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BOC Nº 027. Lunes 2 de Marzo de 1998 - 256

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

256 - ORDEN de 2 de enero de 1998, por la que se convocan ayudas para cubrir plazas de colaboradores becarios en residencias escolares, para el curso escolar 1998/99.

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El Decreto 331/1985, de 11 de septiembre, de ordenación de residencias escolares (B.O.C.A.C. nº 114, de 20.9.85), establece que las residencias escolares son centros de carácter singular que se identifican fundamentalmente como hogar residencia del alumno, cuya situación de hábitat y/o condiciones socio-económicas aconsejan su estancia en la misma para garantizar su escolarización, nivel de instrucción o sus condiciones madurativas, y como lugar donde se realizarán actividades de esparcimiento y ocio, así como todas aquellas que permitan desarrollar hábitos de relación personal.

Dado que por esta Consejería se han venido convocando en años anteriores plazas de colaboradores becarios para las residencias escolares y debido a que los resultados de la experiencia han sido considerados positivamente, tanto para los alumnos como para el resto de la Comunidad Educativa.

De conformidad con las competencias de esta Consejería, previstas en el Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes,

D I S P O N G O:

Convocar ayudas para cubrir plazas de colaboradores becarios en las residencias escolares que se citan, para el curso 1998/99, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.- Se convocan ayudas para cubrir 38 plazas de colaboradores becarios, para el curso escolar 1998/99, en residencias escolares: 15 plazas para la Residencia Escolar Las Palmas, 14 plazas para la Residencia Escolar Pedro García Cabrera de La Laguna, 3 para la Residencia Escolar Haría de Lanzarote, 4 para la Residencia Escolar San Andrés de Santa Cruz de Tenerife y 2 para la Residencia Escolar Manuel Sosa de Gáldar.

Segunda.- Es requisito indispensable para participar en la presente convocatoria, ser mayor de edad y cursar, durante el curso 1998/99, estudios superiores de Facultad Universitaria, Escuela Técnica Superior o Escuelas Universitarias.

Tercera.- Es incompatible con la concesión de esta ayuda el desarrollar cualquier actividad remunerada.

Cuarta.- Los interesados deberán cumplimentar la solicitud según modelo normalizado que figura en el anexo I, y aportarán original o fotocopia compulsada de:

a) Documento Nacional de Identidad y N.I.F. del solicitante, del padre y de la madre o, en su caso, del tutor legal.

b) Fotocopia de la última declaración de la renta, conjunta o individual de la unidad familiar.

Si no estuviesen obligados a declarar y fuesen perceptores de una prestación por desempleo, pensión de jubilación, incapacidad, invalidez, etc., deberán aportar certificado expedido por el organismo correspondiente acreditativo de los ingresos obtenidos por la unidad familiar, y por estos conceptos, durante el ejercicio económico de 1997.

Para el supuesto de que la unidad familiar no haya obtenido ingresos por ningún concepto, deberá aportar certificado acreditativo de tal extremo.

c) Documentación acreditativa de las circunstancias alegadas en la solicitud. Para el supuesto de no aportarse o ésta sea insuficiente, no se tendrá en cuenta tal circunstancia a efectos de valoración.

d) En el momento de su incorporación, los colaboradores becarios que sean admitidos en la lista definitiva, aportarán, además, el documento cuyo modelo figura en el anexo II y la certificación que en la misma se exige.

La solicitud deberá ser presentada en la residencia escolar para la cual solicita plaza, finalizando el plazo de presentación a los 20 días, contados a partir del siguiente de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinta.- Una vez terminado el plazo de presentación de las solicitudes, el Director de la residencia escolar, en los 5 días siguientes, revisará las solicitudes presentadas y procederá a la colocación, en el tablón de anuncios del Centro, de la relación provisional de solicitudes admitidas, haciendo mención expresa de las incidencias que pudieran haberse detectado, dando un plazo de 10 días desde el siguiente a su colocación en el tablón, para que los interesados subsanen los errores advertidos, con expreso apercibimiento de que de no hacerlo así, se les tendrá desistidos de su petición, archivándose sin más trámite su solicitud. Todo ello será igualmente comunicado al interesado mediante carta.

Transcurrido este plazo, el Director de la residencia escolar remitirá a la Comisión Seleccionadora prevista en la base octava de esta Orden, las solicitudes presentadas, acompañadas de un certificado que exprese el día de colocación en el tablón de anuncios y determine las posibles incidencias y subsanaciones efectuadas.

Asimismo adjuntará un informe de aquellos alumnos colaboradores becarios que en el curso 1997/98 han desempeñado esta función.

Sexta.- La ayuda concedida será librada a las residencias escolares dentro del presupuesto ordinario, con la finalidad de sufragar los gastos del adjudicatario en la residencia por su alojamiento y manutención durante el curso escolar 1998/99.

Séptima.- a) La condición de colaborador becario comporta para éste la obligación de desarrollar las tareas que la Dirección de la residencia escolar le encomiende en relación con la atención de los alumnos-residentes acogidos en la misma, durante sus horas no lectivas y actividades extraescolares, así como el cumplimiento de los servicios nocturnos que le sean fijados por la referida Dirección.

El cumplimiento de tales obligaciones deberá realizarse de forma que resulte compatible con el aprovechamiento académico del propio becario.

La realización de las actividades o la condición de becario no implicarán relación laboral al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto-Legislativo nº 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.

b) Asimismo el beneficiario de la ayuda estará sujeto a todas las obligaciones previstas en el artículo 19 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 170, de 31.12.97).

c) Es incompatible esta ayuda con otra ayuda o subvención de cualquier Administración o Ente público, concedida para la misma finalidad.

Octava.- Para la adjudicación de las plazas se creará una Comisión Seleccionadora en la residencia escolar, que elevará propuesta acompañada con el Visto Bueno o Informe de la Inspección Educativa, a la Directora General de Promoción Educativa y cuya composición será la siguiente:

- El/la Director/a de la residencia escolar, que actuará como Presidente, o persona en quien delegue.

- Tres miembros del Consejo de Residencia, nombrados por éste.

- El/la Secretario/a del Consejo de Residencia que levantará acta de la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Comisión Seleccionadora examinará y valorará las solicitudes recibidas de acuerdo con los siguientes criterios:

- Situación económica/familiar.

- Conocimientos culturales, deportivos, musicales, etc.

- Motivo de la solicitud.

- Haber sido colaborador becario durante el curso 1997/98 y tener informe positivo sobre la labor realizada.

- Expediente académico.

- Haber sido alumno residente durante el curso 1997/98 y tener informe positivo. La Comisión debe ponderar las circunstancias que concurran en cada supuesto para adjudicar las plazas a personal idóneo, de forma que con la selección efectuada por la misma se logre el mejor y más adecuado servicio, acorde con las circunstancias concurrentes en cada caso.

La propuesta de la Comisión Seleccionadora será elevada a definitiva por la Directora General de Promoción Educativa y será comunicada a los Directores de las residencias, quienes la publicarán en el tablón de anuncios del Centro, previa certificación del día de su colocación en el mismo, y comunicará a los interesados el contenido de la referida lista definitiva.

La resolución de esta convocatoria se realizará en el plazo de tres meses a contar de la fecha de vencimiento de presentación de solicitudes.

La falta de resolución expresa en el plazo indicado tendrá carácter desestimatorio.

Novena.- La condición de colaborador becario se pierde, sin que el ejercicio de esta colaboración genere derecho alguno, por las siguientes circunstancias:

a) A la finalización del curso escolar de los alumnos residentes.

b) Por incumplimiento de sus obligaciones, a propuesta del/de la Director/a de la residencia.

c) Por comprobación de falsedad o incumplimiento de cualquiera de los datos consignados en su solicitud.

d) Por incumplimiento del Reglamento de Régimen Interno de la residencia.

e) Por la no presentación, caso de ser admitido en la lista definitiva como colaborador becario, en el plazo que la Dirección de la residencia escolar establezca junto a la publicación de la referida lista.

Décima.- Los Directores de las residencias escolares suscribirán un seguro de responsabilidad civil que dé cobertura a los posibles daños que se ocasionen por los colaboradores becarios en el desempeño de sus obligaciones.

Undécima.- Toda alteración de las circunstancias y de los requisitos subjetivos y objetivos, tenidos en cuenta para la concesión de la ayuda y, en todo caso, la obtención por el beneficiario de ayudas o subvenciones concedidas por otras Administraciones o Entes públicos para el mismo destino o finalidad, podrán dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, sin que en ningún caso implique la variación del destino o finalidad de la ayuda.

Duodécima.- El presupuesto asignado para la financiación de esta Orden asciende a la cantidad de seis millones seiscientas cincuenta mil (6.650.000) pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 98.18.06.423C.480.00.(LA.:18400802) de residencias escolares, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias. El importe asignado a cada ayuda es de ciento setenta y cinco mil (175.000) pesetas.

Decimotercera.- Se faculta a la Dirección General de Promoción Educativa para dictar cuantas Resoluciones se precisen en orden al desarrollo y aplicación de esta disposición.

Decimocuarta.- En lo no previsto en esta Orden, será de aplicación lo dispuesto en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 170, de 31.12.97).

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de enero de 1998.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera. A N E X O I

SOLICITUD DE COLABORADOR BECARIO CURSO 1998/99. 1.- Datos del solicitante. Apellidos .................................................................................................................................................................................... Nombre ........................................................................................................................................................................................ Fecha de nacimiento ......................................................................................................................................, edad ...................... D.N.I. y N.I.F. ........................................................................................................................................................................................... Lugar de nacimiento .......................................................................................................................................................................... Domicilio familiar .................................................................................................., teléfono ................................................................. Estado civil ...................................................................................................................................................................................

2.- Residencia escolar para la que solicita plaza.

Residencia escolar ............................................................................................................................................................................

3.- Datos académicos.

Título/s que posee ........................................................................................................................................................................... Estudios realizados en el curso 1997/98 .................................................................................................................................... Calificaciones obtenidas en el curso 1997/98 ............................................................................................................................. Centro en donde los ha realizado ............................................................................................................................................ Estudios a realizar en el curso 1998/99 .....................................................................................................................................

4.- Otros conocimientos o títulos acreditados (musicales, deportivos, etc.).

5.- Razones por las que se solicita la plaza.

6.- Acredita que fue colaborador becario en el curso escolar 1997/98.

7.- Acredita si ha sido alumno residente en residencias escolares durante el curso 1997/98. Declaro bajo mi responsabilidad que: a) Todos los datos señalados en la presente solicitud son ciertos, así como la documentación que aporto.

b) Que me hallo al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma.

c) Que no he recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente público. En otro caso, he solicitado las siguientes ................................... y el importe de las recibidas asciende a .................. pesetas.

d) Que no me hallo inhabilitado para recibir ayudas de la Administración autonómica.

Para que conste, quedando enterado de cuanto se expone, firmo en .................................................., a ...... de .............................. de 199... .

Fdo.

ILMA. SRA. DIRECTORA GENERAL DE PROMOCIÓN EDUCATIVA. A N E X O I I D./Dña. ....................................................................................................................................., con D.N.I. nº ........................ y con domicilio en ................................................................................................................................................................ .

DECLARA: que actualmente estoy cursando estudios superiores de .................................., curso ..............., en la Facultad Universitaria, Escuela Técnica Superior o Escuela Universitaria (tachar lo que no proceda) de ........................................ (lo que acredito mediante certificado que adjunto), así como que no desarrollo actividad remunerada y que reúno los requisitos establecidos en las bases de la Orden de convocatoria de ayudas para cubrir plazas de colaboradores becarios para el curso 1998/99. En ..........................................., a ......... de ............................................. de 199..... .

Fdo.

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