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Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente para la modificación de su relación de puestos de trabajo.
Considerando justificada la modificación de la misma por la necesidad de adaptar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente a las exigencias actuales de dicho Departamento.
Vistos los artículos 5, 6, 15 y 16 de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el artículo 40 de la Ley Territorial 13/1997, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1998 y demás disposiciones vigentes de aplicación.
En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Política Territorial y Medio Ambiente y a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Presidencia y Relaciones Institucionales y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 5 de marzo de 1998,
D I S P O N G O:
Artículo 1.- 1. Modificar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente aprobada por Decreto 93/1997, de 9 de junio (B.O.C. nº 82, de 25.6.97), en los términos que figuran en los siguientes anexos:
Anexo I.- Puestos de nueva creación.
Anexo II.- Puestos suprimidos. Anexo III.- Puestos modificados. 2. Reasignar los números de los puestos de trabajo de dicho Departamento, en los términos del anexo IV.
3. Una vez efectuadas las anteriores modificaciones la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente queda en los términos del anexo V. Artículo 2.- Los puestos de trabajo en los cuales figuran las iniciales JT en la columna de jornada, implican el desempeño de una jornada normal sujeta a turnos. En los que figuran las iniciales JTE, implican una jornada especial sujeta a turnos.
Artículo 3.- Los puestos de trabajo en los cuales figuran las iniciales CE en la columna de forma de provisión, implican que el sistema de provisión del puesto de trabajo es el concurso específico.
Artículo 4.- En el anexo VI se relacionan los códigos que para las comarcas (áreas de trabajo), figuran para determinados puestos de trabajo en la columna de localización territorial.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en San Andrés y Sauces, a 5 de marzo de 1998.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Carlos Francisco Díaz.
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