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BOC Nº 019. Miércoles 11 de Febrero de 1998 - 349

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane (La Palma)

349 - ANUNCIO de 20 de enero de 1998, por el que se hace pública la Resolución nº 893, de 18 de diciembre de 1997, relativa a la suspensión de licencias en el área afectada por el Plan Especial de Protección del Medio Rural y Tubo Volcánico de Todoque.

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El Sr. Alcalde-Presidente, por Resolución nº 893/97, de fecha 18 de diciembre, dictó la Resolución que a continuación se transcribe:

“893/97.- Suspensión de licencias en el área afectada por el Plan Especial de Protección del Medio Rural y Tubo Volcánico de Todoque.

Redactándose por el Arquitecto D. Gabriel Henríquez Pérez el Plan Especial de Protección del Medio Rural y Tubo Volcánico de Todoque y para evitar que las nuevas determinaciones que puedan surgir del Planeamiento entren en colisión con las licencias que puedan otorgarse durante su formación.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere el artº. 4 de la Ley 7/1997, de 14 de abril, de Medidas Liberalizadoras en materia de suelos y colegios profesionales,

HA RESUELTO:

Primero.- Suspender el otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos y edificaciones en el ámbito que se adjunta al expediente para el estudio y formación del Plan Especial de Protección del Medio Rural y Tubo Volcánico de Todoque, según la delimitación especificada en el plano adjunto siguiente:

Área que limita al Norte: Camino La Jurona; Sur y Oeste: Carretera El Hoyo (Tenerife V-8214); y Este: Carretera C-832.

Segundo.- Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, Boletín Oficial de Canarias y en un periódico de los de mayor circulación de la provincia.

Tercero.- El plazo de suspensión tendrá una duración máxima de un año, sin perjuicio de la suspensión que se acuerde con motivo de la aprobación inicial del Plan Especial.

Cuarto.- Ordenar la interrupción del procedimiento de otorgamiento de licencias, notificando el acuerdo de suspensión a quienes tuvieran presentadas solicitudes de licencias con anterioridad a la fecha de su adopción. Los peticionarios de licencias solicitadas con anterioridad a la publicación del acuerdo de suspensión, tendrán derecho a ser indemnizados del coste oficial de los proyectos o de la parte de los mismos que hubiere de ser rectificada y a la devolución, en su caso, de las tasas municipales.

Los Llanos de Aridane, a 18 de diciembre de 1997.”

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artº. 117.2 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, significando que contra este acuerdo, que causa estado en vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

La interposición del citado recurso requerirá comunicación previa al órgano que dictó el acto impugnado, según dispone el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los Llanos de Aridane, a 20 de enero de 1998.- El Alcalde, Juan Ramón Hernández Gómez.

Ver anexos - página 1297

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