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Con el objetivo de establecer, en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma, una organización que permita coordinar todas las actuaciones que se han de desarrollar en la Administración Pública canaria como consecuencia de la introducción de la moneda única, se dictó el Decreto 1/1998, de 9 de enero, por el que se crean y regulan las Comisiones para la adaptación al euro.
Mediante dicha disposición se crea la Comisión Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias para la adaptación al euro, y se prevé en su artículo 7 la constitución de Comisiones Departamentales, las cuales se crearán mediante Orden departamental que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
En su virtud, en uso de las facultades que tengo atribuidas,
D I S P O N G O:
Artículo 1º.- Creación de la Comisión Departamental.
Se crea la Comisión Departamental para la adaptación al euro, que se adscribe a la Consejería de Industria y Comercio.
Artículo 2º.- Composición de la Comisión Departamental.
La Comisión Departamental estará compuesta por: a) Presidente:
- El Consejero de Industria y Comercio, o el titular del órgano superior del Departamento en quien delegue.
b) Vocales:
- El Secretario General Técnico del Departamento.
- Un representante, con rango mínimo de Jefe de Servicio, de las Direcciones Generales de Ordenación y Fomento Industrial, de Industria y Energía y de Comercio, designado, en su caso, por el titular de dichos centros directivos.
c) Secretario:
- El Jefe de Servicio de la Oficina Presupuestaria, quien actuará con voz y voto.
Artículo 3º.- Funcionamiento.
La Comisión Departamental adaptará su funcionamiento a lo previsto en el Decreto 1/1998, de 9 de enero, y a las normas comunes sobre órganos colegiados.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de marzo de 1998.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, Francisco de la Barreda Pérez.
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