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BOC Nº 013. Viernes 30 de Enero de 1998 - 114

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria y Comercio

114 - ORDEN de 18 de febrero de 1997, por la que se modifica la Orden de 25 de noviembre de 1996, que aprueba las tarifas urbanas de auto-taxis solicitadas por el Ayuntamiento de Ingenio (Gran Canaria).

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Ingenio en solicitud de autorización de tarifas urbanas de auto-taxis para su aplicación en el municipio.

Resultando que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, que lo emitió en su sesión ordinaria celebrada el día 21 de noviembre de 1996, en el sentido de dictaminar favorablemente las siguientes tarifas urbanas de auto-taxis: Bajada de bandera 175 ptas. Km recorrido 56 ptas. Hora de espera 1.450 ptas. Suplementos nocturno y festivo 48 ptas. Suplemento Navidad 24, 31 y 5 de enero 48 ptas.

Resultando que examinadas las tarifas anteriores se detecta error en la determinación de las cuantías correspondientes a los suplementos nocturno y festivo, así como en el de Navidad, ya que se partió como base del estudio de dichas tarifas, de la cantidad de 48 pesetas cuando lo solicitado por el Ayuntamiento de la Villa de Ingenio fueron 55 pesetas para ambos suplementos.

Resultando que con fecha 7 de febrero de 1997, fueron sometidas nuevamente a la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, la cual informó favorablemente la modificación solicitada.

Considerando que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, según lo establecido en el artículo 105 apartado 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Considerando que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio y la Orden de 30 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigente en materia de Régimen Local, el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre, la Orden de 26 de febrero de 1993, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios y se deroga la Orden de 23 de diciembre de 1987.

Vistos los Decretos del Gobierno de Canarias 187/1995, de 20 de julio, de reestructuración de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias; 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación, D I S P O N G O:

Autorizar al Ayuntamiento de Ingenio, las tarifas urbanas de auto-taxis solicitadas, y aprobadas por la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas en fecha 7 de febrero de 1997, las cuales quedarán establecidas en las cuantías expresadas a continuación, a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias:

Bajada de bandera 175 ptas. Km recorrido 56 ptas. Hora de espera 1.450 ptas. Suplemento nocturno y festivo 55 ptas. Suplemento de Navidad 24, 31 de diciembre y 5 de enero 55 ptas.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Industria y Comercio exigida en el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de febrero de 1997.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE PRECIOS DE LAS PALMAS, Francisco de la Barreda Pérez.

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