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BOC Nº 011. Lunes 26 de Enero de 1998 - 82

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

82 - ORDEN de 22 de enero de 1998, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 316/1996, de 23 de diciembre (B.O.C. nº 168, de 28.12.96), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de esta Comunidad Autónoma para 1996, resulta procedente convocar las plazas comprometidas en la misma correspondientes al Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A).

Vistos los artículos 71 y siguientes de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, de aplicación supletoria.

Emitido el informe favorable por la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Gasto Público y vistos los informes de la Dirección General del Servicio Jurídico y la Dirección General de la Función Pública.

Vista la autorización del Gobierno de fecha 19 de diciembre de 1997.

En uso de las facultades que me atribuye el artículo 6.2.i) de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, resuelvo convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios, con sujeción a las siguientes

BASES

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir treinta y nueve plazas por el turno de promoción interna y turno general de acceso libre, adscritas al Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

1.1.1. El número total de vacantes reservadas al turno de promoción interna asciende a diecinueve plazas, distribuidas de la siguiente forma: a) Desde un Cuerpo o Escala del Grupo B: diez plazas.

b) Desde un Cuerpo o Escala del Grupo A: nueve plazas.

Las plazas que resulten vacantes en alguno de los apartados anteriores se acumularán al otro.

1.1.2. El número total de vacantes reservadas al turno general de acceso libre asciende a veinte plazas.

1.1.3. Del total de plazas se reservan dos para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la Disposición Adicional Decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, adicionada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y el artículo 19 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Esta reserva se aplicará al turno general de acceso libre. En el supuesto de que éstas no sean cubiertas se acumularán a dicho turno.

1.1.4. Los aspirantes que ingresen por el turno de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78 del citado Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del turno general de acceso libre para cubrir las vacantes ofertadas.

Para la asignación de destinos también habrá de tenerse en cuenta lo previsto en el Decreto Territorial 143/1990, de 31 de julio.

1.1.5. Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna se acumularán a las del turno general de acceso libre.

1.1.6. Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos turnos.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (B.O.E. de 10 de abril) y el Decreto Territorial 316/1996, de 23 de diciembre (B.O.C. nº 168, de 28.12.96), además de lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El proceso selectivo constará, según los turnos, de las siguientes fases:

a) Turno de promoción interna.

Una fase de oposición, una de concurso y un período de prácticas.

b) Turno libre.

Una fase de oposición y un período de prácticas.

1.4. El Programa que ha de regir las pruebas selectivas correspondiente a la fase de oposición es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

2.1.1. Ser español.

2.1.2. Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3. Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2.2 de esta base.

2.1.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier Administración Pública, ni haber sido inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

2.2. La opción a las plazas reservadas al amparo de la Disposición Adicional Decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, para quienes tengan la condición legal de personas con minusvalía, habrá de formularse en la solicitud de participación, con declaración expresa de los interesados de reunir la condición legal exigida al respecto, que se acreditará, si obtuviese plaza, mediante certificación del órgano competente de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.

2.3. Aquellos aspirante que concurran por el turno de promoción interna deberán pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B o a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo A de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y tener una antigüedad de al menos dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan.

Los servicios reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en alguno de los Cuerpos o Escalas de los Grupos B o A, serán computables, a efectos de antigüedad, parar participar en estas pruebas por el turno de promoción interna.

2.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán dirigir su solicitud a esta Consejería, en instancia según modelo que se acompaña como anexo I a la presente convocatoria, que será facilitada gratuitamente en las Oficinas de la Dirección General de la Función Pública, instaladas en la calle José de Zárate y Penichet, Edificio Arco Iris, 1ª planta, Residencial Anaga, Santa Cruz de Tenerife, y en las Oficinas Centrales de Información y Registro dependientes de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, sitas en los Edificios Administrativos de Usos Múltiples, ubicados en la Plaza de los Derechos Humanos, s/n, de Las Palmas de Gran Canaria; y en la calle José Manuel Guimerá, 8 (nº II) y Avenida de Anaga, 35 (nº I), de Santa Cruz de Tenerife.

Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en las dependencias de los Cabildos Insulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente mencionada, y en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

3.2. El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

3.3. A las instancias solicitando tomar parte en las pruebas se acompañará inexcusablemente el recibo acreditativo del pago de los derechos de examen, cuyo importe se encuentra señalado en el apartado 3.5, que se efectuará mediante impreso que se facilitará en las oficinas mencionadas en el primer párrafo del apartado 3.1 anterior.

Además, los aspirantes por el turno de promoción interna deberán presentar copia fehaciente del título administrativo o certificado del nombramiento de funcionario de carrera de alguno de los Cuerpos o Escalas mencionados en la base 2.3, anterior, y en su caso, certificación acreditativa de venir prestando servicios como funcionarios de dichos Cuerpos o Escalas en la Administración de esta Comunidad Autónoma, así como del acto administrativo de reconocimiento de servicios previos.

3.4. Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro nº 8 del modelo de solicitud. Asimismo, deberán solicitar en el citado recuadro las posibles adaptaciones de tiempo y medios que sean necesarias para la realización de los ejercicios.

3.5. El importe de la tasa a satisfacer para participar en la presente convocatoria es de dos mil novecientas diecisiete (2.917) pesetas, según lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, de la Consejería de Economía y Hacienda, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, actualizado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1998, y su ingreso podrá efectuarse en cualquier Banco o Caja de Ahorros que tenga la calificación de Entidad Colaboradora, mediante el impreso “documento de ingreso” que se facilitará en las oficinas antes mencionadas.

4. Admisión de los aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Dirección General de la Función Pública dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, se indicará el plazo para subsanación de defectos, que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 20.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se concede a los aspirantes excluidos. Asimismo, dicha Resolución indicará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

Los aspirantes que, dentro del plazo de subsanación, no corrijan los defectos o aleguen su omisión en las listas, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas. No obstante, los aspirantes por el turno de promoción interna que hubieren sido excluidos, y no acrediten en el citado plazo que reúnen los requisitos específicos previstos en la base 2.3, quedarán incluidos en el turno libre, siempre que reuniesen los requisitos de carácter general.

Contra la citada Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador se compondrá de cinco miembros, cada uno de los cuales tendrá un suplente.

5.2. La designación de los miembros del Tribunal Calificador se hará por Resolución de la Dirección General de la Función Pública y se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán poseer titulación académica igual o superior a la exigida a los aspirantes y adecuada al área de conocimiento necesaria para poder enjuiciarlos.

5.3. El Tribunal celebrará la sesión constitutiva antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión el Tribunal acordará lo que corresponda en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4. El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, siendo necesaria, en todo caso, la asistencia del Presidente y Secretario.

Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en el Capítulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de la Función Pública, cuando en ellos concurran circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, debiendo notificar la concurrencia de cualquiera de estas circunstancias al Director de la Función Pública.

5.6. Durante el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que debe hacerse en los casos no previstos.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas en los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en su especialidad técnica, actuando con voz pero sin voto. Asimismo, el Tribunal podrá designar funcionarios públicos para colaborar en el desarrollo del proceso de selección, en tareas de llamamiento de aspirantes, entrega y recogida de documentos y otras análogas.

La relación del personal colaborador se expondrá en lista certificada por el Secretario del Tribunal, en el lugar de celebración de los ejercicios, antes del inicio de los mismos.

5.8. Los miembros del Tribunal Calificador y, en su caso, el personal colaborador tendrán derecho a percibir indemnizaciones o dietas que les correspondan en relación a los servicios y a los derechos de asistencia que se atribuyen a los Tribunales de la categoría primera (Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, sobre indemnizaciones por razón del servicio; B.O.C. nº 137, de 22.10.97).

El número máximo de asistencias a devengar por los miembros del Tribunal será de quince.

A estos efectos, el Secretario del Tribunal expedirá certificación acreditativa de cada una de las sesiones del Tribunal y de las personas asistentes a las mismas.

5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.10. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.11. Si en el desarrollo del proceso selectivo se suscitaran dudas al Tribunal de selección respecto de la capacidad de los aspirantes por el cupo de las plazas reservadas a personas con discapacidad para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los funcionarios del Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios, podrá recabar el correspondiente dictamen del órgano competente de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.

En este caso, hasta tanto se emita el dictamen, el aspirante podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso hasta la recepción del dictamen.

5.12. Tendrán representación ante el Tribunal las Centrales Sindicales de mayor implantación y representatividad en el territorio de la Comunidad Autónoma. Los representantes sindicales, cuyo número no será en ningún caso superior a tres, podrán recabar información del Tribunal y hacer constar, en su caso, cualquier cuestión que afecte al procedimiento de selección.

6. Desarrollo de los ejercicios.

La oposición constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios para los aspirantes del turno libre, así como de dos ejercicios igualmente obligatorios y eliminatorios para los del turno de promoción interna.

6.1. El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito, en el plazo máximo que el Tribunal señale, un cuestionario con respuestas alternativas de 50 preguntas con cinco posibles respuestas en cada pregunta en las que solamente una de ellas será la correcta, sobre materias de Derecho Constitucional y Organización Administrativa, Derecho Administrativo, Derecho de Canarias y Derecho Comunitario que figura en el anexo II de la presente convocatoria, bajo el apartado Temas Generales.

Para la corrección del presente ejercicio se establece que por cada dos respuestas incorrectas se eliminará una de las correctas. Cada respuesta correcta será valorada con 0,2 puntos. La puntuación total de este ejercicio será de diez puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de cinco puntos para superarlo. De este primer ejercicio quedan exentos los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna.

6.2 El segundo ejercicio consistirá en exponer oralmente, en un período máximo de cuarenta y cinco minutos, tres temas extraídos al azar de los Temas Específicos, relacionados en el anexo II, inmediatamente antes de su inicio, de la siguiente forma:

- Un tema del bloque de materias de “Hacienda Pública, Economía, Contabilidad y regulación de la actividad económica”.

- Un tema del bloque de materias de “Derecho Financiero, Contabilidad Pública y Auditoría”.

- Un tema del bloque de materias de “Derecho Tributario y Sistema Fiscal”.

Una vez extraídos los temas el aspirante dispondrá de diez minutos para prepararlos antes de su exposición.

La realización de esta prueba será pública.

Si el Tribunal apreciara deficiencia notoria en la actuación del aspirante, podrá invitarle a que desista de continuar el ejercicio.

Concluida la exposición de los temas desarrollados por el aspirante, el Tribunal podrá formularle cuantas preguntas estime necesarias para aclaraciones o precisiones en relación con los temas expuestos.

La puntuación máxima de este ejercicio será de diez puntos, debiendo alcanzarse un mínimo de cinco puntos para superarlo.

6.3. El tercer ejercicio consistirá en resolver, en el plazo máximo de cuatro horas, dos supuestos de entre tres propuestos por el Tribunal, que versarán sobre los Temas Específicos del programa incluido en el anexo II de esta convocatoria.

A dicho ejercicio podrán concurrir los opositores provistos de máquina calculadora y de los textos legales y repertorios legislativos que no tengan comentarios, anotaciones o exposiciones doctrinales o jurisprudenciales. El Tribunal eliminará de la prueba a los aspirantes que contravengan tal disposición.

La puntuación máxima de este ejercicio será de diez puntos, debiendo alcanzarse un mínimo de cinco puntos para superarlo. 6.4. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra Z, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 9 de abril de 1997 (B.O.E. nº 88, de 12.4.97).

6.5. Los aspirantes deberán concurrir a los diversos ejercicios provistos de su D.N.I. o cualquier otro documento que acredite fehacientemente su personalidad. En cualquier momento podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal para acreditar su personalidad.

6.6. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.7. La convocatoria para la celebración del segundo y tercer ejercicios se efectuará por el Tribunal mediante resolución de su Presidente que se expondrá en las oficinas de la Dirección General de la Función Pública, en las Oficinas Centrales de Información y Registro y en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior. Estos anuncios deberán realizarse con al menos doce horas de antelación a la señalada para el comienzo del ejercicio, si se trata de la continuación del mismo, o de veinticuatro horas si se trata de un ejercicio nuevo.

6.8. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales.

7. Listas de calificaciones y puntuación final de la fase de oposición.

7.1. Las listas de aspirantes presentados a cada ejercicio de la oposición, con la debida separación para cada turno y opción, y con las puntuaciones obtenidas, se expondrán debidamente certificadas por el Secretario con el visto bueno del Presidente del Tribunal, en los locales a los que hace referencia la base 6.7, sin perjuicio de que se hagan públicas en otros lugares, de estimarse conveniente.

7.2. La puntuación final que se alcance por cada aspirante en la fase de oposición, será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

8. Fase de concurso del turno de promoción interna. 8.1. A los aspirantes del turno de promoción interna que superen la fase de oposición les serán valorados los méritos que se indican en la presente base, con el límite total de cuatro puntos, conforme al baremo que se indica y con referencia a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

A tal fin les será requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes que superen el tercer ejercicio, la justificación de los méritos a los que se hace referencia en esta base, debiendo acreditar la antigüedad y grado personal reconocido mediante certificación, ajustada al modelo que se inserta como anexo III, que será expedida por la Secretaría General Técnica correspondiente, Secretaría General o Jefatura de Personal de la Consejería o Departamento en que viniere prestando servicios.

Dichos documentos deberán aportarse por los aspirantes mediante instancia dirigida al Director General de la Función Pública, y presentarse en el plazo de diez días hábiles a contar desde la fecha en que se haga pública la antedicha resolución, en las oficinas mencionadas.

8.2. Méritos a valorar:

8.2.1. Antigüedad. La antigüedad del funcionario en los Cuerpos que se mencionan en la base 2.3 de esta convocatoria, se valorará hasta un máximo de dos puntos, asignándose 0,05 puntos por mes completo de servicios efectivos (0,6 puntos/año), computándose desde el nombramiento, o fecha a que se retrotraiga el reconocimiento de servicios previos en aquellos Cuerpos en que se hubiere efectuado, de acuerdo con lo previsto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

8.2.2. Grado personal.

El grado reconocido será puntuado hasta un máximo de dos puntos de acuerdo con los siguientes criterios: - Grado 22: 0,4 puntos.

- Por cada unidad que exceda del grado 22, se concederán 0,2 puntos adicionales.

8.2.3. Cursos. Por haber participado con aprovechamiento en cursos de formación, perfeccionamiento o especialización profesional, dirigidos a funcionarios de Cuerpo o Escalas de los Grupos A o B sobre Administración Pública o Informática, organizados por el Instituto Canario de Administración Pública, Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto de Estudios de Administración Local o cualquier otro centro de formación o perfeccionamiento de funcionarios, se concederán 0,05 puntos cuando tuvieran una duración igual o superior a 20 horas lectivas, y 0,025 puntos en otro caso, con un máximo total de 0,2 puntos.

8.3. Efectuada la valoración de los méritos de los aspirantes por el turno de promoción interna, el Tribunal hará pública, en los lugares señalados en la base 6.7, una lista con la puntuación otorgada a éstos en la fase de concurso, así como la obtenida en la fase de oposición y la suma de ambas, que determinará su orden final.

9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios en prácticas.

9.1. A la vista de los resultados finales y aplicado en su caso el acrecimiento de turnos, el Tribunal hará pública, en los lugares indicados en la base 6.7, la relación de aspirantes por cada turno y por orden de puntuación que superen el proceso selectivo, la cual integrará la propuesta de nombramiento.

El número de aspirantes seleccionados no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier resolución que contravenga lo establecido en esta base será nula de pleno derecho.

9.2. La relación de aspirantes seleccionados, junto con las Actas del Tribunal y demás documentación de las pruebas, serán elevadas a esta Consejería por conducto de la Dirección General de la Función Pública, que procederá, mediante Resolución, a la publicación de la referida relación en el Boletín Oficial de Canarias.

9.3. Los aspirantes seleccionados aportarán ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la correspondiente Resolución, la siguiente documentación:

9.3.1. Fotocopia autorizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.

9.3.2. Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.

9.3.3. Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base 2.1.4 de la presente convocatoria, sin perjuicio de lo dispuesto en la base 9.3.5. 9.3.4. Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes seleccionados por el turno de promoción interna y quienes ya tuvieren la condición de funcionarios de carrera, solamente deberán presentar la documentación relativa a titulación o estudios académicos.

9.3.5. Los aspirantes que hayan accedido por el cupo de reserva de discapacitados con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, deberán acreditar tal condición, además de la compatibilidad con las correspondientes tareas o funciones propias del Cuerpo, mediante certificación del órgano competente de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.

9.4. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

9.5. Los aspirantes seleccionados que hubieren presentado en tiempo y forma la documentación exigida en la presente base y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios en prácticas de la Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Cuerpo Superior de Administradores) de la Administración de esta Comunidad Autónoma, adjudicándoles provisionalmente y durante la realización del período de prácticas plaza por el orden de puntuación obtenida y según la preferencia en su momento manifestada, respetando la establecida a favor de los seleccionados por promoción interna, mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, debiendo tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la citada publicación. Decaerán de su derecho quienes no tomaran posesión en dicho plazo, salvo que medie solicitud y concesión de prórroga justificada.

10. Período de prácticas.

10.1. Los aspirantes nombrados funcionarios en prácticas verán condicionado su acceso definitivo al Cuerpo Superior de Administradores (Escala de Administradores Financieros y Tributarios) a la superación de un período de prácticas, con una duración de tres meses, durante el cual percibirán las retribuciones que establece el Decreto 130/1990, de 29 de junio. Al término de dicho período los aspirantes habrán de obtener una valoración de apto o no apto, para lo que se tomará como referencia el informe que hayan emitido las correspondientes Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos a que hayan sido adscritos. La declaración de aptitud corresponderá a la Dirección General de la Función Pública.

10.2. Los aspirantes que no superen el período de prácticas, perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada del Director General de la Función Pública, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del período de prácticas.

10.3. Quienes no pudieran realizar el período de prácticas por cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

11. Nombramiento de funcionarios de carrera.

11.1. Concluido el período de prácticas quienes lo hubieren superado serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública que será publicada en el Boletín Oficial de Canarias, adjudicándoseles destino, según el orden obtenido en el proceso selectivo, teniendo en cuenta la preferencia establecida a favor de los seleccionados por promoción interna.

11.2. La toma de posesión de los aspirantes nombrados funcionarios de carrera deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de Canarias.

Decaerán de su derecho quienes no tomaran posesión en dicho plazo.

12. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella, así como de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en las formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal Calificador, conforme a lo previsto en la citada Ley.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de enero de 1998.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.

Ver anexos - página 717

N E X O I I

TEMAS GENERALES

Derecho Constitucional y Organización Administrativa

1.- La Constitución.- Contenido y clases.- La Constitución de 1978: sistemática y estructura.- Características generales de la Constitución.- Valor normativo de la Constitución.- La reforma constitucional.

2.- Principios fundamentales de la Constitución.- La soberanía nacional.- La división de poderes.- La representación política.- La participación política.- Principios rectores de la política social y económica.

3.- La forma del Estado en la Constitución.- Nación, nacionalidades y regiones.- El territorio: su división.- El poder del Estado: caracteres y limitaciones.

4.- La Corona.- El Rey: su posición constitucional.- El orden de sucesión.- El refrendo: sus formas.

5.- El Gobierno.- Su composición.- El Presidente del Gobierno y la Administración.- Las funciones del Gobierno: especial referencia a las funciones política y administrativa.

6.- Las Cortes Generales.- El Congreso de los Diputados.- El Senado.- Relaciones entre las Cámaras.- Órganos dependientes de las Cortes.

7.- El Poder Judicial.- El Consejo General del Poder Judicial.- Otros órganos.

8.- Derechos y libertades públicas.- Clasificación.- Deberes constitucionales.- El Defensor del Pueblo.- La supresión de los derechos.

9.- La Defensa jurídica de la Constitución.- Sistemas.- El Tribunal Constitucional: naturaleza, composición y competencias.

10.- La Administración Pública (I).- Principios constitucionales informadores.- La Administración del Estado: organización central y periférica.- La Administración Institucional del Estado.- La Administración Consultiva.

11.- La Administración Pública (II).- La Administración descentralizada.- Las Comunidades Autónomas: concepto y naturaleza de los Estatutos de Autonomía.- Las Entidades Locales.

Derecho Administrativo

1.- Derecho Administrativo.- Concepto y contenido.- Fuentes del Derecho Administrativo: concepto, clasificación y jerarquía. 2.- La Ley.- Concepto y clases.- Los Decretos Leyes.- La delegación legislativa: concepto, naturaleza y tipos.

3.- El Reglamento.- Concepto y naturaleza.- Clasificación de los Reglamentos.- Órganos con potestad reglamentaria.- Límites a la potestad reglamentaria.- Circulares e Instrucciones.

4.- Los actos jurídicos de la Administración.- El acto administrativo: concepto, clases y elementos.- Motivación y notificación de los actos administrativos.- Eficacia y validez de los actos administrativos.- La revisión de oficio de los actos administrativos.- El silencio administrativo.

5.- El Procedimiento Administrativo (I).- Concepto y naturaleza.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: estructura y principios.

6.- El Procedimiento Administrativo (II).- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre: los órganos de las Administraciones Públicas y relaciones entre ellas.

7.- El Procedimiento Administrativo (III).- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre: los interesados en el procedimiento y la actividad de las Administraciones Públicas.

8.- El Procedimiento Administrativo (IV).- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre: disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos: las fases.

9.- Los recursos administrativos.- Concepto, clases y régimen jurídico.- Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.- El recurso contencioso-administrativo: concepto, naturaleza y fases.

10.- Los Contratos de la Administración (I).- Concepto, clases y elementos.- La Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas: estructura y principios.- Procedimientos de contratación.- Los contratos privados de la Administración.

11.- Los Contratos de la Administración (II).- Régimen legal de los contratos administrativos de obras, servicios y suministros.- Los contratos de asistencia con empresas consultoras o de servicios.- Los contratos para la realización de trabajos específicos, concretos y no habituales.

12.- Las formas de acción administrativa.- Concepto y clases.- El servicio público: concepto, regulación jurídica y modos de gestión.

13.- El dominio público.- Concepto, naturaleza y regulación jurídica.- Clasificaciones.- Elementos del dominio público.- Tráfico jurídico de los bienes patrimoniales.- Las concesiones administrativas. 14.- La expropiación forzosa.- Concepto y regulación de la potestad expropiatoria de la Administración.- Procedimiento general.- Peculiaridades del procedimiento de urgencia.

15.- El personal al servicio de la Administración Pública (I).- Concepto y clases.- La función pública: principios y regulación jurídica.

16.- El personal al servicio de la Administración Pública (II).- La Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria: estructura y contenido.- Derechos y deberes de los funcionarios.- Situaciones administrativas de los funcionarios.- Régimen disciplinario de los funcionarios.

Derecho de Canarias

1.- El Estatuto de Autonomía de Canarias.- Estructura, contenido y naturaleza jurídica.- La posición del Estatuto en el sistema de fuentes.- Defensa de la integridad del Estatuto de Autonomía.- La Ley Orgánica de Transferencias Complementarias para Canarias.

2.- La distribución de competencias legislativas entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias.- Naturaleza de las Leyes canarias, requisitos y límites.- El principio de prevalencia del Derecho Canario.- La supletoriedad del Derecho Estatal.

3.- Las competencias ejecutivas.- El reparto de competencias ejecutivas entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias.- La delegación y las fórmulas participativas de gestión como técnicas complementarias para la articulación de las competencias ejecutivas.

4.- El control de la actividad de los Órganos de la Comunidad Autónoma de Canarias.- La vigilancia y la aplicación de la coacción estatal.- La ampliación extraestatutaria de las competencias de la Comunidad Autónoma de Canarias.

5.- El Parlamento de Canarias.- Funciones, organización y funcionamiento.- Elección de diputados regionales.- Los grupos parlamentarios.

6.- El Gobierno de Canarias.- Concepto y régimen jurídico.- Funciones del Gobierno.- Las relaciones del Gobierno con el Parlamento.- El Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias: funciones.

7.- Otros Organismos e Instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.- El Diputado del Común: organización y funciones.- El Consejo Consultivo: organización y funciones.- La Audiencia de Cuentas: organización, competencias y funciones.

8.- La organización administrativa de Canarias.- El Consejo de Gobierno: consideración administrativa y atribuciones.- Las Comisiones de Gobierno. Consejerías.- Las Viceconsejerías.- Las Secretarías Generales Técnicas.- Los Directores Generales.

9.- La Consejería de Economía y Hacienda.- Estructura, competencias y funciones.- El Decreto 338/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda.

10.- La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.- Estructura y contenido. Los Cabildos Insulares. Las transferencias y las delegaciones de competencias a las Corporaciones Locales canarias.

Derecho Comunitario

1.- La Comunidad Europea.- Sistema Institucional.- El Tratado de la Unión Europea.- Los principios de la Unión Europea.

2.- El Ordenamiento Jurídico de la Unión Europea.- Fuentes del Derecho Comunitario: concepto y clases.- Descripción de cada una de ellas.- El Derecho Comunitario Europeo y el Derecho Español.

3.- La aplicación del Derecho Comunitario y Canarias.- El Reglamento (CEE) del Consejo nº 1911/1991, de 26 de junio.- El POSEICAN.- El Régimen Específico de Abastecimiento (REA).

TEMAS ESPECÍFICOS

1. Hacienda Pública, Economía, Contabilidad y regulación de la actividad económica.

1.- La actividad económica y la actividad financiera.- Actividad económica y actividad financiera: conceptos y características.- El Sector Público: concepto, delimitación e índices para apreciar su dimensión.

2.- El Presupuesto como instrumento de elección social.- Concepto y características del Presupuesto.- Los principios presupuestarios.- El ciclo presupuestario.- Los modelos presupuestarios.- El presupuesto y la actividad económica.

3.- El Presupuesto y los sistemas de planificación y programación.- El Presupuesto por Programas: antecedentes y elementos que lo conforman.- La eficacia y la eficiencia en la actividad económica del sector público.

4.- Los Ingresos Públicos.- Concepto y clasificación.- Los ingresos públicos de naturaleza contractual.- Los ingresos públicos de naturaleza coactiva.- Los precios públicos. 5.- El impuesto.- Concepto.- Clasificación.- Fundamento.- Efectos económicos de la imposición: percusión, traslación, incidencia, evasión, difusión, amortización y remoción.- Efectos económicos de los diferentes tipos de impuestos.

6.- Imposición sobre la renta de las personas físicas.- Concepto y naturaleza.- Capacidad de pago.- Concepto fiscal de renta.- Base imponible.- Tratamiento de las variaciones patrimoniales.- Unidad contribuyente y alternativas en su configuración.- Las tarifas y sus problemas.- Efectos económicos y valoración actual.

7.- Imposición sobre el patrimonio y la riqueza.- Imposición sobre el patrimonio neto.- Imposición sobre sucesiones y donaciones.- Imposición sobre las transmisiones onerosas.

8.- Imposición sobre las sociedades.- Concepto y características de esta imposición.- Base imponible: problemas y alternativas de determinación.- Tipos de gravamen, integración e incidencia.

9.- Imposición general sobre las ventas.- Concepto y clasificación.- Impuestos monofásicos y plurifásicos sobre ventas.- La imposición sobre el valor añadido.- Los ajustes fiscales en frontera. Concepto e importancia en estos impuestos.

10.- Imposición sobre consumos específicos.- Concepto, características, clasificación y elementos integrantes.- Efectos de esta imposición en la asignación y distribución.- Valoración actual de estos impuestos.

11.- Los Gastos Públicos.- Concepto y clasificación de los gastos públicos.- El crecimiento del gasto público: límites.- Efectos económicos de las diferentes clases de gastos públicos.

12.- Los fallos del mercado y los bienes sociales.- Los bienes públicos: concepto.- Descripción y características de los diferentes bienes públicos.- Las prestaciones sociales: efectos económicos de los servicios sociales.- Los gastos en capital fijo social.

13.- Los bienes asignados colectivamente.- Concepto y clasificación.- Los gastos en educación.- La dotación pública de la sanidad.- Los gastos públicos en vivienda.

14.- La Deuda Pública.- Concepto y Clases.- La administración de la Deuda Pública.- Aspectos económicos de la Deuda Pública.- La Deuda Pública y la creación de dinero.

15.- El Déficit Público.- Acepciones del concepto.- Causas y efectos económicos del déficit.- La financiación del déficit.- El déficit y la convergencia económica.- La inflación como forma de imposición. 16.- Las Macromagnitudes.- El Producto Nacional Bruto.- El Producto Interior Bruto.- La Renta Nacional.- Relación entre los principales macroagregados.- La Contabilidad Nacional: aspectos generales y las cuentas de flujos y de sectores.- Las Tablas Input-Output: concepto, elementos e importancia.

17.- La Sociedad Anónima.- Régimen vigente en Derecho español.- Fundación.- Estatutos.- Órganos.- Libros y Registros Contables.- Cuentas Anuales.- Censura de Cuentas.

18.- El Plan General de Contabilidad.- Principios y estructura.- Descripción de los grupos de Cuentas.- Las Cuentas Anuales, Memoria e Informe de Gestión.- Normas de Valoración.

19.- El Sector Público empresarial.- Concepto y delimitación.- La empresa pública: concepto, objetivos y financiación.- El control interno y externo de la empresa pública.- La gestión de la empresa pública: los Programas de Actuación, Inversión y Financiación (PAIF).- Las empresas públicas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

20.- El Sistema Financiero.- Las Instituciones financieras.- El Banco de España.- La Banca Privada.- Las Cajas de Ahorro.- El mercado monetario y los instrumentos financieros.- Las Instituciones de inversión colectiva.- El sistema financiero y la financiación del sector público.

21.- Los aspectos económicos del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (I).- Antecedentes y delimitación.- La Ley 19/1994, de 6 de julio: principios, estructura y contenido.- Normas de desarrollo de la misma.- Las medidas económicas para la promoción del desarrollo económico y social de Canarias incluidas en dicha Ley: especial referencia a la Reserva para Inversiones en Canarias.

22.- Los aspectos económicos del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (II).- La Zona Especial de Canarias (ZEC): concepto, características y ámbitos de aplicación.- El Consorcio y el Registro de la ZEC.- Los regímenes de las Entidades ZEC.- El Registro Especial de Buques y Empresas Navieras.

TEMAS ESPECÍFICOS

2.- Derecho Financiero, Contabilidad Pública y Auditoría.

1.- Derecho Financiero y Derecho Presupuestario.- Concepto y contenido.- La Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales.- El concepto de Hacienda Pública en dicha Ley.- Los derechos y obligaciones de la Hacienda Pública. 2.- La Ley de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.- Estructura y principios generales.- El concepto de Hacienda Pública en esta Ley.- Los derechos y obligaciones de la Hacienda Pública Canaria.

3.- Los Presupuestos Generales del Estado.- Concepto, contenido y regulación jurídica.- Las clasificaciones presupuestarias.- Relación entre las clasificaciones y las técnicas presupuestarias.- Las técnicas de previsión.

4.- Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias (I).- La elaboración de los Presupuestos: procedimiento y sujetos participantes.- El marco financiero: concepto, contenido y relevancia.- La documentación presupuestaria: especial referencia a los anexos.- La aprobación de los Presupuestos.

5.- Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias (II).- Las modificaciones presupuestarias: concepto, tipología, requisitos y competencia para su autorización.- Procedimiento para su tramitación.- El control de las modificaciones presupuestarias.

6.- La ejecución del Presupuesto de Gastos.- Procedimientos generales y especiales de ejecución del gasto.- El procedimiento de pago.- La extinción de las obligaciones a cargo de la Hacienda Pública.

7.- Gestión de gastos de personal.- Retribuciones de los empleados públicos.- Gestión de los gastos de personal en activo.- La Seguridad Social de los empleados públicos.

8.- Gestión de gastos contractuales.- El nacimiento de las obligaciones contractuales.- El cumplimiento de los contratos.- El reconocimiento de la obligación.- Justificación.- La extinción de la obligación contractual.- Las obligaciones de ejercicios futuros.

9.- Gestión de los gastos de subvención.- Las subvenciones: concepto, naturaleza y clasificación.- Adjudicación.- Reconocimiento de la obligación.- Pago.- Justificación.- Reintegro.- Infracciones administrativas en la materia.- Las subvenciones, ayudas y transferencias en la Comunidad Autónoma de Canarias: regulación.

10.- El Tesoro Público.- Funciones y competencias.- La financiación de los Presupuestos: especial referencia al Remanente de Tesorería.- El régimen jurídico del endeudamiento y de los avales del Tesoro.

11.- Contabilidad Pública (I).- El Derecho de la Contabilidad Pública: concepto, ámbito y regulación jurídica.- La Cuenta General del Estado.- Las Cuentas económicas del Sector Público.

12.- Contabilidad Pública (II).- La Contabilidad administrativa tradicional: tecnicismos y esquema de cuentas y de contabilización de ingresos y gastos.- El sistema de información contable de la Comunidad Autónoma de Canarias.

13.- El Plan General de Contabilidad Pública (I).- Principios, estructura y criterios de valoración.- Las Cuentas Anuales.

14.- El Plan General de Contabilidad Pública (II).- Funcionamiento de su modelo contable: contabilidad presupuestaria, de gestión, patrimonial y analítica.- Las Cuentas de Control Presupuestario.

15.- El control de la actividad financiera.- Concepto, clases y órganos que lo realizan.- El control parlamentario. El control externo: especial referencia a la Audiencia de Cuentas de Canarias.

16.- El control interno de la actividad financiera (I).- Régimen jurídico.- El control previo de legalidad.- El control financiero.

17.- El control interno de la actividad financiera (II).- El control financiero ordinario y permanente.- El control de programas presupuestarios.- El control de sistemas y procedimientos.

18.- El control interno de la actividad financiera (III).- El control de contratos y convenios.- El control de ayudas y subvenciones.- El control de fondos comunitarios.

19.- Auditoría (I).- Concepto general.- Diferentes clasificaciones de la Auditoría.- Objetivos según tipo de Auditoría.- La Auditoría como forma de control en el Sector Público.

20.- Auditoría (II).- Marco normativo de la Auditoría de Cuentas en España.- Normas técnicas de Auditoría del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.- Normas técnicas de Auditoría del Sector Público.

21.- Auditoría (III).- La planificación de la Auditoría: consideraciones a tener en cuenta.- El Programa de trabajo: concepto, contenido y diseño.

22.- Auditoría (IV).- Estudio y evaluación del sistema de control interno en la Auditoría: definición y conceptos básicos.- Tipos de control interno.- Revisión y pruebas de cumplimiento.- Evaluación.

23.- Auditoría (V).- Los Papeles de Trabajo en Auditoría: concepto y requisitos.- Organización de los Papeles de Trabajo.- Índices de referencia y puntos de revisión.

24.- Auditoría (VI).- La evidencia en Auditoría: naturaleza, requisitos que debe reunir, pruebas y métodos para su obtención.- El muestreo en Auditoría: naturaleza y clases.- Importancia relativa.- Riesgo probable de error. 25.- Auditoría (VII).- Circunstancias con efecto en la opinión del auditor: descripción, tipos y efectos.- Hechos posteriores.

26.- Auditoría (VIII).- El informe de Auditoría: conceptos y elementos básicos.- Tipos de informe.- Tipos de opinión de los informes.

27.- Auditoría (IX).- El control de calidad de las Auditorías en el Sector Público: concepto, alcance, clases, fases, evaluación e informe.

28.- La financiación de las Comunidades Autónomas (I).- Principios que la sustentan.- Regímenes previstos: descripción, características y regulación de cada uno de ellos.- Las singularidades en la financiación de la Comunidad Autónoma de Canarias.

29.- La financiación de las Comunidades Autónomas (II).- Los recursos de las Comunidades Autónomas de Régimen Común: enumeración y descripción de cada uno de ellos.- La corresponsabilidad fiscal.- Los Tributos Cedidos.- El Fondo de Compensación Interterritorial.- Los Fondos Europeos y la financiación autonómica.

30.- La financiación de las Corporaciones Locales.- Principios que la sustentan.- Recursos que la integran: enumeración y descripción de cada uno de ellos.- Singularidades en la financiación de las Corporaciones Locales de Canarias.

TEMAS ESPECÍFICOS

3.- Derecho Tributario y Sistema Fiscal.

1.- El Derecho Tributario.- Concepto, autonomía y contenido.- Las fuentes del Derecho Tributario.- Los principios del Ordenamiento Tributario Español.

2.- La aplicación e interpretación de las normas tributarias.- Ámbito temporal y espacial.- La doble imposición internacional.- El fraude a la Ley tributaria.- La analogía en Derecho Tributario.

3.- Los tributos.- Concepto y clasificación.- La relación jurídico-tributaria.- La obligación tributaria.- El hecho imponible.- El devengo.- Las exenciones objetivas.

4.- Elementos cuantitativos del tributo.- Las Bases Imponible y Liquidable.- Regímenes de determinación de bases imponibles.- Tipos impositivos.- Cuota y deuda tributarias.- Garantía del crédito tributario.

5.- Elementos personales de la deuda tributaria.- Sujetos Pasivos.- Exenciones subjetivas.- Los responsables tributarios.- El retentor.- Capacidad, representación y domicilio. 6.- La extinción de la obligación tributaria.- El pago de la deuda tributaria.- La prescripción.- Otras formas de extinción de la obligación tributaria.

7.- El procedimiento de gestión tributaria.- La declaración.- Las liquidaciones tributarias.- Las autoliquidaciones.- La comprobación de valores.- La consulta tributaria.- El Número de Identificación Fiscal.- La declaración censal.

8.- La gestión recaudatoria.- Órganos de recaudación.- El procedimiento de recaudación en período voluntario.- El procedimiento de recaudación en período de apremio.- Tercerías.- Aplazamiento y fraccionamiento de pago.

9.- Las infracciones tributarias.- Concepto y clases.- Descripción de cada una de ellas.- Las sanciones tributarias: concepto y tipos.- El delito fiscal.

10.- La Inspección de los tributos (I).- Órganos, funciones y facultades de la Inspección de los tributos.- Clases de actuaciones inspectoras.- El procedimiento de inspección tributaria.- Los obligados tributarios en el procedimiento de la inspección de los tributos y su representación.

11.- La Inspección de los tributos (II).- Documentación de las actuaciones inspectoras: concepto, clasificación y descripción de cada uno de ellos.- Las actas: clases.- Tramitación de las actas y liquidaciones derivadas de las mismas.

12.- La revisión de los actos de gestión tributaria en vía administrativa.- Los procedimientos especiales de revisión.- El recurso de reposición.- Las reclamaciones económico-administrativas.- La revisión de los actos de gestión tributaria en vía administrativa en la Ley de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

13.- Visión global del sistema tributario español.- El sistema de imposición directa.- El sistema de imposición indirecta.- La armonización del sistema tributario español.

14.- La cesión de tributos a las Comunidades Autónomas.- Leyes que la regulan para la Comunidad Autónoma de Canarias.- Tributos que se ceden.- Puntos de conexión de cada uno de los tributos cedidos.- Alcance de la delegación de competencias en la gestión y liquidación de cada tributo.

15.- La capacidad normativa tributaria de las Comunidades Autónomas.- La capacidad normativa en los tributos cedidos: planteamiento.- Descripción y límites en cada uno de los tributos cedidos.- Los tributos propios: concepto y límites.- Los Recargos.

16.- El Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas.- Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación.- Hecho imponible.- Sujeto Pasivo.- Exenciones.- Bases imponible y liquidable.- Devengo.- Determinación de la deuda tributaria.- Gestión del impuesto.- El Impuesto Especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades no Residentes.

17.- El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.- Naturaleza y objeto del impuesto.- Hecho imponible: descripción y delimitación.- Sujeto Pasivo.- Devengo.- Base imponible.- Las acumulaciones.- La base liquidable.- Tipos de gravamen.- Deuda tributaria.- Gestión del impuesto: especial referencia a la autoliquidación y liquidación parcial.

18.- El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (I).- Naturaleza y objeto.- Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible y cuota tributaria. Operaciones societarias: hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible y cuota tributaria.

19.- El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (II).- Actos jurídicos documentados: elementos esenciales que delimitan este concepto.- Normas comunes a los conceptos que integran el tributo: beneficios fiscales, comprobación de valores, devengo, prescripción, devolución y gestión.

20.- Tasas Fiscales sobre el Juego.- Naturaleza, hecho imponible, devengo, sujeto pasivo, base imponible y tipo de cada una de ellas.- La gestión de las Tasas sobre el Juego.

21.- Los gravámenes aduaneros (I).- Concepto y características.- Las clasificaciones arancelarias: los Códigos NC.- El TARIC.- El valor en aduanas.- Los regímenes aduaneros económicos.- Las zonas francas.- Los depósitos francos.

22.- Los gravámenes aduaneros (II).- La introducción de mercancías en territorio aduanero: los destinos aduaneros.- La libre práctica.- La exportación.- El tránsito.- La deuda aduanera: hecho imponible, devengo, sujetos pasivos y recaudación.- La devolución y condonación de derechos aduaneros.

23.- Los aspectos fiscales del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.- Antecedentes históricos y normativos.- La Ley 20/1991, de 6 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias: estructura, principios y contenido.

24.- El Impuesto General Indirecto Canario (I).- Delimitación conceptual del tributo.- Naturaleza.- Ámbito de aplicación.- Operaciones interiores: hecho imponible, supuestos de no sujeción y exenciones.

25.- El Impuesto General Indirecto Canario (II).- Operaciones interiores: lugar de realización del hecho imponible, devengo, sujeto pasivo y responsables.- Repercusión.- Base imponible.- Tipos impositivos: especial referencia al tipo cero.

26.- El Impuesto General Indirecto Canario (III).- Operaciones exteriores.- Importaciones: hecho imponible, exenciones, devengo, sujeto pasivo y base imponible.- Gestión del tributo devengado en las importaciones.

27.- El Impuesto General Indirecto Canario (IV).- Operaciones exteriores.- Exenciones en la exportación y en operaciones asimiladas a exportaciones.- Exenciones relativas a las áreas exentas y regímenes especiales.

28.- El Impuesto General Indirecto Canario (V).- Deducciones: concepto y naturaleza.- Requisitos.- Nacimiento del derecho.- Regímenes de deducción.- La prorrata: concepto, clases y procedimiento.- Devoluciones.- Régimen Transitorio.

29.- El Impuesto General Indirecto Canario (VI).- Los regímenes especiales: especial referencia al simplificado, al de agricultura y ganadería y al del comerciante minorista.

30.- El Impuesto General Indirecto Canario (VII).- Las obligaciones formales de los sujetos pasivos en este impuesto: descripción, características e importancia.- Contabilización de las operaciones.- La gestión del impuesto: especial referencia a los Decretos 182 y 183/1992 y sus modificaciones posteriores.- Atribución del rendimiento.

31.- El Arbitrio sobre la Producción e Importación en las Islas Canarias (APIC).- Naturaleza.- Ámbito temporal de aplicación.- Hecho imponible.- Exenciones a la importación.- Exenciones subjetivas.- Devengo.- Sujeto pasivo en la importación.- Las Tarifas.- Tipos impositivos.- Gestión del tributo.- Atribución del rendimiento.

32.- La Tarifa Especial del Arbitrio Insular a la Entrada de Mercancías.- Regulación jurídica.- Objeto y naturaleza.- Hecho imponible.- Exenciones subjetivas.- Devengo.- Sujeto pasivo.- Base imponible.- Tipos impositivos.- Gestión del tributo.- Atribución del rendimiento.

33.- Los tributos propios de la Comunidad Autónoma de Canarias.- Las Tasas: concepto y regulación.- El Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los combustibles derivados del petróleo: regulación jurídica.- Naturaleza.- Hecho imponible.- Exenciones.- Devengo.- Sujeto pasivo.- Base imponible.- Tipos impositivos.- Gestión del tributo.

A N E X O I I I

D. .............................................................................................................................................................................................

CERTIFICO: que según los antecedentes obrantes en este Centro, el funcionario de carrera que a continuación se menciona tiene acreditados los siguientes extremos:

Apellidos y nombre ..............................................................................................................................................................., D.N.I. nº ......................................., Nº de Registro de Personal ..........................................................................................., Cuerpo, Escala a que pertenece ...................................................................., (Grupo) ..................................................................

1.- Antigüedad Años Meses

Antigüedad en dicho Cuerpo, Escala hasta el día de publica- ción de la convocatoria en el B.O.C.

Servicios previos reconocidos en dicho Cuerpo, Escala, al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

2.- Grado personal reconocido:

Y para que conste, a efectos de que pueda acreditar como mérito en las pruebas selectivas convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de ................................................................................................ (B.O.C. de ............................................................................................................................................................................), expido la presente certificación en ............................................................................................................................................

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