y en el Reglamento estatal de desarrollo de esta Ley, a través de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y del Real Decreto 37/1998, de 16 de enero, hacen necesaria la aprobación de un nuevo modelo de declaración censal que sustituya al vigente.

No obstante el anterior razonamiento, ya se hacía necesaria la modificación y adición de determinados aspectos relacionados con la información que se desprende de la declaración censal en cuanto a la situación tributaria y obligación del cumplimiento de presentación de declaraciones-liquidaciones, derivados de la experiencia diaria de los centros gestores de los tributos que conforman el sistema fiscal autonómico.

En virtud de todo lo expuesto y conforme a lo establecido en el artículo 13 del Decreto 183/1992, de 15 de diciembre,

D I S P O N G O:

Único.- Se aprueba el modelo 400, que figura como anexo a la presente Orden, de Declaración censal de comienzo, modificación o cese de la actividad que han de presentar los empresarios o profesionales conforme dispone el Decreto 183/1992, de 15 de diciembre, o norma que lo sustituya.

El modelo 400 consta de dos ejemplares: ejemplar para la Administración, ejemplar para el interesado.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

A la entrada en vigor de la presente Orden quedará derogada la Orden de 8 de junio de 1993, por la que se aprueba un nuevo modelo 400 de Declaración censal de comienzo, modificación o cese de la actividad, que han de presentar las personas o entidades que realicen o vayan a realizar actividades empresariales o profesionales.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de marzo de 1998.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Carlos Francisco Díaz.

Ver anexos - páginas 3039-3050

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