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1998/031 - Miércoles 11 de Marzo de 1998

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

Regresar al sumario 645 ANUNCIO de 22 de enero de 1998, de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, relativo a notificación de Providencia de Acumulación de expedientes sancionadores incoados a D. Fernando Mónico Rivero Castellano, con título de empresa operadora cancelado, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expedientes números 83/97 y 178/97.

Habiendo sido intentada la notificación de la citada Providencia de Acumulación de expedientes en el domicilio que figura en los expedientes sancionadores números 83/97 y 178/97, incoados por la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación a D. Fernando Mónico Rivero Castellano, con título de la empresa operadora cancelado, por infracción a la normativa sobre el juego, sin que haya podido practicarse al interesado, de conformidad con lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación.

PROVIDENCIA

“Vistos los expedientes administrativos sancionadores números 83/97 y 178/97, incoados a D. Fernando M. Rivero Castellano, con título de empresa operadora cancelado, por la explotación de máquinas recreativas de tipo “B” en diversos establecimientos de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, careciendo de título de empresa operadora para la explotación de máquinas recreativas, al haberse cancelado su inscripción en el Registro de Empresas Operadoras de la Comunidad Autónoma de Canarias, a la denominada Fernando Mónico Rivero Castellano, inscrita bajo el número 78 regional, así como la extinción de la autorización de explotación de las máquinas recreativas de su propiedad, mediante Resolución dictada por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas de fecha 27 de enero de 1995, se acuerda la acumulación de los citados expedientes sancionadores en el ejercicio de la facultad que reconoce el artº. 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al existir igualdad sustancial e íntima conexión entre el objeto de ambos, por tratarse de la misma conducta sancionable de la que resulta presuntamente responsable la misma persona jurídica.

Dado que el procedimiento sancionador nº 83/97 se encuentra más avanzado en su tramitación, se suspende la misma hasta que los dos se hallen en el mismo estado.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de enero de 1998.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan José Rodríguez y Rodríguez.

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