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BOC Nº 011. Lunes 26 de Enero de 1998 - 91

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

91 - ORDEN de 9 de diciembre de 1997, por la que se aprueba la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Agüimes (Gran Canaria) en el Parque Urbano El Milano.

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Resultando que el Ayuntamiento de Agüimes (Gran Canaria), en sesión celebrada el 21 de febrero de 1994, adoptó, entre otros, el Acuerdo de aprobación inicial de diversas Modificaciones Puntuales de las Normas Subsidiarias municipales, así como el sometimiento del citado expediente al correspondiente trámite de información pública.

Resultando que el Ayuntamiento de Agüimes (Gran Canaria), en sesión celebrada el 16 de mayo de 1994, adoptó, entre otros, el Acuerdo de aprobación provisional de las Modificaciones Puntuales de las Normas Subsidiarias en diferentes zonas.

Resultando que, con fecha 20 de mayo de 1996, se dictó Orden Departamental nº 497, por la que se tomó conocimiento y se prestó aprobación definitiva a diversas modificaciones excepto a la propuesta respecto del S.A.U. de Playa de Arinaga (Sector 7), que resultó suspendida por las razones explicitadas en dicho Acuerdo, y a las de reordenación del entorno urbano de la Iglesia-Casa de la Cultura, en el Cruce de Arinaga, y de corrección del lindero del Parque Urbano del Milano en Agüimes-Casco, dado que, al afectar a espacios libres y zonas verdes públicas, requerían con carácter previo a su resolución el informe favorable del Consejo Consultivo de Canarias.

Resultando que, con fecha 29 de abril de 1997, se informó favorablemente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Agüimes (Gran Canaria) en el Parque Urbano El Milano al entender que la corrección del error cometido en la delimitación del citado parque en el documento de las Normas Subsidiarias queda subsanado sin que se perjudiquen ni cualitativa ni cuantitativamente los espacios libres públicos, introduciéndose, por el contrario, mayor facilidad de gestión para la rápida ejecución y puesta en uso de tal dotación pública.

Resultando que, con fecha 17 de noviembre de 1997, el Consejo Consultivo de Canarias emitió Dictamen nº 105/97 en sentido favorable a la modificación propuesta en el Parque Urbano El Milano.

Considerando que se han cumplido los trámites establecidos en la vigente legislación.

Considerando que la pretendida modificación tiene el carácter de cualificada y requiere, con anterioridad a su aprobación definitiva, los informes favorables de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en virtud del artículo 15.6 del Decreto 107/1995, de 26 de abril, sobre Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente y del Consejo Consultivo de Canarias, de acuerdo con el artículo 50 del Real Decreto 1.346/1976, de 9 de abril, sobre Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, en relación a los artículos 10.6 y 10.7 de la Ley 4/1984, de 6 de junio, del Consejo Consultivo de Canarias.

Vistos el expediente instruido y los informes obrantes en el mismo, preceptos citados, concordantes y demás normas de general aplicación,

D I S P O N G O:

Primero.- Aprobar definitivamente, al amparo de lo preceptuado en el artículo 132.3ª) del Reglamento de Planeamiento, la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Agüimes (Gran Canaria) en el Parque Urbano El Milano, en los términos contenidos en el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de fecha 29 de abril de 1997.

Segundo.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de Agüimes y al Cabildo Insular de Gran Canaria.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación, según lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La interposición del referido recurso requerirá comunicación previa al órgano que dictó el acto impugnado, tal y como establece el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de diciembre de 1997.

LA CONSEJERA DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE, María Eugenia Márquez Rodríguez.

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