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BOC Nº 001. Viernes 2 de Enero de 1998 - 10

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria y Comercio

10 - ORDEN de 21 de octubre de 1996, por la que se aprueban las Normas Particulares para las Instalaciones de Enlace, en el ámbito de suministro de Unelco, S.A.

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El artículo 18 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por Decreto 2.413/1973, de 20 de septiembre (B.O.E. de 9.10.73), prevé que las empresas distribuidoras de energía eléctrica podrán proponer normas sobre la construcción y el montaje de acometidas, líneas repartidoras, centralizaciones de contadores y derivaciones individuales, señalando en ellas las condiciones técnicas de carácter concreto que sean precisas para conseguir mayor homogeneidad en las redes de distribución y las instalaciones de los abonados.

Con el objeto de unificar los criterios de ejecución de las diferentes zonas de nuestro ámbito territorial, se han tenido en cuenta aquellas aportaciones y especificaciones técnicas que ya en muchos lugares se vienen aplicando, limitaciones por otro lado establecidas por la experiencia acumulada y en pro de una mejora en la calidad de las instalaciones que redundará en un aumento de la calidad del servicio de energía prestado.

En el ejercicio de las competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de instalaciones eléctricas atribuidas por el Decreto 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio, oída la Comisión Técnica creada al efecto entre esta Consejería y la empresa Unelco, S.A., y una vez transcurrido el período de información pública al que dicha norma fue sometida, a propuesta de la Dirección General de Industria y Energía,

R E S U E L V O:

Primero.- Autorizar las Normas Particulares para las Instalaciones de Enlace, que se adjuntan a la presente Orden, de obligado cumplimiento en el ámbito de suministro de Unelco, S.A. en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Las referidas Normas serán de aplicación a las instalaciones que se realicen a partir de los dos meses de la entrada en vigor de la presente Orden, que tendrá lugar al día siguiente de su publicación en el BoletínOficial de Canarias.

Tercero.- Se faculta al Director General de Industria y Energía para aprobar las normas que resulten necesarias para el desarrollo de la presente disposición. Cuarto.- Las discrepancias, dudas o interpretaciones de la norma, serán resueltas por la Dirección Territorial de Industria y Energía correspondiente, según la zona de aplicación.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de loContencioso delTribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses, desde su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Industria y Comercio exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de octubre de 1996.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, Francisco de la Barreda Pérez.

NORMAS PARTICULARES PARA LAS INSTALACIONES DE ENLACE

CONSIDERACIONES GENERALES. PREVISIÓN DE CARGAS. SUMINISTROS TEMPORALES. TIERRAS. NORMAS DE REFERENCIA

TOMO I

ÍNDICE

0 CONSIDERACIONES GENERALES.

1 OBJETO.

2 PREVISIÓN DE CARGAS.

2.1 Carga correspondiente a cada vivienda.

2.2 Carga total correspondiente a un edificio destinado principalmente a viviendas.

2.3 Carga total correspondiente a edificios comerciales, de oficinas, o destinados a una o varias industrias.

2.4 Reserva de locales para Centros de Transformación.

3 ELEMENTOS CONSTITUYENTES DE LAS INSTALACIONES DE ENLACE.

4 SUMINISTROS TEMPORALES (OBRAS, FERIANTES ...).

5 TIERRAS.

5.1 Línea de enlace con tierra.

5.2 Punto de puesta a tierra.

6 NORMAS DE REFERENCIA. 0. CONSIDERACIONES GENERALES.

En virtud de lo establecido en el artículo 18 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, la empresa Unión Eléctrica de Canarias, S.A. (Unelco) redacta las presentes Normas Particulares para las Instalaciones de Enlace en Baja Tensión en edificios destinados principalmente a viviendas, así como, a comercios, oficinas o industrias y que deben entenderse a modo de información técnica general que complementa a la específica que el cliente, instalador autorizado o promotor debe solicitar para el suministro en particular, y en la que se determinarán y dimensionarán los elementos de la instalación de enlace que son susceptibles de variación.

La Consejería de Industria y Comercio podrá exigir la presentación de Certificados de Laboratorios Nacionales acreditados oficialmente o de la Comunidad Europea siempre que éstos garanticen una calidad no inferior a la exigida en las Normas Nacionales, tales que aseguren el cumplimiento de las normas que los afectan.

Con ello se logran los siguientes objetivos:

• Extractar y refundir en un solo documento las prescripciones que para instalaciones de enlace establecen el REBT, Normas UNE, Recomendaciones UNESA y otras normativas nacionales, europeas e internacionales.

• Uniformidad de criterios.

• Mejora de la calidad y seguridad de las instalaciones.

• Aclarar y solucionar problemas en relación con el proyecto y ejecución de las instalaciones, facilitando la labor de instaladores, técnicos en electricidad, promotores y todos aquellos vinculados a la problemática que plantea la distribución de energía eléctrica a edificios de viviendas, oficinas, locales comerciales o industrias.

• Mejora del rendimiento económico de las inversiones.

El presente documento constituye una ampliación y puesta al día de las Normas Particulares de Unelco para las Instalaciones de Enlace en los Suministros de Energía Eléctrica en Baja Tensión, aprobadas por la Dirección General de la Energía con fecha 21 de marzo de 1979.

Para la elaboración de estas Normas Particulares se han tenido en cuenta los documentos relacionados a continuación:

• Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (Decreto 2.413/1973, de 20 de septiembre). • Reglamento de Verificaciones Eléctricas y de Regularidad del Suministro de Energía Eléctrica (Decreto de 12 de marzo de 1954), modificado parcialmente por los Reales Decretos 724/1979, de 2 de febrero, 1.725/1984, de 18 de julio y 1.075/1986 de 2 de mayo.

• Reglamento sobre Acometidas Eléctricas (Decreto 2.949/1982, de 15 de octubre).

• Normas UNE aplicables.

• Recomendaciones UNESA.

• Proyectos Tipo Unesa.

• Normas europeas e internacionales (EN, HD, CEI, ANSI/ASTM, etc. ...) que se detallan en el apartado "NORMAS DE REFERENCIA".

1. OBJETO.

Las presentes Normas Particulares tienen por objeto establecer y justificar los criterios generales a aplicar en el diseño, cálculo y construcción de las Instalaciones de Enlace en Baja Tensión, en edificios destinados principalmente a viviendas, a locales comerciales, oficinas, industrias, viviendas unifamiliares así como en los suministros temporales en el ámbito de suministro de Unelco.

2. PREVISIÓN DE CARGAS.

El presente epígrafe tiene por objeto establecer la previsión de cargas en:

- Edificios destinados principalmente a viviendas.

- Edificios comerciales o de oficinas.

- Edificios públicos (teatros, cines, etc.).

- Edificios destinados a una industria específica.

- Edificios destinados a una concentración de industrias.

Estas previsiones serán obligatorias para las nuevas instalaciones y en las modificaciones que se realicen en las existentes.

2.1. Carga correspondiente a cada vivienda.

Es función de la previsión de receptores que se permitirán utilizar y de la superficie de la vivienda, siendo determinante esta última, según la Tabla 1, para la obtención de la previsión de carga para cada vivienda (grado de electrificación).

Este valor debe entenderse como mínimo y podrá superarse en aquellos casos en los que las previsiones sean más elevadas.

Ver anexos - página 44

.2. Carga total correspondiente a un edificio destinado principalmente a viviendas.

La carga total correspondiente a un edificio destinado principalmente a viviendas, resulta de la suma de la carga correspondiente a cada una de las viviendas, a los servicios generales del edificio y la correspondiente a los locales comerciales e industriales.

P = P1 + P2 + P3

Cada una de estas cargas se calculará de la siguiente forma:

Ver anexos - página 45

.2.1. Carga correspondiente al conjunto de viviendas (P1).

Las viviendas se agruparán por grados de electrificación (mínimo, medio, elevado, especial). La carga imputable a cada grupo será la suma de la indicada en la Tabla 2, en función del número de viviendas de cada grupo, aplicando los coeficientes de simultaneidad indicados en la Instrucción MIBT 010 y Hoja de Interpretación nº 14 del REBT.

La carga total correspondiente al conjunto de viviendas será la suma de las obtenidas para cada grupo. Para la obtención de los valores correspondientes a un número de viviendas superiores a 30 se utilizarán las fórmulas incluidas en la última fila de la Tabla 2, según el grado de electrificación.

2.2.2. Carga correspondiente a los servicios generales del edificio (P2).

Será la suma de la potencia instalada en ascensores, montacargas, alumbrado de portal, caja de escalera y en todo servicio eléctrico general del edificio. 2.2.2.1. Carga correspondiente a ascensores y montacargas.

Se determinará según la Tabla 3, en función del número de paradas y el uso a que va destinado.

La carga total correspondiente al conjunto de ascensor y montacargas será la suma de las cargas unitarias asignadas a cada uno.

Ver anexos - página 46

.2.2.2. Cargas correspondientes al alumbrado de la escalera y servicios comunes.

La carga a prever será la correspondiente a la potencia de los puntos de luz instalados, en la escalera o zonas de servicio común (ascensores, portal, cuarto de calderas, etc, ...).

2.2.2.3. Carga correspondiente a los servicios generales del edificio.

Cuando esté prevista la instalación de agua caliente sanitaria o calefacción, en forma centralizada, se determinará la carga punta de la instalación, a través del proyecto correspondiente.

Se indicarán así mismo, en su caso, la carga correspondiente a los aparatos a instalar en el garaje.

2.2.3. Carga correspondiente a los locales comerciales e industriales del edificio (P3).

La potencia mínima a prever será:

P = (S x 100)/1000 para locales comerciales.

P = (S x 125)/1000 para locales industriales.

Siendo:

P = Potencia, en kW, con un mínimo de 3kW para locales comerciales y de 5 kW para locales industriales.

S = Superficie destinada a usos comerciales o industriales, en m2.

Cuando se disponga de datos concretos sobre la utilización de los locales y de su potencia punta, y en el caso de que ésta última resulte superior a la potencia prevista, se tomará el mayor de ambos valores.

2.3. Carga total correspondiente a edificios comerciales, de oficinas, o destinados a una o varias industrias.

En general, la demanda de potencia determinará la carga a prever en estos edificios. En ausencia de datos sobre esta potencia, se tomarán, como mínimo, los siguientes valores:

2.3.1. Edificios comerciales y de oficinas.

100 vatios por metro cuadrado y por planta, con un mínimo por cliente de 5 kW.

2.3.2. Edificios destinados a concentración de industrias.

125 vatios por metro cuadrado y por planta.

2.4. Reserva de locales para Centros de Transformación. De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión: "cuando se construya un local, edificio o agrupación de éstos, cuya previsión de cargas exceda de 50 kVA, o cuando la demanda de potencia de un nuevo suministro sea superior a esa cifra, la propiedad del inmueble deberá reservar un local destinado al montaje de la instalación de un Centro de Transformación ...".

El local, que debe ser de acceso fácil, libre y directo, se destinará exclusivamente a la finalidad prevista y no podrá utilizarse como depósito de materiales, ni de piezas o elementos de recambios.

3. ELEMENTOS CONSTITUYENTES DE LAS INSTALACIONES DE ENLACE.

Este tema se desarrolla extensamente en los Tomos II (Acometida), III (Caja General de Protección, Caja General de Protección y Medida y Línea Repartidora) y IV (Equipos de Medida, Derivación Individual, Dispositivos de Control de Potencia y Dispositivos Privados de Mando y Protección) de las presentes Normas Particulares para las Instalaciones de Enlace.

4. SUMINISTROS TEMPORALES (OBRAS, FERIANTES ....).

Este apartado establece las características fundamentales que deben reunir las instalaciones de enlace destinadas a suministros temporales.

Se instalará: una Caja General de Protección (CGP), un Equipo de Medida (EM), un Interruptor de Control de Potencia (ICP) o un Interruptor General Automático (IGA) y un Cuadro de Protección y Distribución.

El EM deberá ser accesible directamente desde el exterior al personal de UNELCO, el cual deberá poder efectuar las verificaciones en las mejores condiciones de trabajo y seguridad.

El EM irá instalado preferentemente en un recinto destinado única y exclusivamente al uso eléctrico. También se podrá instalar en armario prefabricado empotrado en el muro o en el cerramiento de la obra.

Salvo en circunstancias justificadas, los contadores se situarán a 1,65 m por encima del suelo.

Entre el EM y una pared lateral debe existir un espacio libre de por lo menos 0,10 m, y delante del mismo un espacio libre mínimo de 1,10 m. La puerta de acceso será abatible hacia el exterior.

Se procurará que la distancia comprendida entre la red de distribución y el Equipo de Medida sea lo más corta posible.

La sección mínima de los conductores a instalar será de 6mm2 Cu ó 25mm2 Al.

Ver anexos - página 48

. TIERRAS.

Todo sistema de puesta a tierra constará de las siguientes partes:

- Tomas de tierra.

- Líneas principales de tierra.

Con el fin de facilitar la medida de resistencia a tierra del electrodo o electrodos, éstos estarán unidos mediante una conexión (regleta, placa, borne, etc.) que estará situada en una arqueta con tapa, metálica o de obra, y en cuya tapa esté grabado, de forma permanente, el símbolo de identificación.

5.1. Línea de enlace con tierra.

Ver anexos - página 49

stará formada por los conductores que unen la conexión del electrodo o conjunto de electrodos con el punto de puesta a tierra.

5.2. Punto de puesta a tierra.

Estará constituido por un dispositivo de conexión (regleta, placa, borne, etc.) situado dentro del local de la centralización, que permita la unión entre los conductores de la línea de enlace y principal de tierra, de forma que pueda, mediante útiles apropiados, separarse éstos con el fin de poder realizar la medida de resistencia a tierra.

Las demás condiciones que deban cumplir la puesta a tierra, se contemplan en la instrucción MI BT 039 del Reglamento Electrotécnico para B.T.

Ver anexos - página 49

. NORMAS DE REFERENCIA.

- NBE-CPI/91 Condiciones de Protección Contra Incendios en Edificios, aprobado por Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo (B.O.E. nº 58, de 8.3.91).

- R. UNESA 0205 Señalización subterránea de cables enterrados. Cinta de polietileno.

- R. UNESA 1404 Centralización de Contadores Prefabricada con envolvente total aislante.

- R. UNESA 1407 Cajas y Tapas para la instalación del ICP.

- R. UNESA 1410 Conjuntos de Medida para suministros individuales, industriales, comerciales o de servicios, en B.T.

- R. UNESA 6303 Fusibles de B.T.

- R. UNESA 4201 Transformadores de intensidad hasta 36 kV.

- R. UNESA 6101 Interruptores automáticos magnetotérmicos, para control de potencia, con reenganche manual incorporado de 1,5 a 63 A. - N.UNE 20098 Conjuntos de aparamenta de B.T. montados en fábrica.

- N.UNE 20098 Especificaciones particulares para las canalizaciones prefabricadas.

- N.UNE 20103 Interruptores automáticos de B.T. para circuitos de distribución.

- N.UNE 20317 Interruptores automáticos magnetotérmicos para control de potencia de 1,5 a 63A.

- N.UNE 20324 Clasificación de los grados de protección proporcionados por las envolventes.

- N.UNE 20383 Interruptores automáticos diferenciales por intensidad de defecto a tierra para usos domésticos y usos generales análogos.

- N.UNE 20434 Sistema de designación de los cables.

- N.UNE 20460-4-43 Instalaciones eléctricas en edificios.

- N.UNE 20460-5-523 Instalaciones eléctricas de edificios. - N.UNE 21030 Conductores de aluminio aislados, cableados en haz, para líneas aéreas de 0,6/1kV de tensión nominal (Almelec de 80 mm2)

- N.UNE 21031 Cables aislados con PVC de Uo/U £ 450/750 V.

- N.UNE 21103 Cortacircuitos Fusibles de B.T. Reglas generales.

- N.UNE 21123 Cables de transporte de energía aislados con dieléctricos secos, de 1 a 30 kV.

- PROYECTO TIPO UNESA Instalaciones de enlace en edificios destinados preferentemente a viviendas.

- PROYECTO TIPO UNESA Centro de Transformación de Distribución en edificio no prefabricado.

- NTE-IEB Instalaciones de Electricidad. BAJA TENSIÓN.

- NTE-ITA Instalaciones de Transporte. ASCENSORES.

- NORMA ANSI/ASTM A 193 M-88 Standard Specification for Alloy (-Steel and Stainless Steel Bolting Materials for High - Temperature Service).

- N.UNE 21305 Evaluación y clasificación térmica del aislamiento.

- N.UNE 53315 Plásticos. Métodos de ensayo para determinar la inflamabilidad de los materiales aislantes eléctricos sólidos al exponerlos a una fuente de encendido.

- N.UNE 53112 Plásticos. Tubos y accesorios de policloruro de vinilo no plastificado.

ELEMENTOS CONSTITUYENTES DE LAS INSTALACIONES DE ENLACE. ACOMETIDAS

NORMAS PARTICULARES PARA LAS INSTALACIONES DE ENLACE

TOMO II

ÍNDICE

3. ELEMENTOS CONSTITUYENTES DE LAS INSTALACIONES DE ENLACE.

3.1. Acometida. Tipos de acometida. Empalmes, conexiones y derivaciones.

3.1.1. Acometida aérea posada sobre fachada. 3.1.1.1. Accesorios para fijación. 3.1.1.1.1. Soportes con abrazadera. 3.1.1.2. Conductores.

3.1.2. Acometida aérea posada en fiador. 3.1.2.1. Conductores. 3.1.2.2. Cable fiador. 3.1.2.3. Anclaje del cable fiador. 3.1.2.3.1. Herrajes del fiador. 3.1.2.3.2. Tensores.

3.1.2.4. Retención del cable fiador. 3.1.2.4.1. Guardacabos. 3.1.2.5. Abrazaderas.

3.1.3. Acometida aérea tensada sobre apoyos.

3.1.3.1. Conductores. 3.1.3.2. Amarres.

3.1.3.2.1. Herrajes de fijación.

3.1.3.2.2. Soportes de suspensión. 3.1.3.2.3. Pinzas de anclaje.

3.1.4. Acometida subterránea.

3.1.4.1. Conductores. 3.1.5. Acometida aéreo-subterránea.

FIGURAS 3. ELEMENTOS CONSTITUYENTES DE LAS INSTALACIONES DE ENLACE.

En las figuras y esquemas que siguen se reflejan los distintos elementos que configuran las Instalaciones de Enlace para edificios de viviendas, comercios, industrias, viviendas unifamiliares y otros suministros temporales, cuyas características y montaje se especifican en los Tomos I, II, III y IV del presente documento.

Ver anexos - páginas 51-55

0 CAJA GENERAL DE PROTECCIÓN.- Módulo aislante clase II con dispositivo de protección general.

1 EQUIPO DE MEDIDA.- Módulo aislante clase II con dispositivos de medida.

2 INTERRUPTOR GENERAL AUTOMÁTICO (IGA).- De corte omnipolar, ACCESIBLE AL CLIENTE. Hasta 63A el IGA puede ser sustituido por el ICP. Los interruptores automáticos de intensidad nominal superior a 63A cumplirán lo indicado en la Norma UNE 20103 y dispondrán de relés térmicos regulables entre el 80 y el 100% de su intensidad nominal. 3 DERIVACIÓN INDIVIDUAL.- Conductores de cobre unipolares o multipolares, aislamiento seco 1.000 voltios.

4 CUADRO DE PROTECCIÓN Y DISTRIBUCIÓN.- Módulos de doble aislamiento que contienen barras de distribución y elementos de protección.

4.1 Interruptor Diferencial 30 mA para el alumbrado y máquinas portátiles.

4.2 Interruptor Diferencial 300 mA para aparatos y máquinas que dispongan de tierras independientes de la general. 4.3 Interruptor Diferencial 30 mA para máquinas que lleven incorporado el conductor de tierra.

4.4 Barra conexión línea general de tierra.

4.5 Transformador de tensión 24 V en lugares muy húmedos; 50 V en lugares menos húmedos. 5 TRANSFORMADOR DE SEPARACIÓN DE CIRCUITOS.- Para la protección de aparatos en lugares muy conductores.

6 LÍNEA DE UTILIZACIÓN.- Conductor de cobre bipolar o tripolar, aislamiento seco 1.000 V.

7 LÍNEA DE UTILIZACIÓN.- Conductores de cobre aislamiento seco 1.000 V, conteniendo conductor de tierra.

3.1. Acometida.

Es la parte de la instalación comprendida entre la Red de Distribución y la Caja o Cajas Generales de Protección.

En general se dispondrá una sola acometida por edificio; sin embargo, podrán establecerse acometidas independientes para suministros cuyas características especiales así lo aconsejen, según la Instrucción Técnica Complementaria MI BT 014.

Tipos de Acometida.

Las acometidas podrán ser aéreas, subterráneas o mixtas (aéreo-subterráneas).

No obstante, en función del sistema de instalación adoptado, se distinguen cinco tipos principales de acometidas:

a) ACOMETIDA AÉREA POSADA SOBRE FACHADA

b) ACOMETIDA AÉREA POSADA SOBRE FIADOR

c) ACOMETIDA AÉREA TENSADA SOBRE APOYO

d) ACOMETIDA SUBTERRÁNEA

e) ACOMETIDA AÉREO-SUBTERRÁNEA

Los distintos tramos de una acometida deberán proyectarse de acuerdo con el sistema que permita una instalación lo más idónea posible.

En general, serán subterráneas todas las acometidas que deban conectarse a una red de distribución subterránea.

Cuando el origen de las acometidas sea una red aérea, podrá utilizarse la instalación tensada, en zonas rurales y viviendas unifamiliares. En zonas urbanas más densas, las acometidas serán del tipo posado sobre fachada.

Para los cruces de espacios sin edificar se adoptará la instalación tensada o la posada en fiador.

La instalación aéreo-subterránea se utilizará en acometidas que provengan de redes aéreas y en las que por motivos estéticos u otras razones, el acceso al local del suministro debe efectuarse mediante una canalización subterránea.

Empalmes, conexiones y derivaciones.

Los empalmes, conexiones y derivaciones se realizarán en puntos no sometidos a tracción mecánica y podrán ser efectuados por presión, compresión, o cualquier otro procedimiento debidamente sancionado por la práctica. Deberán cumplir las especificaciones de la Norma UNE 21021, especialmente en lo que se refiere a sus condiciones mecánicas y eléctricas. En cuanto a la reconstitución del aislamiento, su rigidez dieléctrica y estanquidad no será inferior a la del conductor. Su disposición de contacto será tal que no dañe o disminuya la sección de los conductores.

3.1.1. Acometida aérea posada sobre fachada.

En este tipo de acometida los conductores se instalarán ligeramente distanciados de las paredes (unos 5 cm) fijos a ella mediante accesorios apropiados, espaciados de 35 a 70 cm, según la sección de los conductores. Los conductores se instalan sin estar sometidos a esfuerzos mecánicos a excepción de su propio peso.

Se efectuará un estudio previo de las fachadas con objeto de que los conductores queden lo más disimulados posible. En cualquier caso se tratará de mimetizar la instalación a la fachada de forma que cause el mínimo impacto visual.

Los tramos en que la acometida quede a una altura sobre el suelo inferior a 2,5 m, deberán protegerse con un tubo, resistente a la intemperie, de grado 9 de resistencia al choque según Norma UNE 20.324 declarada de obligado cumplimiento. Se tomarán las medidas adecuadas para evitar el almacenamiento de agua en los tubos de protección. En las proximidades de aberturas en la fachada, deben respetarse las siguientes distancias mínimas:

- Ventanas: 0,30 m al borde superior de la abertura, 0,50 m al borde inferior y bordes laterales de la abertura.

- Balcones: 0,30 m al borde superior de la abertura, 1,00 m a los bordes laterales del balcón.

Todo ello según prescribe la Hoja de Interpretación nº 24 a la Instrucción MI BT 003. Caso de no poderse lograr estas distancias mínimas, los tramos correspondientes se protegerán asimismo con el tubo mencionado.

Para los cruces de vías públicas se adoptará preferentemente y siempre que el impacto ambiental lo aconseje, la instalación "aéreo-subterránea" que se describe en los epígrafes 3.1.4 y 3.1.5.

3.1.1.1. Accesorios para fijación.

3.1.1.1.1. Soportes con abrazadera.

Los conductores se fijarán a la pared mediante soportes con abrazadera, roscados y plastificados en caso de ser metálicos, de alta resistencia a la intemperie y sin aristas vivas que puedan dañar los aislamientos.

Deberán soportar solicitaciones permanentes de hasta 20 daN en sentido vertical, y de 50 daN en sentido normal a la fachada.

El sistema de cierre debe ser tal que permita la fácil instalación del cable y que impida su propia apertura cuando el soporte se someta a los esfuerzos indicados en el párrafo anterior.

La longitud mínima desarrollada de la abrazadera deberá ser de 105 mm para acometidas y de 195 mm para la red.

Ver anexos - página 57

uando el soporte y la abrazadera sean piezas independientes, el soporte se suministrará siempre con su abrazadera correspondiente, debiendo ser ambas piezas del mismo material.

Se distinguen dos tipos de soportes: Normales para alineaciones y Especiales o Largos, para salvar obstáculos de las fachadas (Figuras 8 y 9).

Los soportes podrán fijarse a las fachadas directamente, recibidos en la pared con cemento o por medio de tacos antigiratorios de material impermeable e imputrescible, cuya resistencia a la extracción en edificaciones normales (hormigón, piedra, ladrillo macizo o similares) no sea inferior a 200 daN.

Los conductores serán de cobre, aluminio o aleación de aluminio aislados para tensiones hasta 1.000 voltios con polietileno reticulado resistente a la intemperie formando haces trenzados de cables unipolares sin cubierta común de protección.

3.1.1.2. Conductores.

Se utilizará la siguiente gama de conductores, descritos los de aluminio en la Norma UNE 21030 declarada de obligado cumplimiento, cuyas intensidades máximas admisibles corresponden a la Instrucción MI BT 004, Tabla II según Orden de 19 de diciembre de 1977 del Ministerio de Industria y Energía (B.O.E. nº 22, de 26 de enero de 1978): Deben considerarse los factores de corrección correspondientes de las intensidades máximas admisibles, en caso de agrupación de haces de cables, o temperatura ambiente distinta de 40º C, tal como se describe en el epígrafe 3.2 de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1977.

3.1.2. Acometida aérea posada en fiador.

Este tipo de instalación se adopta como complemento de las acometidas posadas sobre fachada, en los cruces de espacios vacíos sin edificar y en los cruces de vías públicas no contenidos en el epígrafe 3.1.1. En este tipo de acometida los conductores se instalan suspendidos en un cable fiador de acero galvanizado recubierto con PVC, dispuesto de forma horizontal, fijos al fiador mediante abrazaderas espaciadas un máximo de 40 cm con conductores de sección hasta 25 mm2, y 70 cm para secciones superiores (Figuras 2 y 6).

Cuando los conductores dispongan de neutro autoportante, éste podrá fijarse mediante retenciones de anclaje preformadas o pinzas de amarre (figura 10).

Los cruces de vías públicas se harán de modo que el vano sea lo más corto posible, y la altura mínima sobre la calzada no será en ningún caso inferior a 6 m (Figura 2).

Cuando la longitud del vano exceda de 20 m se instalará un tensor en un extremo del cable fiador para facilitar la regulación del tense (Figura 6).

Cuando la distancia entre edificios sea excesiva para permitir el tendido directo con cable fiador, se instalarán apoyos intermedios.

3.1.2.1. Conductores.

Se instalará la misma gama de conductores descrita en el epígrafe anterior (3.1.1.2).

3.1.2.2. Cable fiador.

El cable fiador será un cable espiral de acero galvanizado de composición 1 x 7 + 0 (7x1,98), diámetro aparente 6 mm, sección 21,6 mm2 y resistencia unitaria a la tracción de 130 daN/mm2, según la Norma UNE 21019.

Los cables fiadores de acero galvanizado irán recubiertos con PVC y con sus extremos taponados, con objeto de evitar su deterioro.

3.1.2.3. Anclaje del cable fiador.

3.1.2.3.1. Herrajes del fiador.

Los cables fiadores se fijarán a los edificios mediante herrajes empotrables, resistentes a la intemperie y que permitan la instalación de los tensores sin necesidad de piezas intermedias. Deberán soportar solicitaciones de tracción según su propio eje longitudinal de hasta 500 daN (figura 10).

3.1.2.3.2. Tensores.

Se utilizarán los tensores abiertos según Norma DIN 1480 fabricados en acero inoxidable tipo AISI 316L (Figura 11).

3.1.2.4. Retención del cable fiador.

La retención de los cables fiadores se efectuará por medio de retenciones de anclaje preformadas, (Figura 6), u otros sistemas de amarre de eficacia equivalente.

3.1.2.4.1. Guardacabos.

En todos los casos, los lazos de las retenciones de los cables fiadores se protegerán con guardacabos, fabricados en acero inoxidable tipo AISI 316L (Figuras 6, 10 y 12). 3.1.2.5. Abrazaderas.

La sujeción de los conductores a los cables fiadores se efectuará mediante abrazaderas metálicas plastificadas, resistentes a la intemperie y a las aristas vivas que puedan dañar las cubiertas (Figuras 2 y 10).

3.1.3. Acometida aérea tensada sobre apoyos.

En este tipo de acometida los conductores se instalarán tensados, suspendidos de un neutro portante o cable fiador incorporado. En acometidas de hasta 30 m de vano y sección hasta 2 x 25 mm2, los conductores se instalarán tensados directamente, sin necesidad de fiador, utilizando un tense comprendido entre 70 y 80 daN, distribuido uniformemente sobre la totalidad de los conductores mediante pinzas de anclaje resistentes a la intemperie, capaces de soportar solicitaciones permanentes de 300 daN.

Para secciones de 25, 50 y 95 mm2, con neutro de Almelec de 54,6 mm2, los cables se tenderán tensados sobre el neutro citado mediante accesorios adecuados.

Para la sección de 3 x 150Al + 80 alm mm2, se utilizará igualmente el propio neutro fiador. La sujeción de estos dispositivos de amarre se hará con retenciones protegidas mediante guardacabos o sujetacables u otros sistemas de eficacia equivalente.

Todos los apoyos irán provistos de ganchos espirales que permitirán la instalación de los cables mediante soportes de suspensión o de amarre indistintamente (Figuras 17, 18 y 20).

Se respetarán estrictamente las alturas y separaciones prescritas por el Reglamento Electrotécnico para B.T. en cruces y paralelismos. La altura mínima sobre el suelo no será en ningún caso inferior a 6 m, cuando los conductores vuelen sobre vías públicas o zonas de posible circulación rodada.

3.1.3.1. Conductores.

Se utilizará la siguiente gama de conductores con aislamiento de polietileno reticulado, descritos los de aluminio o aleación de aluminio en la Norma UNE 21030, declarada de Obligado Cumplimiento, cuyas intensidades máximas admisibles corresponden a la Instrucción MI BT 004, Tabla II, según Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1977 del Ministerio de Industria y Energía (B.O.E. nº 22, de 26 de enero de 1978):

Ver anexos - página 59

eben considerarse los factores de corrección correspondientes de las intensidades máximas admisibles, en caso de agrupación de haces de cables, o temperatura ambiente distinta de 40ºC, tal como se describe en el epígrafe 3.2 de la O.M. de 19 de diciembre de 1977.

3.1.3.2. Amarres.

3.1.3.2.1. Herrajes de fijación.

Los neutros portantes se fijarán a los edificios mediante herrajes empotrables, fabricados en acero inoxidable tipo AISI 316L, resistentes a la intemperie y que permitan la instalación de los tensores sin necesidad de piezas intermedias. Deberán soportar solicitaciones de tracción según su propio eje longitudinal de hasta 1.500 daN (Figuras 2 y 9).

3.1.3.2.2. Soportes de suspensión.

Los neutros portantes o cables fiadores se suspenderán de los herrajes de fijación a poste, por medio de soportes oscilantes de alta resistencia a la intemperie y capaces de soportar esfuerzos de tracción de hasta 700 daN (Figuras 9 y 19).

3.1.3.2.3. Pinzas de anclaje.

Los conductores con neutro portante de almelec, se fijarán a los herrajes de fijación mediante pinzas de anclaje resistentes a la intemperie, capaces de soportar cargas de trabajo de 600 y 800 daN y cargas de rotura de 1500 y 2000 daN para conductores con neutro portante de almelec de 54,6 y 80 mm2 respectivamente (Figuras 13, 14 y 20).

Con estos valores se iguala la resistencia a la tracción del elemento de anclaje con la carga de rotura del almelec y se respeta el coeficiente de seguridad de 2,5 que establece la Instrucción MI BT 003, apartado 1.2.

3.1.4. Acometida subterránea.

En este tipo de instalación, los conductores se instalarán en el fondo de la zanjas abiertas a lo largo de las vías públicas, y siempre que sea posible, en los paseos o aceras.

La profundidad mínima de instalación de los conductores será de 0,60 m y en los cruces de vías públicas de 0,80 m (Figuras 21, 22 y 23).

La profundidad indicada podrá reducirse en casos especiales debidamente justificados, sin perjuicio de mantener la conveniente protección mecánica de los conductores. En ningún caso dicha profundidad será inferior a 40 cm.

Los conductores podrán instalarse bajo tubo o directamente enterrados. En el primer caso los cables se instalarán en el interior de tubos de cemento, fibrocemento, material sintético (PVC), fundición de hierro o acero, que servirán de protección de los conductores, de forma que éstos no queden sujetos a la obra y puedan ser retirados o reemplazados con facilidad.

Los tubos se instalarán sobre una "cama" de hormigón pobre de 10 cm de espesor y se les recubrirá 10 cm con hormigón pobre (dosificación 250 kg/m3). Las uniones de los tubos de cemento y fibrocemento se recibirán con cemento, por lo cual, para permitir su unión correcta, el fondo de la zanja en que se alojen deberá ser nivelado cuidadosamente después de echar una capa de arena fina o tierra cribada (Figuras 22 y 23).

Los tubos se colocarán en posición horizontal y recta. Su superficie interior será lisa y su diámetro interior no inferior a 1,6 veces el diámetro del cable o haz de cables que deban alojar. Deberá preverse para futuras ampliaciones uno o varios tubos de reserva dependiendo de la zona y situación del cruce.

En la Tabla que sigue se pueden apreciar los diámetros de los tubos en función de las secciones de los cables así como los radios de curvatura correspondientes.

Ver anexos - página 60

os extremos de los tubulares de reserva quedarán tapados y siempre se dejarán dispositivos pasantes que faciliten el posterior paso de los cables.

En el segundo caso se tenderán los cables sobre una capa de arena o tierra fina de 10 cm de espesor y se recubrirán con otra capa de arena o tierra fina de 10 cm de espesor como mínimo; sobre ésta se colocará una protección mecánica que puede estar constituida por rasillas, ladrillos o losetas de hormigón colocadas transversalmente sobre el sentido del trazado del cable. Como protección alternativa de los cables se admitirá la colocación de placas de PVC, según R.UNESA 0206A. A continuación se tenderá otra capa, con tierra procedente de la excavación, de 20 cm de espesor apisonada por medios manuales. Sobre esta capa se extenderá una banda de polietileno de color amarillo-naranja en que se advierta la presencia de cables eléctricos, tal como se especifica en la R.UNESA 0205B. A continuación se rellenará la zanja con tierra procedente de la excavación, debiéndose utilizar para su apisonado y compactación medios mecánicos. Finalmente se reconstruirá el pavimento, si lo hubiera, del mismo tipo y calidad del existente antes de realizar la apertura (Figura 21).

En los cambios de dirección se construirán arquetas de hormigón, siendo sus dimensiones las necesarias para que el radio de curvatura de tendido sea como mínimo 20 veces el diámetro exterior del cable o haz de cables. No se admitirán ángulos inferiores a 90º y aún éstos, se limitarán a los indispensables (Figura 26).

En la arqueta los tubos quedarán a unos 10 cm por encima del fondo para permitir la colocación de rodillos en las operaciones de tendido. Una vez tendido el cable los tubos se taponarán con yeso o similar de forma que el cable quede situado en la parte superior del tubo (Figura 26).

Las arquetas serán registrables y deberán tener tapas metálicas, provistas de dispositivos que faciliten su apertura. El fondo de estas arquetas será permeable de forma que permita la filtración de agua de lluvia (Figuras 24, 25 y 26). Las arquetas a instalar serán de los tipos A-2 y A-3 cuando las canalizaciones discurran por aceras o zonas peatonales. La arqueta tipo A-2 se instalará, cuando la canalización sea de paso, a una distancia media de 30 metros y en los cambios de dirección. La arqueta tipo A-3 se practicará en los estrellamientos, en las salidas de Estaciones Transformadoras o cuando se instalen más de 2 tubos. Cuando la canalización tenga que registrarse en asfalto o en acceso a garajes se pondrá una tapa tipo B-2 (Figuras 24 y 25).

El cruce de calzadas (calles o carreteras), muros o cimentaciones, se hará obligatoriamente con el sistema de cables instalados en el interior de los tubos descritos.

En general, en las ciudades se empleará el sistema de cables instalados en el interior de tubos enterrados, mientras que el sistema de cables directamente enterrados en el terreno se limitará a las zonas rurales o zonas periféricas sin plan de urbanización definido.

Se tendrán en cuenta las separaciones mínimas reglamentarias. En particular, en cruces y paralelismos con otras canalizaciones de agua, gas y líneas de telecomunicación será de 20 cm y con otros conductores de energía será de 25 cm. Cuando una misma acometida sea, en parte, de tipo subterráneo y, en parte, de tipo aéreo, se denominará aéreo-subterránea, y se realizará de acuerdo a lo especificado en el epígrafe 3.1.5.

3.1.4.1. Conductores.

Se utilizará la siguiente gama de conductores con aislamiento de polietileno reticulado o etileno propileno con cubierta exterior de PVC, descritos en las Normas UNE 21119 y 21118 declaradas de Obligado Cumplimiento, y en la Norma UNE 21123, cuyas intensidades máximas admisibles corresponden a la Instrucción MI BT 007, Tablas I y II, según O.M. de 19 de diciembre de 1977 del Ministerio de Industria y Energía (B.O.E. nº 22, de 26 de enero de 1978):

Ver anexos - página 61

eben considerarse los factores de corrección de las intensidades máximas admisibles, indicados en las Tablas III, IV, V y VI de la Instrucción MI B.T. 007 corregida por la O.M. de 19 de diciembre de 1977.

3.1.5. Acometida aéreo-subterránea.

Se denominan aéreo-subterráneas aquellas acometidas que se realizan parte en instalación aérea y parte en instalación subterránea.

El proyecto de los distintos tramos de la acometida se realizará teniendo en cuenta las condiciones de su instalación y de acuerdo a lo especificado en los correspondientes apartados de las presentes Normas Particulares.

A efectos de elección de conductores, se tendrán en cuenta las limitaciones de intensidad máxima admisible, que puede originar la forma y condiciones de su instalación.

La sección de los conductores en sus tramos aéreos y subterráneos será uniforme. Los conductores serán del tipo RZ para los tramos aéreos y del tipo RV o DV para los tramos subterráneos.

En el paso de acometidas subterráneas a aéreas (por ejemplo salida de un CT) o viceversa, el conductor irá protegido con un tubo aislante rígido autoextinguible, resistente a la intemperie, de grado 9 de resistencia al choque según Norma UNE 20324 declarada de obligado cumplimiento, hasta una altura mínima de 2,50 m por encima del nivel suelo y hasta un máximo de 3,50 m del suelo y 0,50 m por debajo del mismo.

Dicho tubo será de PVC de 90 mm de diámetro, con un espesor mínimo de pared de 4,3 mm según Norma UNE 53112.

Los empalmes del cable RV o DV con el RZ deberán realizarse en tramos donde no estén sometidos a esfuerzos mecánicos, siempre por encima de los 2,50 m y en zona visible. Se efectuarán mediante manguitos de compresión adecuados a la sección de los cables empalmados. Posteriormente se reconstituirá el aislamiento a su estado inicial.

Cuando sea preciso instalar conductores subterráneos en instalación aérea o aéreos en instalación subterránea, deberán tomarse las precauciones adecuadas para que las cubiertas y aislantes de los conductores no se vean afectadas por las condiciones de ambiente a las que se hallen sometidos. En ningún caso se instalarán conductores subterráneos en instalación tensada o posada en fiador, ya que no están preparados para resistir las radiaciones ultravioletas.

No se instalarán conductores trenzados en instalación subterránea porque la cubierta de los conductores trenzados no está preparada para resistir los rozamientos durante el tendido.

Las conexiones se harán conforme a lo indicado en la Figura 27.

NORMAS PARTICULARES PARA LAS INSTALACIONES DE ENLACE

FIGURAS

Ver anexos - páginas 62-87

NORMAS PARTICULARES PARA LAS INSTALACIONES DE ENLACE

CAJA GENERAL DE PROTECCIÓN (CGP). CAJA GENERAL DE PROTECCIÓN Y MEDIDA (CPM). LÍNEA REPARTIDORA (LR)

TOMO III

ÍNDICE

3.2 Caja General de Protección (CGP).

3.2.1 Características.

3.2.2 Designación de la CGP.

3.2.3 Emplazamiento de la CGP.

3.2.4 Elección de la CGP.

3.3 Caja General de Protección y Medida (CPM).

3.3.1 Tipos de CPM.

3.3.2 Designación.

3.4 Línea Repartidora

3.4.1 Conductores.

3.4.2 Instalación.

3.4.2.1 Línea Repartidora alojada en el interior de tubos empotrados.

3.4.2.2 Línea Repartidora alojada en el interior de tubos en montaje superficial.

3.4.2.3 Línea Repartidora en canalizaciones prefabricadas.

3.4.2.4 Sistema de instalación con conductores aislados bajo canales protectoras de material plástico.

3.4.3 Cálculo de las Líneas Repartidoras.

3.4.3.1 Secciones de las Líneas Repartidoras. 3.4.3.2 Longitudes máximas de las Líneas Repartidoras.

3.2 Caja General de Protección (CGP).

Es la caja destinada a alojar los elementos de protección de la línea repartidora, señalando el principio de la instalación propiedad del usuario. Cuando las necesidades de la demanda de potencia lo requieran, se instalarán en un mismo edificio dos o más Cajas Generales de Protección o bien un Armario General de Protección (AGP) que tendrá, como mínimo, tantas bases verticales como Líneas Repartidoras haya (Figura 6).

En el caso de edificios con un solo usuario (viviendas unifamiliares) la CGP podrá ser sustituida por una Caja de Protección y Medida (CPM) que reúne en un solo elemento la CGP y el Conjunto de Medida, según veremos en el capítulo 3.3 de estas Normas Particulares.

3.2.1. Características.

Las CGP estarán constituidas por una envolvente aislante, precintable, que contenga fundamentalmente los bornes de conexión y las bases para los cortacircuitos fusibles,que serán del tipo NH con bornas de conexión. Los tornillos de cierre de la tapa así como los de fijación de accesorios serán de acero inoxidable tipo AISI 316L y de cabeza triangular.

El material de la envolvente y tapa que forman la CGP será aislante de la clase térmica A según la Norma UNE 21305 y categoría de inflamabilidad FV1 según la Norma UNE 53315/1.

El grado de Protección de las CGP, según la Norma UNE 20324 declarada de obligado cumplimiento, será:

- IP 417 en el caso de las cajas destinadas a instalarse en interior (Esquemas 9-10-11).

- IP 437 en el caso de las cajas destinadas a instalarse a la intemperie (Esquemas 7-12-14).

3.2.2. Designación de las CGP.

Las CGP especificadas en estas Normas Particulares se designarán de la forma y con el significado que se indica en la tabla siguiente:

Ver anexos - página 89

En amperios.

** Mediante bases de cortacircuitos fusibles del tipo NH.

La última cifra de la designación, en cada caso, es la intensidad nominal de la CGP.

Ejemplos:

CGP-10-250/400: corresponde a una caja general de protección, equipada con un juego de bases de cortacircuitos fusibles de 250 A, esquema 10 y apta para una intensidad de paso de 400 A.

CGP-12-100/250/250: corresponde a una caja general de protección equipada con un juego de bases de cortacircuitos fusibles de 100 A; un segundo juego de 250 A, esquema 12 y apta para una intensidad de paso de 250 A.

3.2.3. Emplazamiento de la CGP.

El emplazamiento de la CGP se fijará de común acuerdo entre la propiedad y la empresa suministradora, en un punto exterior sobre la fachada del edificio, lo más cerca posible de la red de la empresa suministradora, en un lugar de fácil y libre acceso.

Las CGP están previstas para su instalación en montaje superficial, en nichos, o empotradas en las fachadas de los edificios. También podrá aceptarse su colocación en la zona de acceso a los mismos, inmediatas a la entrada, a una distancia máxima de 3 metros respecto a la fachada, y "antes" del portero eléctrico de forma que siempre tenga acceso directo desde la vía pública (Figura 2).

Se permitirá mimetizar el efecto visual de la CGP sobre la pared o el entorno.

En los casos en que la acometida se conecta directamente al Cuadro de B.T. del Centro de Transformación, ubicado en el propio edificio, la CGP se colocará lo más cerca posible del CT.

En el caso de acometidas subterráneas la parte inferior de la CGP deberá situarse a una altura mínima de 0,50 metros y máxima de 0,90 metros sobre el nivel del suelo, salvo aquellos casos en que vaya adosada al conjunto de medida (Véase el capítulo 3.3 Caja General de Protección y Medida) y en el caso recogido en el párrafo siguiente.

En el caso de viviendas con muro exterior limitador de propiedad, la CGP estará situada en el mismo a una altura no inferior a 0,30 metros (Figuras 3 y 5).

En el caso de acometidas aéreas la parte inferior de la CGP deberá situarse en general a una altura de 3 metros sobre el nivel del suelo (Figura 4).

En aquellos casos justificados en que sea preciso adoptar una solución no prevista en lo dicho anteriormente, y previa aceptación de la empresa suministradora, deberán tenerse en cuenta los siguientes criterios:

- La acometida debe ser lo más corta posible.

- En cualquier momento debe poder efectuarse un corte permanente.

- En caso de incendio el corte debe poder efectuarse fácilmente.

Las acometidas subterráneas llegarán a una CGP o AGP. Cuando exista muro exterior limitador de la propiedad, este armario estará situado en el mismo a una altura no inferior a 30 cm; si las fachadas dieran directamente a la acera el armario estará situado en éstas a una altura no inferior a 50 cm. Los armarios tendrán unas dimensiones mínimas de 72x55x22 cm con un margen de ± 6%, siempre que las secciones de los conductores que lleguen y salgan de los mismos no excedan de 150 mm2.

En caso de exceder de 150 mm2 las secciones de los conductores, los armarios tendrán unas dimensiones mínimas de 100x50x30 cm con un margen de ± 6%.

Los armarios estarán construidos con poliéster reforzado con fibra de vidrio prensado en caliente, autoextinguible y a ser posible, con ventilación lateral y un grado de protección IP 439, según la Norma UNE 20324 declarada de obligado cumplimiento. En el interior del armario irán alojados los diferentes accesorios cuyas fijaciones se harán en acero inoxidable tipo AISI 316L así como el cierre de las puertas, para poder optar por los siguientes esquemas:

- Entrada y salida sin cambio de sección con o sin derivación protegida.

- Entrada y salida con cambio de sección o seccionamiento con o sin derivación protegida.

Si la trasera del armario da a un local o zona no común del edificio, se colocará en la parte trasera del mismo una plancha metálica de 2,5 mm de espesor, de tal manera que proteja a éste de cualquier golpe o taladro que involuntariamente se pueda realizar.

Al pie de cada armario se colocará una arqueta tipo A-3 y de la misma partirán dos tubos flexibles de PVC con espiral de refuerzo de PVC rígido embutido de 160 mm y su recorrido no excederá de dos metros por cada conducto; éstos enlazarán con una canal que se practicará en el muro del edificio construida según se indica en las Figuras 8 y 10. En caso de que la canal tenga que ser sustituida por conductos de 160 mm. se tendrá en cuenta lo expuesto en este mismo párrafo, es decir, los conductos deben aparecer en los extremos internos de la parte baja del armario, para una mejor manipulación de los conductores a instalar. El ángulo de curvatura de estos conductos no debe ser inferior a 90º.

La colocación de la arqueta A-3 será obligatoria a pie del armario, no pudiéndose utilizar como sustitución de la misma la base del armario.

En las Figuras 7 y 9 se detallan las medidas y disposición de los elementos de cada uno de los armarios a ubicar en fachada y muros, respectivamente.

Como ya hemos indicado en este mismo epígrafe 3.2.3, las fijaciones y cierres se harán en acero inoxidable tipo AISI 316L.

La arqueta de obra civil para los tubos de entrada a los armarios descritos tendrá las dimensiones que se detallan en la Figura 10.

3.2.4 Elección de la CGP.

El tipo de CGP se determinará en función del calibre de los fusibles que debe alojar y de la instalación a que vaya destinada.

Los tipos de CGP seleccionadas por la empresa suministradora se recogen en Figura 1 y en la Tabla V, en la que se incluyen, además, el número y tamaño de las bases de los cortacircuitos fusibles y la capacidad de sus bornes.

Cuando existan varias líneas repartidoras, cada línea estará protegida independientemente mediante una CGP.

Cuando el número de CGP necesarias sea igual o superior a 3, en razón al volumen de ocupación, podrán habilitarse otras soluciones técnicas, previo acuerdo con la empresa suministradora. Estas soluciones consisten en instalar un Armario General de Protección (AGP) que tendrá, como mínimo, tantas bases verticales como líneas repartidoras haya. O bien instalar un Armario de Seccionamiento y Protección (ASP).

Para determinar el calibre de los fusibles a instalar en la CGP, deberán tenerse en cuenta los siguientes criterios:

- El calibre de los fusibles de la CGP será tal que proteja la línea repartidora.

- Deben ser selectivos con el fusible de seguridad de mayor calibre.

- Se comprobará que el calibre elegido permite una correcta coordinación de las protecciones de B.T.

En las 3 tablas que siguen se recogen las tensiones nominales de las bases y fusibles, las intensidades nominales de las bases y las intensidades nominales de los distintos tipos de fusibles.

Ver anexos - páginas 91-92

* Armario General de Protección (AGP).

** Armario de Seccionamiento y Protección (ASP).

El ASP consta de bases tripolares verticales de 630A para la entrada y salida de línea provistas de cuchillas de seccionamiento, y otras con capacidad adecuada de la línea repartidora que protejan (salvo la destinada a la alimentación de las instalaciones del servicio de extinción contra incendios, que será de 250 A) provistas de los fusibles de protección adecuados.

Ver anexos - páginas 92-101

3.3. Caja General de Protección y Medida (CPM).

La CPM reúne en un solo elemento la Caja General de Protección (CGP) y el Equipo de Medida (EM).

Estas Cajas se utilizarán tal como se especifica en el epígrafe 1.1.2 de Instrucción MI BT 013, en el caso de suministro a un solo cliente (viviendas unifamiliares, edificios públicos o destinados a una industria específica), para instalaciones a la intemperie, cuya medida no precise el empleo de transformadores de intensidad ni contador de energía reactiva.

Todos los tipos estarán dimensionados de modo que permitan albergar en su interior el interruptor horario requerido para la "tarifa nocturna".

Si el Equipo de Medida (EM) se coloca en el interior de la vivienda, la Caja General de Protección (CGP) irá situada en el exterior conforme a lo indicado en el capítulo 3.2 del presente tomo de Normas Particulares.

En el caso de viviendas unifamiliares adosadas se permitirá el empleo de Conjuntos de Protección y Medida (Figuras 11 y 12).

La CPM deberá ser accesible permanentemente desde la vía pública.

Las CPM serán de doble aislamiento, de tipo exterior y se situarán:

- Empotradas en las fachadas de las viviendas.

- Adosadas a las fachadas de las viviendas.

- Empotradas en las vallas de cerramiento.

- Alojadas en el interior de un monolito o zócalo situado en los límites de la propiedad.

Se permitirá mimetizar el efecto visual de la CPM sobre la pared o el entorno.

La envolvente y la tapa será, como mínimo, de material aislante de clase térmica A según la Norma UNE 21305 y autoextinguible según la Norma UNE 53315; al arder, no debe producir partículas en combustión que goteen, fluyan o caigan y será resistente a los álcalis.

Los tornillos de cierre serán de acero inoxidable tipo AISI 316L , así como los de fijación del panel de montaje. El grado de protección del conjunto será como mínimo, en posición de servicio, IP 437 según la Norma UNE 20324 declarada de obligado cumplimiento.

Las partes interiores serán accesibles, para su manipulación y entretenimiento, por la cara frontal de la CPM.

La envolvente deberá disponer de ventilación interna, para evitar condensaciones. Los elementos que proporcionan esta ventilación no podrán reducir el grado de protección establecido.

La envolvente llevará en su interior los resaltes necesarios destinados a la fijación del panel que soportará los aparatos eléctricos.

La tapa deberá llevar una parte transparente, que cumpliendo las mismas exigencias del resto de la envolvente, excepto la resistencia a los álcalis, permita la lectura del contador y reloj sin necesidad de su apertura.

En derivaciones realizadas de red aérea, la parte inferior de las CPM deberán situarse como mínimo a 0,90 m sobre el nivel del suelo, y la parte más alta del módulo no debe exceder de 1,80 m.

En derivaciones realizadas desde red de distribución subterránea, en sustitución de la CPM se instalará un conjunto de distribución, protección y medida formado por dos armarios. El armario inferior alojará los bornes de entrada, salida y fusibles de seguridad hasta 7 suministros. El armario superior, adosado encima del anterior, albergará los contadores e interruptor horario.

Los dos armarios del conjunto de distribución, protección y medida así formado, irán solidaria y mecánicamente unidos y no existirán otras aberturas entre ambos más que las necesarias (Figura 12).

Los dos armarios considerados, tanto por separado como en conjunto, no perderán el grado de protección establecido. Los accesorios de fijación del panel de montaje así como los de cierre serán en acero inoxidable tipo AISI 316L.

La parte inferior del conjunto, quedará como mínimo a 0,50 metros del nivel del suelo si las fachadas dieran directamente a la acera; esta altura no será inferior a 0,30 m cuando exista muro exterior limitador de la propiedad (Figura 13).

Los conductores que enlazan la CPM con el cuadro privado de mando y protección serán de Cu, con aislamiento de 1000 V provistos de cubierta metálica, cuando se instalen en montaje superficial, y 750 V cuando se protejan mediante tubo aislante rígido o flexible cuando la instalación va empotrada. Si la instalación va enterrada los conductores tendrán un aislamiento de 1000 Voltios y los tubos podrán ser de PVC rígido o flexible de grado mínimo 7 de resistencia al choque, S/Norma UNE 20324 declarada de Obligado Cumplimiento.

También se admitirá la instalación de tubo PVC de 29 mm de diámetro mínimo con un espesor mínimo de pared de 4,3 mm en montaje superficial, con conductores de cobre de 750 Voltios de aislamiento.

Las entradas y salidas se harán por la parte inferior de la caja. El interruptor general automático de corte omnipolar (ICP) se instalará siempre en el interior del recinto.

Por tratarse de edificios destinados a un solo suministro individual, no existe línea repartidora pero sí derivación individual tal como se indica en la Figura 11.

Ver anexos - página 103

i la red es subterránea, se dispondrán dos tubos de plástico helicoidal de 160 mm desde el conjunto de Distribución, Protección y Medida hasta 0,50 m por debajo del nivel del suelo (Figura 13).

Si la red es aérea, los conductores irán protegidos bajo tubo de plástico rígido de grado de protección 9 según Norma UNE 20324 declarada de Obligado Cumplimiento hasta 2,50 m sobre el suelo, dispuesto el tubo con su correspondiente vierte-aguas de tal modo que impida la entrada de agua de lluvia.

Siempre que la instalación del tubo sea superficial, el grado de resistencia mínima al choque de éste será de 9, según la Norma UNE 20324 declarada de obligado cumplimiento.

3.3.1. Tipos de CPM.

Se establecen tres tipos básicos de CPM:

A) Caja capaz de alojar en su interior un contador monofásico de simple o doble tarifa, un reloj de accionamiento de cambio de tarifa y dos bases de cortacircuitos, ó una base y borna para neutro.

B) Caja capaz de alojar en su interior un contador monofásico o trifásico indistintamente, de simple o doble tarifa; un interruptor horario para el cambio de tarifa y tres bases de cortacircuitos y borna para neutro.

C) Caja capaz de alojar en su interior dos contadores monofásicos o trifásicos, indistintamente de simple o doble tarifa; un interruptor horario para el cambio de tarifa; y sus correspondientes bases de cortacircuitos y bornes de neutro (caso de viviendas adosadas).

3.3.2. Designación.

Las Cajas Generales de Protección y Medida se designarán de la siguiente forma: CPM (1) - D (2)

En (1) se indicará:

1: si la CPM es apta únicamente para un contador monofásico (tipo A).

2: si la CPM es apta únicamente para un contador trifásico (tipo B).

3: si la CPM es apta para dos contadores monofásicos o trifásicos (tipo C).

La letra (D) indicará:

Que está preparada para contador/es de doble tarifa e interruptor horario asociado.

En (2) se indicará:

2 ó 4 según que la CPM esté equipada para un contador monofásico o trifásico.

En la CPM apta para dos contadores se indicará el equipamiento existente para cada uno de los contadores y separados por una barra.

Ejemplo: CPM 3 - D 2/4.

Corresponde a una Caja de Protección y Medida, apta para dos contadores monofásicos o trifásicos, con interruptor horario para cambio de tarifa y equipada para un contador monofásico y un contador trifásico.

Ver anexos - páginas 105-107

3.4. Línea Repartidora (LR).

Es la parte de la instalación que enlaza la Caja General de Protección con el embarrado general de la Centralización de Contadores, alimentando varias Derivaciones Individuales.

Tal como especifica el epígrafe 1.1.2 de la Instrucción MIBT 013, en el caso de suministro a un solo cliente (viviendas unifamiliares, edificios públicos o destinados a una industria específica) no existe línea repartidora; la Caja General de Protección enlaza directamente con el contador o contadores del cliente. Cada contador enlazará con el correspondiente Dispositivo Privado de Mando y Protección a través de la Derivación Individual, recomendándose en este caso el empleo de la Caja General de Protección y Medida (CPM) definida en el epígrafe 3.3 del presente tomo de Normas Particulares.

Cuando esta línea discurre verticalmente por el interior de un edificio de varias plantas y de la cual se derivan conexiones para distintas Centralizaciones de Contadores de forma concentrada por planta se la denomina "columna montante".

La sección de cada uno de los conductores será uniforme en toda su longitud y no se permitirán empalmes intermedios. La intensidad máxima a transportar por cada Línea Repartidora será de 250 A (calibre máximo de los fusibles a instalar en la CGP), que corresponde a:

148kW en redes a 380V entre fases (156 kW en redes a 400 V entre fases)

86kW en redes a 220V entre fases (90 kW en redes a 231 V entre fases) (con cos phi = 0,9)

Cuando se prevean cargas superiores se dispondrán las Líneas Repartidoras necesarias teniendo en cuenta que cada una de ellas estará protegida por su correspondiente CGP o Armario General de Protección (AGP).

3.4.1. Conductores.

Se utilizarán conductores unipolares, rígidos, de cobre recocido con aislamiento del tipo RV o DV 0,6/1kV, descritos en las Normas UNE 21119 y 21118 declaradas de obligado cumplimiento y en la Norma UNE 21123, y de secciones calculadas según la MI-BT-013 y la Hoja de Interpretación nº 28.

En la tabla VI se indican las intensidades máximas admisibles en los conductores seleccionados, de acuerdo con lo indicado en la Tabla V de la MI-BT-004.

Ver anexos - página 108

In = Intensidad máxima admisible en Amperios para cables aislados con conductores de cobre instalados al aire (servicio permanente) t = 40ºC.

Las intensidades máximas admisibles, al tratarse de cables bajo tubo, serán el 80% de los valores In de la tabla y que figuran en la parte derecha de la tabla.

Los Terminales de Presión de la Línea Repartidora tendrán una holgura máxima de 1 mm con relación al diámetro pasante del embarrado donde conecte, de tal manera que se garantice una superficie de contacto equivalente a la sección.

3.4.2. Instalación.

El trazado de las Líneas Repartidoras será lo más corto y rectilíneo posible, discurriendo siempre por lugares de uso común.

De acuerdo con lo dispuesto en la MI-BT-013, las Líneas Repartidoras podrán estar constituidas por:

- Conductores aislados en el interior de tubos empotrados.

- Conductores aislados en el interior de tubos de montaje superficial.

- Canalizaciones prefabricadas debidamente precintadas que eviten las manipulaciones inadecuadas. - Conductores aislados con cubierta metálica en montaje superficial.

De acuerdo con lo dispuesto en el epígrafe 1.1.1 de la Instrucción MIBT 013, en ningún caso la Línea Repartidora se enhebrará por las canalizaciones (Tubos, arquetas ...) de la empresa suministradora.

3.4.2.1. Línea Repartidora alojada en el interior de tubos empotrados.

Los tubos serán rígidos o flexibles de PVC, autoextinguibles, de grado 7 como mínimo de resistencia al choque, o bien de acero flexible, o de hierro galvanizado con o sin recubrimiento de PVC, según la Norma UNE 20324 declarada de obligado cumplimiento.

El diámetro de los tubos será tal que permita ampliar un 100% la sección de los conductores instalados inicialmente. Consecuentemente, y de acuerdo con lo establecido en el epígrafe 1.1.1 de la Instrucción MIBT 013, sólo se permitirá la instalación de una línea repartidora por tubo.

Las uniones de los tubos serán roscadas o embutidas, de modo que no puedan separarse los extremos.

Con objeto de prever posibles ampliaciones, además del sobredimensionado de los tubos, se recomienda dejar siempre un tubo de reserva entre la CGP y la Centralización.

Ver anexos - página 109

.4.2.2. Línea Repartidora alojada en el interior de tubos en montaje superficial.

La Línea Repartidora que discurra por garajes y otras zonas comunes del edificio, siempre que sea vista, se construirá con tubo de hierro galvanizado o PVC de grado de protección 9, de los diámetros indicados en la Tabla VII y con el menor número posible de curvas no inferiores a 90º fijándose al techo mediante accesorios adecuados. El borde del tubo, tanto en la centralización como en el armario o Caja General de Protección, deberá ir protegido con aro de goma embebido en el mismo. Cuando se utilice tubo metálico, éste se pondrá a tierra utilizando la propia del edificio. Dicho tubo irá convenientemente señalizado advirtiendo del riesgo eléctrico.

Las bocas de estos tubos, una vez instalados los conductores, se taparán con poliuretano-expandido o con cualquier otra resina antirroedor.

Las canalizaciones a utilizar para la línea repartidora desde la caja de fachada o armario (AGP), siempre que vayan por el zaguán, podrán ser de PVC, con medidas mínimas de diámetro exterior contempladas en la tabla VII, o bien, si existiesen desniveles, con tubo tipo helicoidal de la misma medida; en todos los casos, debidamente hormigonados.

3.4.2.3. Línea Repartidora en canalizaciones prefabricadas.

Previo acuerdo, podrá aceptarse la instalación de canalizaciones prefabricadas o en conductos de fábrica (canaladuras), que deberán cumplir las condiciones previstas en la Norma UNE 20098, tendrán un grado de protección IP 547 según la Norma UNE 20324 declarada de obligado cumplimiento, y serán precintables. Se utilizarán en edificios con concentraciones en una o más plantas intermedias, para conectar la Línea Repartidora bajo tubo con los conjuntos prefabricados para centralización de contadores situados en dichas plantas intermedias.

Las canaladuras preparadas exclusivamente con ese fin en la caja de la escalera, serán rectilíneas y uniformes a lo largo de toda la caja de escalera, según se indica en la Instrucción MI BT 013.

Sus dimensiones se ajustarán a la tabla siguiente:

Ver anexos - página 110

as paredes interiores de la canaladura se alisarán mediante enlucido de yeso o cemento. La canaladura será accesible en cada planta, únicamente a través de la tapa registro que debe llevar el cierre triangular normalizado por la empresa suministradora y ser precintable.

Delante de cada tapa de registro habrá un espacio libre de un metro como mínimo. Para evitar la caída de objetos y la propagación de llamas en el caso de canaladuras, se dispondrán en las plantas elementos cortafuegos a base de reconstruir los forjados de entreplantas a su estado inicial, hasta conseguir un grado de resistencia al fuego RF-240.

Se detallan seguidamente, los principales elementos que componen una Línea Repartidora en conjunto de fábrica.

Ver anexos - página 110

.- Elemento cortafuegos.

Consistirá en reconstruir el forjado inicial hasta conseguir un grado de resistencia al fuego RF-240, según la NBE-CPI/91.

En las zonas reconstruidas los conductores de la Línea Repartidora se protegerán contra daños mecánicos con tubos de PVC con un grado mínimo de protección 7, en una longitud de 10 cm superior a la del forjado por sus dos extremos.

2.- Base soporte.

Con cinco abrazaderas. Se dispondrá en el interior del conducto de fábrica. Se fijará en cada planta una por Línea Repartidora, 30 cm por debajo del forjado. Será plana o en puente. Las abrazaderas estarán totalmente protegidas con material aislante estable hasta + 70ºC.

3.- Tapa registro.

Se colocará una por planta en zona de uso común. Su distancia al techo será de 20 cm. Quedará adosada al paramento.

Serán metálicas, PVC o similar de grado de protección 7 y grado de resistencia al fuego RF-240 según la NBE-CPI/91, precintables y podrán estar recubiertas de otros materiales con fines estéticos.

4.- Línea Repartidora.

5.- Conductor de protección.

Ver anexos - páginas 111-113

3.4.2.4. Sistema de instalación con conductores aislados bajo canales protectoras de material plástico.

Se podrán instalar Líneas Repartidoras constituidas por conductores eléctricos aislados bajo canales protectoras de material plástico según la Resolución de 18 de enero de 1988, de la Dirección General de Innovación Industrial y Tecnología del Ministerio de Industria y Energía, siempre y cuando la canal protectora esté constituida por un perfil de paredes llenas que cumpla las características de material y usos contenidos en dicha Resolución.

La sección de la canal debe permitir la ampliación de sección de los conductores en un 100 por 100.

Deberán adoptarse las medidas oportunas para evitar la manipulación indebida, por ejemplo, mediante precintado u otro procedimiento contemplado en la Reglamentación vigente.

Las canales protectoras presentarán un grado de protección 7.

3.4.3. Cálculo de las Líneas Repartidoras.

Para el cálculo de las Líneas Repartidoras, deberán considerarse los siguientes aspectos:

- Potencia máxima prevista, de acuerdo con lo expuesto en el epígrafe 2 PREVISIÓN DE CARGAS del tomo I.

- Características de la alimentación.

- Longitud de la línea.

- Tipo de cable y forma de instalación. La sección de los conductores deberá determinarse en función:

a) De su temperatura máxima admisible.

b) De la caída de tensión admisible.

c) De los esfuerzos electromecánicos susceptibles de producirse en caso de cortocircuito.

d) De otros esfuerzos mecánicos a los que los conductores pueden someterse.

e) Del valor máximo de la impedancia que permita asegurar el funcionamiento de la protección contra cortocircuitos.

f) De los criterios económicos que resultan al relacionar el costo de las pérdidas con la inversión en una mayor sección.

En el caso de Instalaciones de Enlace, objeto de estas Normas Particulares, los aspectos c, d y f, son prácticamente intranscendentes, por lo que no serán considerados.

La sección mínima del conductor será, en cada caso, la mayor que resulte al realizar los cálculos correspondientes a temperatura máxima (a), caída de tensión (b) y protección contra cortocircuitos (e).

3.4.3.1. Secciones de las Líneas Repartidoras.

Los siguientes Gráficos recogen las secciones de los conductores unipolares de cobre de la línea repartidora para instalaciones trifásicas a 3 x 380/220 V y monofásicas a 220 V en función de la longitud del tramo, de la caída de tensión asignada al mismo (0,5% para contadores totalmente centralizados o 1% para contadores concentrados por plantas) y de la carga prevista.

Ver anexos - páginas 115-116

3.4.3.2. Longitudes máximas de las Líneas Repartidoras.

En la tabla IX se indican las longitudes máximas en metros admisibles para Líneas Repartidoras trifásicas en función de la potencia prevista y de la sección de la Línea Repartidora, para una caída de tensión de 0,5% (contadores totalmente centralizados), una tensión trifásica de 220/380V y un factor de potencia de 0,9.

Ver anexos - página 117

ORMAS PARTICULARES PARA LAS INSTALACIONES DE ENLACE

EQUIPOS DE MEDIDA (EM). DERIVACIÓN INDIVIDUAL (DI). DISPOSITIVO DE CONTROL DE POTENCIA (ICP). DISPOSITIVOS DE MANDO Y PROTECCIÓN (ID,PIAs)

TOMO IV

ÍNDICE

3.5. Equipos de Medida.

3.5.1. Características Generales.

3.5.2. Equipos de Medida Individuales.

3.5.2.1. Constitución .

3.5.2.2. Caja de Protección y Medida (CPM) para suministros individuales domésticos.

3.5.2.3. Equipos de Medida para suministros individuales industriales, comerciales u otros servicios singulares.

3.5.2.4. Situación de los Equipos de Medida en los suministros individuales.

3.5.3. Instalación de Contadores en forma concentrada.

3.5.3.1. Suministros colectivos totalmente centralizados en local cerrado en la planta baja o en el primer sótano de uso común.

3.5.3.2. Suministros colectivos domésticos parcialmente centralizados en local cerrado en la planta baja o en el primer sótano y en una o más plantas intermedias.

3.5.3.3. Suministros colectivos domésticos centralizados en cada planta. 3.5.3.4. Suministros colectivos domésticos totalmente centralizados en espacio abierto sobre un paramento en zona común.

3.5.3.5. Centralización de Contadores para viviendas unifamiliares aisladas, adosadas, o conjuntos de ellas en las Urbanizaciones.

3.5.3.6. Centralización en Cuarto de Contadores (Características del Local).

3.5.3.7. Composición de las Centralizaciones.

3.6. Derivación Individual (DI).

3.6.1. Conductores.

3.6.2. Tubos protectores.

3.6.3. Trazado y emplazamiento.

3.6.4. Longitudes máximas de las Derivaciones Individuales (DI).

3.6.5. Sistema de instalación con conductores aislados bajo canales protectoras de material plástico.

3.7. Dispositivo de Control de Potencia (ICP).

3.8. Dispositivos Privados de Mando y Protección (ID. PIAs).

3.8.1. Sistemas de protección contra Contactos Indirectos.

3.8.2. Características de los Interruptores (ID).

3.5. Equipos de Medida.

Se entiende por Equipo de Medida el conjunto de Contador o Contadores y demás elementos necesarios para el control y medida de la energía eléctrica.

Cada Equipo de Medida estará estructurado en unidades funcionales, entendiéndose como tales las constituidas por los elementos destinados a realizar la misma función. Los Equipos de Medida estarán contenidos en módulos o conjuntos de módulos con envolvente aislante. Se podrán instalar en un solo punto o concentrados por plantas.

3.5.1. Características Generales.

Las envolventes aislantes estarán construidas con materiales de la clase térmica "A" de acuerdo con la Norma UNE 21.305 y autoextinguibles según la Norma UNE 53.315.

El grado de protección de las columnas modulares en posición de servicio será IP 407, en instalaciones interiores en locales secos, e IP457 para instalaciones a la intemperie, de acuerdo con la Norma UNE 20324, declarada de obligado cumplimiento.

Las miras de las tapas serán transparentes y, a la vez, resistentes a los rayos ultravioleta. Cuando los Equipos de Medida sean de tipo exterior, se podrán instalar:

- Empotrados en las fachadas.

- Adosados a las fachadas.

- Empotradas en los muros o vallas de cerramiento.

- Alojados en un monolito, zócalo o rodapié situado en los límites de la propiedad.

La tapa será imperdible y el cierre se efectuará mediante un dispositivo precintable de cabeza triangular de 11 mm de lado, que se deberá maniobrar con una llave, como se puede apreciar en la figura 1 o mediante bloqueo por candado con orejetas de acero inoxidable tipo AISI 316L.

Ver anexos - página 119

a tapa llevará miras transparentes que, cumpliendo las mismas exigencias que el resto de la envolvente, excepto la resistencia a los álcalis, permitan la lectura del contador y reloj sin necesidad de su apertura.

Las envolventes deben estar provistas de un sistema de ventilación que evite las condensaciones interiores. Los elementos que proporcionen esa ventilación no podrán reducir el grado de protección establecido.

Cuando los Equipos de Medida sean de tipo interior, las tapas serán totalmente transparentes con dispositivo de cerramiento precintable. La tensión nominal será de 380 V o la que se establezca legalmente y soportarán una corriente de cortocircuito de 13 kA como mínimo. El cableado se hará con conductores de cobre, rígidos-R, con aislamiento plástico autoextinguible, para 750 V de acuerdo con la Norma UNE 20434. Las secciones mínimas que se utilizarán serán: 10 mm2 para todos los suministros.

Los conductores de mando del cambio de tarifa serán de 2,5 mm2. El cableado de los secundarios de los transformadores será de 6 mm2 para los de intensidad y 4 mm2 para los de tensión pudiéndose utilizar conductores flexibles en estos casos.

Se utilizarán los colores siguientes:

- Negro, marrón y gris para las fases.

- Azul para el neutro.

- Amarillo-verde (bicolor) para los conductores de protección.

- Rojo claro para los hilos de mando de cambio de tarifa.

3.5.2. Equipos de Medida Individuales.

Este epígrafe tiene por objeto establecer los conjuntos destinados a contener el contador y otros elementos necesarios para la medida en suministros individuales en Baja Tensión con cargas de hasta 250A.

Si los suministros superan los 250 A se establecerán las protecciones específicas adecuadas.

3.5.2.1. Constitución.

El Equipo de Medida estará formado por: - Unidad Funcional de Medida (Contadores y reloj).

- Unidad Funcional de Comprobación (Regleta).

- Unidad Funcional de Transformadores (Trafos de intensidad).

3.5.2.2. Caja de Protección y Medida (CPM) para suministros individuales domésticos.

En equipos de medida destinados a una sola vivienda, hasta 63 A, para instalaciones a la intemperie, y con acometida aérea, se podrán incluir en la misma envolvente la unidad funcional de medida y la unidad funcional de protección, recibiendo el conjunto el nombre de Caja General de Protección y Medida (CPM) y su instalación se ajustará a lo indicado en el capítulo 3.3 (tomo III) de esta Normas Particulares.

En derivaciones realizadas desde red de distribución subterránea, en sustitución de la CPM se instalará un conjunto de distribución, protección y medida formado por dos armarios. El armario inferior alojará los bornes de entrada y salida y los fusibles de seguridad para hasta 7 suministros. El armario superior, adosado encima del anterior, albergará los contadores e interruptor horario.

Ver anexos - páginas 120-122

3.5.2.3. Equipos de Medida para suministros individuales, industriales, comerciales u otros servicios singulares.

El Equipo de Medida (EM) se situará lo más cerca posible de la CGP. Podrá incluir opcionalmente la CGP y las protecciones del abonado de acuerdo con lo especificado en la Recomendación UNESA 1410, según puede verse en el esquema que sigue.

En la parte de instalación de enlace comprendida entre la CGP y el EM, los circuitos se protegerán con tubos rígidos o flexibles aislantes, independientes, de grado 7 de resistencia al choque, según establece la Norma UNE 20.324 declarada de obligado cumplimiento.

Ver anexos - página 123

esignación.

Los conjuntos de medida se designarán por cinco grupos de siglas o números seguidos de la palabra UNESA. Se dispondrán en el orden y con el significado siguiente:

C (1)/(2)/(3)/(4) UNESA.

(1) Indica las unidades funcionales que forman parte del conjunto:

P Incluye la unidad funcional de caja general de protección.

M Dispone de la unidad funcional de medida.

A Incluye la unidad funcional de interruptor.

(2) Indica la capacidad, o sea, el número de contadores y transformadores que puedan ubicarse en el EM y si los primeros son monofásicos o trifásicos:

M1 1 Contador monofásico de energía activa 1 Interruptor horario M2 1 Contador monofásico de energía activa 1 Contador monofásico de energía reactiva 1 Interruptor horario

T1 1 Contador trifásico de energía activa 1 Interruptor horario

T2 1 Contador trifásico de energía activa 1 Contador trifásico de energía reactiva 1 Interruptor horario

T20 1 Contador trifásico de energía activa con o sin maxímetro 1 Contador trifásico de energía reactiva 3 Transformadores de intensidad 1 Juego de bornes de comprobación 1 Interruptor horario

T30 1 Contador trifásico de energía activa 1 Contador trifásico de energía reactiva 1 Contador trifásico de energía activa con maxímetro 3 Transformadores de intensidad 1 Juego de bornes de comprobación 1 Interruptor horario

(3) Indica la intensidad nominal del conjunto.

(4) Señala el grado de protección del conjunto: I Previsto para instalación interior.

E Previsto para instalación exterior.

Ejemplo: CPMA/T20/250/E UNESA.

Se trata de un conjunto de medida que contiene la caja general de protección (P) y la unidad funcional de interruptor (A). Es apto (T20) para un contador trifásico de energía activa, uno de energía reactiva, un interruptor horario, tres transformadores de intensidad y un juego de bornes de comprobación. La intensidad nominal del conjunto es de 250 A y su grado de protección (E) permite su instalación a la intemperie.

Los conjuntos de medida se ajustarán a lo prescrito en la Norma UNE 20098, excepto lo que expresamente se especifique en estas Normas Particulares.

Ver anexos - página 124

onjuntos de Protección y Medida.

Conjuntos de Protección y Medida hasta 63 A.

Unidad Funcional de Medida.

Es la unidad destinada a alojar los contadores, el interruptor horario y la borna de comprobación. Esta unidad deberá estar diseñada de forma que permita la fácil instalación y sustitución de los contadores, maxímetros y relojes de dimensiones normalizadas. Las medidas de estos módulos serán de 720 x 540 mm.

Las medidas de los triángulos de fijación de contadores serán las indicadas en la figura 15.

En el caso de contadores electrónicos de tarificación integrada, las medidas de los módulos se adaptarán a las de los aparatos.

La distancia entre los paneles de fijación de los aparatos y las tapas, de la unidad funcional de contadores, no será inferior a 150 mm, excepto en el emplazamiento del contador con maxímetro que tendrá un mínimo de 170 mm.

La parte frontal de la envolvente correspondiente al maxímetro, llevará una ventana movible y precintable que permita la regularización del mismo, salvo que la tapa de este módulo tenga solamente un tornillo de fijación. La unidad funcional de comprobación comprende los juegos de bornes necesarios para la conexión de los aparatos de medida a los circuitos secundarios de los transformadores de intensidad. Estos bornes estarán diseñados de tal manera que permitan la sustitución y comprobación de contadores sin interrupción del servicio.

Se admite el tipo siguiente:

Regleta de Verificación para suministros en B.T. de Medida Directa compuestas de 8 elementos (6 intensidad y 2 de tensión) que se designarán por las siglas U-BT-8E-6I-2T (R,RR,S,SS,T,TT,N,NN).

Unidad Funcional de Interruptor.

Está destinada a albergar un interruptor magnetotérmico omnipolar. El interruptor automático cumplirá lo indicado en la Recomendación UNESA 6101.

Cableado del Equipo de Medida.

El cableado interior del conjunto (entre contadores y regleta) se efectuará con conductores de cobre V750, clase 5 flexible de 25 mm2 de sección. Los colores de las cubiertas serán negro, marrón y gris para fases y azul claro para neutro.

En los extremos de los conductores se usarán terminales de tipo puntera plateada, debiendo ser el engaste de forma cuadrada.

Ver anexos - página 125

onjuntos de Protección y Medida mayores de 63A hasta 250A.

Unidad Funcional de Medida.

Es la unidad destinada a alojar los contadores, el interruptor horario y la borna de comprobación. Esta unidad deberá estar diseñada de forma que permita la fácil instalación y sustitución de los contadores, maxímetros y relojes de dimensiones normalizadas. Las medidas de estos módulos serán de 720 x 540 mm.

Las medidas de los triángulos de fijación de contadores serán las indicadas en la figura 15.

En el caso de contadores electrónicos de tarificación integrada, las medidas de los módulos se adaptarán a las de los aparatos. La distancia entre los paneles de fijación de los aparatos y las tapas, de la unidad funcional de contadores, no será inferior a 150 mm, excepto en el emplazamiento del contador con maxímetro que tendrá un mínimo de 170 mm.

La parte frontal de la envolvente correspondiente al maxímetro, llevará una ventana movible y precintable que permita la regularización del mismo, salvo que la tapa de este módulo tenga solamente un tornillo de fijación.

La unidad funcional de comprobación comprende los juegos de bornes necesarios para la conexión de los aparatos de medida a los circuitos secundarios de los transformadores de intensidad. Estos bornes estarán diseñados de tal manera que permitan la sustitución y comprobación de los contadores sin interrupción del servicio. Se admiten los tipos siguientes:

Regleta de Verificación para suministros en B.T. de Medida Indirecta compuestas de 7 elementos (6 intensidad y 1 de tensión) que se designarán por las siglas U-BT-7E-6I-1T (R,RR,S,SS,T,TT,N).

Regleta de Verificación para suministros en B.T. de Medida Indirecta compuestas de 10 elementos (6 intensidad y 4 de tensión) que se designarán por las siglas U-BT-10E-6I-4T (R,RR,S,SS,T,TT,1,2,3,N).

Unidad Funcional de Transformadores de Intensidad.

Esta unidad estará diseñada de tal forma que los transformadores de intensidad del tipo encapsulable sean fácilmente intercambiables y dispondrán de un módulo precintable independiente del resto del equipo de medida.

Las medidas mínimas de la unidad funcional de trafos de medida son las que se indican en la Figura nº 7. Las características de los transformadores de intensidad serán las siguientes:

El material envolvente de los transformadores de intensidad será de aislamiento seco autoextinguible.

Los bornes del secundario admitirán conductores de cobre de 6 mm2 e irán cubiertos por una tapa precintable de material aislante clase A como mínimo.

Relaciones de transformación serán: 100/5, 200/5 y 300/5A.

Intensidad Térmica Permanente: 120% de la intensidad nominal.

Precisión: serán de clase 0,5S, no debiendo sobrepasar los valores de la tabla siguiente para los valores comprendidos entre el 25 y 100% de la carga de precisión;

Ver anexos - página 126

otencia de precisión: será de 10 V.A.

Intensidad de cortocircuito: la intensidad térmica nominal será mayor o igual que 60 veces la intensidad nominal, mientras que la intensidad dinámica nominal será 2,5 veces la intensidad térmica.

Nivel de aislamiento: coincidirá con la tensión más elevada que puede presentar la red es decir, 0,6 kV.

Factor de seguridad: el mayor valor admisible será 5.

Unidad Funcional de Interruptor.

Está destinada a albergar un interruptor magnetotérmico omnipolar. Los interruptores automáticos de intensidad nominal superior a 63 A. cumplirán lo indicado en la norma UNE 20.103 y dispondrán de relés térmicos regulables entre el 80 y el 100% de su intensidad nominal.

Cableado del Equipo de Medida. El cableado interior del conjunto (entre contadores, reloj y regleta) se efectuará con conductores de cobre V750, clase 2 rígido. Los colores de las cubiertas serán negro, marrón y gris para las fases y azul claro para el neutro.

El cableado exterior (entre regleta y secundario de trafos) se efectuará con conductores de cobre V750 de clase 5 flexible de 4 mm2 de sección para los trafos de tensión y 6 mm2 para los trafos de intensidad. Cada uno de los conductores se identificará en ambos extremos con elementos tipo presilla indeleble que coincidan en su identificación con el rotulado de las regletas de comprobación. Asimismo irán provistos de terminales adecuados.

En el lado de los trafos de medida se usarán terminales de tipo redondo (cerrado). Terminales preaislados de cobre electrolítico soldado con plata.

En el lado de la regleta de verificación se usarán terminales de tipo puntera plateada, debiendo ser el engaste de forma cuadrada.

Ver anexos - página 127

onjuntos de Protección y Medida mayores de 250 A.

Para intensidades superiores a 250 A. se dispondrán dentro de armarios precintables y en compartimientos individuales los siguientes módulos.

Módulos de fusibles de seguridad.

Módulo de transformadores de intensidad.

Módulo de medida.

Módulo de interruptor general automático.

Unidad Funcional de Medida.

Es la unidad destinada a alojar los contadores, el interruptor horario y la borna de comprobación. Esta unidad deberá estar diseñada de forma que permita la fácil instalación y sustitución de los contadores, maxímetros y relojes de dimensiones normalizadas. Las medidas de estos módulos serán de 720 x 540 mm.

Las medidas de los triángulos de fijación de contadores serán las indicadas en la Figura 15.

En el caso de contadores electrónicos de tarificación integrada, las medidas de los módulos se adaptarán a las de los aparatos.

La distancia entre los paneles de fijación de los aparatos y las tapas, de la unidad funcional de contadores, no será inferior a 150 mm, excepto en el emplazamiento del contador con maxímetro que tendrá un mínimo de 170 mm.

La parte frontal de la envolvente correspondiente al maxímetro, llevará una ventana movible y precintable que permita la regularización del mismo, salvo que la tapa de este módulo tenga solamente un tornillo de fijación.

La unidad funcional de comprobación comprende los juegos de bornes necesarios para la conexión de los aparatos de medida a los circuitos secundarios de los transformadores de intensidad. Estos bornes estarán diseñados de tal manera que permitan la sustitución y comprobación de los contadores sin interrupción del servicio.

Se admiten los tipos siguientes:

Regleta de Verificación para suministros en B.T. de Medida Indirecta compuestas de 7 elementos (6 intensidad y 1 de tensión) que se designarán por las siglas U-BT-7E-6I-1T (R,RR,S,SS,T,TT,N).

Regleta de Verificación para suministros en B.T. de Medida Indirecta compuestas de 10 elementos (6 intensidad y 4 de tensión) que se designarán por las siglas U-BT-10E-6I-4T (R,RR,S,SS,T,TT,1,2,3,N).

Unidad Funcional de Transformadores de Intensidad.

Esta unidad estará diseñada de tal forma que los transformadores de intensidad del tipo encapsulable sean fácilmente intercambiables y dispondrán de un módulo precintable independiente del resto del equipo de medida.

Los transformadores de intensidad responderán a lo establecido en la Recomendación UNESA 4201. Serán de clase 0,5 con potencia nominal de 10 VA y un nivel de aislamiento de 0,6 kV. Las relaciones de transformación serán a partir de 300/5A. según tabla 4 adjunta.

Las medidas mínimas interiores de la unidad funcional de trafos de medida se indican en la Figura 8.

Unidad Funcional de Interruptor.

Está destinada a albergar un interruptor magnetotérmico omnipolar. Los interruptores automáticos de intensidad nominal superior a 250 A. cumplirán lo indicado en la norma UNE 20.103 y dispondrán de relés térmicos regulables entre el 80 y el 100% de su intensidad nominal.

Cableado del Equipo de Medida.

El cableado interior del conjunto (entre contadores, reloj y regleta) se efectuará con conductores de cobre V750, clase 2 rígido. Los colores de las cubiertas serán negro, marrón y gris para las fases y azul claro para el neutro.

El cableado exterior (entre regleta y secundario de trafos) se efectuará con conductores de cobre V750 de clase 5 flexible de 4 mm2 de sección para los trafos de tensión y 6 mm2 para los trafos de intensidad. Cada uno de los conductores se identificará ambos extremos con elementos tipo presilla indeleble que coincidan en su identificación con el rotulado de las regletas de comprobación. Asimismo irán provistos de terminales adecuados.

En el lado de los trafos de medida se usarán terminales de tipo redondo (cerrado). Terminales preaislados de cobre electrolítico soldado con plata.

En el lado de la regleta de verificación se usarán terminales de tipo puntera plateada, debiendo ser el engaste de forma cuadrada.

Ver anexos - página 129

.5.2.4. Situación de los Equipos de Medida en los Suministros Individuales.

En suministros individuales de hasta 63A, los Equipos de medida se instalarán preferentemente en cajas de Protección y Medida (CPM), que se situarán conforme a los expuesto en el capítulo 3.3 (tomo III).

En viviendas unifamiliares con fachada a la vía pública, caso habitual en núcleos rurales, cuando se adopte la solución de Caja General de Protección (CGP) y Equipo de Medida separados, éste podrá ir en la fachada, en montaje saliente o empotrado en la pared.

En el resto de los casos, los Equipos de Medida se podrán situar en el interior de la edificación, en zona de uso común, lo más cerca posible de la entrada, a una altura comprendida entre 1,50 y 1,80 metros, en montaje saliente o empotrado en nicho si bien en estos últimos dos casos habrán de colocarse en la parte trasera chapas metálicas de 2,5 mm de espesor.

La pared a la que se fije el Equipo de Medida no podrá estar expuesta a vibraciones ni humedades y tendrá un espesor mínimo de 15 cm (RF 180 como mínimo).

El Equipo de Medida no podrá instalarse próximo a contadores de gas, grifos o salidas de agua, ni cerca de hornos o aparatos de calefacción. Tampoco se aceptará un emplazamiento próximo a trampillas o tolvas, bajadas de escaleras o aparatos en movimiento.

El espacio libre mínimo delante del Equipo de Medida será de 1,10 m. Si hubiese una pared lateral, la distancia mínima del módulo de medida a dicha pared será de 0,10 m.

3.5.3. Instalación de Contadores en forma Concentrada.

En edificios de más de dos clientes, los contadores se instalarán en forma concentrada, en un solo punto o por plantas (Figura 9), no pudiéndose superar en cada centralización la intensidad nominal de 250 A.

En el caso en que se establezcan las Centralizaciones en locales adyacentes a garajes, se deberán cumplir las condiciones de instalación indicadas en la Instrucción MI BT 027.

En cualquier tipo de centralización, cuando se contemplen locales comerciales, habrá de dejarse suficiente espacio libre para poder montar equipos medida que puedan llevar transformadores de intensidad o con reactivas.

3.5.3.1. Suministros colectivos domésticos totalmente centralizados en local cerrado en la planta baja o en el primer sótano de uso común.

La Centralización Total de Contadores podrá utilizarse en edificios de viviendas de hasta 12 plantas, cuando el número de suministros alimentados desde cada centralización no exceda de 48 y su intensidad nominal no supere los 250A.

3.5.3.2. Suministros colectivos domésticos parcialmente centralizados en la planta baja o en el primer sótano y en una o más plantas intermedias.

Se utilizará en edificios de más de 12 plantas y en edificios en los que el número de viviendas sea mayor de 48, siempre que el número de viviendas por planta no sea superior a 14 y su intensidad nominal no supere los 250 A.

3.5.3.3. Suministros colectivos domésticos centralizados en cada planta.

Se utilizará en edificios en los que el número de viviendas por planta sea mayor que 14 y su intensidad nominal no supere los 250 A.

La instalación correspondiente a estos tres primeros casos se puede apreciar en la Figura 9.

Ver anexos - página 130

.5.3.4. Suministros colectivos domésticos totalmente centralizados en espacio abierto sobre un paramento en zona común.

3.5.3.4.1. Colocación de contadores para dos usuarios alimentados desde el mismo lugar.

En este caso se simplifican las instalaciones de enlace al coincidir en el mismo lugar la Caja General de Protección y la situación del Equipo de Medida y no existir, por tanto, la Línea Repartidora (Figura 10).

En consecuencia, el fusible de seguridad sustituye al fusible de la CGP.

3.5.3.4.2. Colocación de contadores para un número de usuarios mayor de dos y no superior a 16.

Cuando el número de contadores centralizados siendo mayor de 2 no supere los 16, el conjunto podrá disponerse en el interior de armarios o cajas homologadas adosadas o empotradas sobre paramento, o en nicho con puerta en zona común, lo más próximo a la entrada general del edificio, con una anchura mínima libre de pared de 1m debiendo quedar, una vez montada la centralización, un margen libre de 20 cm a cada lado de la misma. Deben construirse con materiales no inflamables y tendrán previsto algún sistema para ventilación.

Se consideran espacios abiertos, con acceso libre a cualquier persona: el portal del edificio, descansillos de escaleras, vestíbulo y pasillos.

En cualquier caso, los contadores estarán situados preferentemente en la planta baja, lo más cerca posible de la entrada del edificio y de la canalización de las Derivaciones Individuales y en lugares de fácil acceso para la empresa suministradora.

En el caso de nicho con puerta, la profundidad del mismo será como mínimo 0,32 m (Figura 11).

Ver anexos - página 131

a distancia mínima libre delante de la puerta del armario será de 1,10 m y con respecto al suelo no será inferior a 50 cm. no pudiendo quedar ningún elemento de la centralización de contadores por debajo del nivel de la puerta, según se puede contemplar en la sección del armario (Figura 12). Se dejará punto de puesta a tierra según la Instrucción Complementaria MIBT 023.

El espacio libre que debe quedar entre la parte más saliente de la centralización y el marco de las puertas no será inferior a 5 cm siempre que no exista ningún tipo de elemento de construcción que dificulte la manipulación de los aparatos de protección y medida. Si la pared donde va instalada la centralización de contadores da a un local comercial o zona no común del edificio y no tuviese un espesor mínimo de 20 cm, la superficie trasera de los módulos debe quedar protegida con chapa metálica de 2,5 mm de espesor.

Las puertas del mencionado armario abrirán hacia el exterior y en caso de ser de madera se protegerán con pintura ignífuga, así como el propio armario. Se dotará a la puerta de una cerradura homologada por la empresa suministradora. En el interior del mismo se instalará un punto de luz normal. Dejando libre la apertura de las puertas se instalará en el exterior un extintor contraincendios adecuado.

Ver anexos - páginas 132-133

Los contadores y demás elementos necesarios irán instalados en el interior de conjuntos prefabricados con envolventes aislantes, autoextinguibles clase "A" y que tengan grado de protección IP 407 de acuerdo con lo establecido en la Norma UNE 20324 declarada de obligado cumplimiento y en la Recomendación UNESA 1404. 3.5.3.5. Centralización de Contadores para viviendas unifamiliares aisladas, adosadas, o conjuntos de ellas en las urbanizaciones.

Se podrán dar los siguientes casos:

Ver anexos - página 133

os armarios de poliéster serán reforzados con fibra de vidrio prensado en caliente, autoextinguible y con ventilación a ser posible lateral y un grado de protección IP439 según la Norma UNE 20324 declarada de obligado cumplimiento.

Tanto el armario de centralización como el de protección, podrán ir montados en hornacinas de hormigón, recomendándose la protección antivandálica en aquellas circunstancias que fuera necesario. En cualquier caso deben llevar una placa en sus puertas, que indique la existencia de corriente eléctrica en su interior.

Los módulos para los equipos de medida que se instalen de forma individual en las terrazas u otros lugares apropiados para ello, serán de poliéster prensado con mirillas y de capacidad para 2 contadores monofásicos o un contador trifásico, colocados a una altura no inferior a 1,50 m y con un máximo de 1,80 m, referida del totalizador del contador al suelo.

Tanto los armarios como los módulos para contadores individuales deberán ir provistos de accesorios para poder montar candados homologados de la empresa suministradora. Las partes metálicas serán siempre en acero inoxidable AISI-316L, según la Norma ASTM A 193/A 193 M-88, así como los accesorios del panel de montaje.

En cualquier caso, se dejará previsto un hueco para la posible instalación de un reloj discriminador. 3.5.3.6. Centralización en Cuarto de Contadores (Características del Local).

Cuando el número de suministros excediese de 16 se dispondrá de un local cerrado exclusivamente para este fin, que deberá quedar situado a 0,10 m. sobre la rasante de los pasillos, estará construido con materiales no inflamables, poseerá ventilación adecuada, no estará expuesto a vibraciones, carecerá de humedades, estará separado de otros locales que presenten riesgo de explosión o produzcan vapores corrosivos, dispondrá de sumidero de desagüe cuando lo necesite y no quedará situado por debajo del alcantarillado del edificio. Se dejará punto de puesta a tierra según la Instrucción MIBT023.

Será de fácil y libre acceso, con entrada directa a través de zonas comunes del edificio (nunca a través de puertas intermedias o de garajes ), lo más próximo posible a la entrada del edificio y a la canalización vertical de las Derivaciones Individuales.

La altura mínima del local será de 2,30 metros.

La puerta de este local abrirá hacia el exterior del recinto y sus medidas mínimas serán de 0,70 x 2m; si fuese de madera se protegerá con pintura ignífuga, así como, el recinto de contadores. Se dotará a la puerta de una cerradura homologada por la empresa suministradora para poder acceder al recinto de contadores, tanto el personal de la compañía, como el personal del inmueble.

Ver anexos - página 134

l tipo de cerradura será tal que siempre permita la apertura desde el interior sin utilizar llave.

El recinto de contadores estará equipado con un punto de luz normal, y uno de emergencia con batería cuya autonomía mínima sea de 1 hora y una iluminación mínima de 5 lux; en el exterior del mismo se montará un extintor contraincendios adecuado.

Las paredes sobre las que se fijen los contadores tendrán una resistencia no inferior a la del tabicón (bloque macizo de hormigón prefabricado, de 20 cm de espesor). Los módulos que componen la centralización se fijarán a dicha pared en montaje superficial y nunca empotrados en la misma.

Ver anexos - página 135

on objeto de poder acceder correctamente a los distintos elementos de la Centralización de Contadores, la parte inferior correspondiente al embarrado general y fusibles de seguridad quedará a una altura no inferior a 0,5 m y el contador situado en la posición más alta a una distancia del suelo no superior a 1,80 m. Estas condiciones y las dimensiones mínimas del local se recogen en la Figura 14 y la tabla siguiente:

Ver anexos - página 136

l interior del local estará exento de pilares, columnas, retranqueos que pudieran reducir las dimensiones anteriormente indicadas o dificultar las labores de acceso o mantenimiento.

Las distancias indicadas se entienden como que el local es de planta rectangular. No se admitirán, salvo casos debidamente justificados y que cuenten con la autorización de la empresa suministradora, plantas de tipo poligonal o irregular.

En aquellos casos en que la intensidad requerida sea superior a 250A se instalarán varias centralizaciones. Cada una de ellas se alimentará con su propia Línea Repartidora con protección independiente.

Para el cálculo del número de contadores (o suministros independientes), se tendrá en cuenta la siguiente fórmula:

N = (V + 1 ) + S + (C / 50) . 2 + 2

En la que:

N = Número de Contadores monofásicos.

V = Número de Viviendas.

S = Número de servicios generales.

C = Superficie total en m2 de las plantas comerciales.

En el caso de que el promotor tenga perfectamente definido el número de bajos comerciales del edificio, el cociente C/50 se podrá sustituir por dicho número.

Para determinar las condiciones del local, se contabilizará cada contador trifásico como dos monofásicos. Si se desconoce la distribución de los locales comerciales o industriales en los bajos, se estimará un número de contadores trifásicos por locales comerciales o industriales igual al doble del que resulte de dividir por 50 la superficie total en m2 destinada a locales, más dos contadores trifásicos en concepto de discriminación horaria.

Cuando las instalaciones no estén específicamente proyectadas para la aplicación de tarifas con discriminación horaria, se dejará reservado, no obstante, un espacio correspondiente a un contador por cada columna de contadores, para la posible instalación de un conmutador horario.

En el local de la centralización, en edificios destinados principalmente a viviendas, se colocarán también los contadores correspondientes a los servicios generales del edificio y a los posibles locales comerciales.

Los valores indicados se incrementarán en 0,60 por Línea Repartidora, a efectos de prever el espacio para el módulo de discriminación horaria de "tarifa nocturna".

Ejemplo:

Espacio requerido para la instalación de los contadores correspondientes a una centralización de un bloque de 27 viviendas (27 monofásicos), servicios generales (2 contadores trifásicos, s/potencia prevista en proyecto), y 110 m2 construidos para locales sin definir, sobre 3 paredes del local.
(27 + 1) + (2 x 2 para conversión a monofásico) +

+ [(110 )+] 2 (para conversión a monofásico) =

= 28 + 4 + 13 = 45 (contadores monofásicos)

a + 2b _ 4,10 + 0,60 (módulo "tarifa nocturna") = 4,70 m

Ver anexos - página 137

.5.3.7. Composición de las Centralizaciones.

La Centralización de Contadores deberá ser de un modelo y tipo aceptado por la empresa suministradora y tendrá que cumplir, con carácter general, las especificaciones de la Norma UNE 20098 y de la Recomendación UNESA 1404E, correspondiente al sistema de módulos con envolvente aislante.

En las Centralizaciones podrán darse dos casos:

a) Para menos de 63A ó 50 A en trifásico.

b) Para más de 63A ó 50A en trifásico.

En el primer caso la unidad funcional de embarrado general y fusibles de seguridad será única. En el segundo caso se instalarán en conjuntos modulares independientes con envolventes aislantes.

Unidad Funcional de Embarrado General y Fusibles de Seguridad para menos de 63A ó 50A en trifásico.

El embarrado general estará colocado de manera que sea fácil acceder a él para su revisión, así como para la ampliación o cambio de la conexiones. La separación entre las partes en tensión para realizar lo anterior será de 20 mm como mínimo.

El embarrado estará constituido por pletinas de cobre para usos eléctricos de 20 mm x 5mm. El embarrado soportará corrientes de cortocircuito de 12kA eficaces durante 1s, sin que se produzcan deformaciones permanentes, aflojamientos, pérdida de aislamiento, etc.

Los Terminales de Presión de la Línea Repartidora tendrán una holgura máxima de 1 mm con relación al diámetro pasante del embarrado donde conecte, de tal manera que se garantice una superficie de contacto equivalente a la sección.

Cuando las unidades funcionales de embarrado general y de fusibles de seguridad, se sitúen en el mismo módulo, podrá exigirse una protección que, en el caso de los fusibles del tipo DO, será una placa aislante individual perforada, conocida como embellecedor, por la que puedan sobresalir los tapones roscados.

Los fusibles de seguridad se colocarán sobre el propio embarrado general, y serán del tipo DO2, según Recomendación UNESA 6303.

Unidad Funcional de Fusibles de Seguridad para más de 63A ó 50A en trifásico.

Cuando las intensidades correspondientes a los módulos de medida relativos a los servicios generales o a los locales comerciales o industriales pertenecientes al mismo edificio, resulten superiores a 50A en trifásico ó 63A en monofásico, las unidades funcionales correspondientes, aún formando parte de la misma centralización, se instalarán en conjuntos modulares independientes realizados en envolvente aislante. En este caso se utilizarán bases NH de talla adecuada al fusible correspondiente a la demanda de potencia (Figura 17).

Unidad Funcional de Medida.

El número de contadores que permitirán alojar las envolventes de la Unidad Funcional de Medida, se determinará en función de las dimensiones mínimas que, para la fijación de contadores, se indican en las Figuras 15 y 19.

Cableado.

El cableado de la Centralización de Contadores será de color Negro, Marrón y Gris, para conductores de Fase; Color Azul para conductores de Neutro. Bicolor Verde-Amarillo para conductores de Protección de Tierra.

El cableado de cada derivación individual discurrirá por el interior de conductos situados en la parte posterior de las placas de fijación de los contadores.

El conexionado de centralización deberá efectuarse con cable de Cu rígido -R 10 mm2 según la Norma UNE 20434 para todos los suministros, aislamiento 750V y tensión de prueba 2500V y clase II.

Señalización.

Cada suministro deberá estar claramente señalizado en Fusible de Seguridad y contador recomendándose esta señalización en bornas.

Los cables de entrada y salida a contador deben estar debidamente identificados (entrada y salida).

Ver anexos - página 138

a distancia entre la parte frontal de la placa de fijación y la parte interior frontal de la tapa, será como mínimo de 130 mm, para los contadores monofásicos y de 150 mm, para los contadores trifásicos.

Cada unidad de control horario recibirá corriente del embarrado general a través de su fusible de seguridad independiente.

Unidad Funcional de Bornes de Salida y Conductores de Protección. La envolvente destinada a alojar los bornes de salida de las derivaciones individuales, dispondrá del perfil simétrico EN 50 022-35x7,5, especificado en la Norma UNE 21822.

Los bornes de salida para conectar las derivaciones individuales, tendrán una capacidad de embornamiento comprendido entre 6 y 25 mm2. Los bornes serán de tipo de presión y de diseño tal que no sea necesario soltarlos del perfil para poder realizar las conexiones. La barra de protección estará constituida por una pletina de cobre para usos eléctricos de 20 mm x 5 mm. Esta unidad funcional y la de bornes de salida, irán siempre bajo la misma envolvente.

Dispondrá de un borne para la conexión de la puesta a tierra con una capacidad de embornamiento para cables de secciones comprendidas entre 16 y 50 mm2. Además, dispondrá de bornes para conectar a los mismos los cables de protección de cada derivación individual, cuya sección estará comprendida entre 6 y 16 mm2.

Para no perder el grado de protección 407 establecido, los orificios para el paso de los cables llevarán incorporados dispositivos de ajuste.

Ver anexos - páginas 139-148

3.6. Derivación Individual (DI).

Es la parte de la instalación que enlaza el contador o contadores de cada cliente con los dispositivos privados de mando y protección.

La DI se inicia en el Embarrado General y comprende, los Fusibles de Seguridad, el Equipo de Medida, el cableado correspondiente y los Dispositivos de Mando y Protección.

3.6.1. Conductores.

Las Derivaciones Individuales estarán constituidas por conductores unipolares de cobre con un aislamiento de 750 Voltios, según las Normas UNE 21031, declarada de obligado cumplimiento, y UNE 20434, cuando vayan dentro de un tubo y del tipo VV 0,6/1kV con cubierta metálica según Norma UNE 21123, en los demás casos.

Los conductores serán unipolares, como hemos dicho, sección mínima de 6 mm2 de cobre y su número vendrá fijado por el de fases necesarias para la utilización de los receptores del cliente y por la importancia del suministro.

No deberán presentar ningún empalme o conexión en todo su recorrido. Los suministros monofásicos estarán constituidos por un conductor de fase, uno de neutro y uno de protección.

Los suministros trifásicos estarán constituidos por tres conductores de fase, uno de neutro y uno de protección.

Los colores de las cubiertas serán:

- Negro, marrón o gris para las fases.

- Azul claro para el neutro.

- Amarillo-verde (bicolor) para el conductor de protección.

Todos los conductores de la misma Derivación Individual serán de igual sección. Para su cálculo se tendrá en cuenta:

a) La demanda prevista de cada cliente. Como mínimo será la fijada por la Instrucción MI-BT-010.

b) La máxima caída de tensión admisible, que será: - En contadores instalados de forma individual o concentrados por planta, 0,5%. - En contadores totalmente concentrados, 1,0%.

La caída de tensión se entiende, desde el punto de origen de la Derivación Individual, hasta el punto de conexión del dispositivo privado de mando y protección del cliente.

c) La máxima intensidad admisible por conductor se ajustará a los valores indicados en la Instrucción MI-BT-017.

Cuando algún cliente se acoja a la tarifa 2.0 con discriminación horaria tipo 0 denominada "tarifa nocturna", con limitaciones de la potencia contratada y de la potencia disponible en horas valle, se dispondrán en la Derivación Individual, además de los conductores mencionados, aquellos previstos para el accionamiento de los contactores a instalar en la vivienda, en caso necesario. Estos conductores serán del tipo H07V, según Normas UNE 21031 declarada de obligado cumplimiento y 20434, de 1,5 mm2 de sección y tendrán su origen en los bornes del cambio de tarifa de la centralización y llegarán hasta el cuadro de control a la entrada de la vivienda. Estos conductores serán de color rojo.

La sección de los conductores de protección en relación con la de las fases será la siguiente:


Sección de los Sección de los conductores conductores de fase de protección

S menor de 16 mm2 Igual a S S de 16 a 35 mm2 16 mm2 S mayor de 35 mm2 Mitad de S

3.6.2. Tubos protectores.

Cada Derivación Individual discurrirá por un tubo independiente.

Los conductores constitutivos de cada Derivación Individual irán protegidos en el interior de un tubo aislante de PVC, autoextinguible, rígido o flexible, de grado mínimo de protección 7, en las condiciones establecidas en la Instrucción MI-BT-014.

En los tubos rígidos las uniones entre los distintos tramos serán roscadas o embutidas, de forma que no puedan separarse y se mantenga el grado de estanquidad adecuado.

En los tubos flexibles no se permitirá ninguna unión en todo su recorrido.

Los diámetros nominales serán tales que permitan ampliar un 50% la sección de los conductores inicialmente instalados debiendo disponerse en todos los casos, un tubo de 23 mm de diámetro como mínimo, para cada suministro, en el caso de edificios destinados principalmente a viviendas, y dos tubos por cliente de 29 mm de diámetro como mínimo en los edificios comerciales destinados a una concentración de industrias, tal como establece la MI BT-014.

En cualquier caso, es recomendable disponer de algún tubo más de reserva desde la concentración de contadores hasta las viviendas o locales, para poder atender fácilmente posibles ampliaciones.

En edificios destinados principalmente a viviendas, cuando los locales comerciales no están definidos, se hará una previsión de 2 tubos por cada 50 m2 de local. Asimismo, se dejará instalado un tubo de reserva por cada 10 Derivaciones Individuales o fracción, para atender posibles ampliaciones futuras.

3.6.3. Trazado y emplazamiento.

En su trazado vertical, tanto si van en canaladuras como empotrados directamente en la pared, los tubos discurrirán por lugares de uso común, preferentemente por la caja de escalera y se evitarán las curvas, los cambios de dirección y la influencia térmica de otras canalizaciones del edificio.

Las Derivaciones Individuales se alojarán preferentemente en canaladuras rectilíneas y uniformes a lo largo de la caja de escalera, empotradas o adosadas a la misma.

Ninguna otra instalación se admitirá en el interior de la canaladura.

La parte de las Derivaciones Individuales que discurra horizontalmente, por fuera de la canaladura, para entrar en la vivienda o local irá bajo tubo empotrado directamente en la pared. Dicho tubo, rígido o flexible, será autoextinguible según N.UNE 53315/1 y con grado de protección IPXX7, según N.UNE 20324 declarada de obligado cumplimiento.

En la Figura 30 se recogen las características de la canaladura y sus dimensiones mínimas, según la NTE-IEB-46.

Cuando el número de Derivaciones Individuales sea superior a 24, se dispondrán dos conducciones simétricas.

Las paredes interiores de las canaladuras se alisarán mediante enlucido o mortero hidráulico.

Ver anexos - página 150

a canaladura vertical estará cerrada convenientemente, pero manteniendo registros practicables en todas las plantas, situados a 20 cm de la parte inferior del forjado. Los registros ocuparán todo el ancho de la canaladura y tendrán una altura mínima de 30 cm.

Las tapas serán aislantes o metálicas pudiéndose recubrir de otros materiales con fines estéticos.

Los tubos se fijarán a lo largo de la canaladura en todas las plantas, mediante soportes y abrazaderas. Para la sujeción de los tubos se utilizarán bases soporte, en puente o planas, provistas de abrazaderas manipulables individualmente. Dichas bases estarán protegidas con material aislante y se fijarán a la canaladura en cada planta, 35 cm por debajo del forjado. La distancia mínima entre los ejes de dos tubos consecutivos será de 50 mm, tanto en el caso de una sola fila de tubos (fondo de la canaladura: 15 cm), como en el caso de dos filas de tubos (fondo de la canaladura: 30 cm).

Para evitar caídas de objetos y la propagación de llamas, se dispondrán placas cortafuegos, a la altura del forjado y por lo menos una cada 3 plantas.

En todo caso, en el comienzo de la canaladura se instalará siempre una placa cortafuegos.

Para no perder el grado de protección 7 de resistencia al choque, las salidas de las Derivaciones Individuales del conjunto de la Centralización se efectuarán mediante prensaestopas.

En las Figuras 30, 31, 32 y 33 se puede apreciar lo acabado de exponer.

Ver anexos - páginas 151-154

3.6.4 Longitudes máximas de las Derivaciones Individuales (DI).

Las siguientes tablas recogen las longitudes máximas en metros de los conductores unipolares de cobre de las Derivaciones Individuales, para instalaciones trifásicas y monofásicas, en función de la sección de los conductores, de la caída de tensión (1% para contadores totalmente concentrados) y de las cargas previstas.

Ver anexos - página 154

.6.5 Sistema de instalación con conductores aislados bajo canales protectoras de material plástico.

Se podrán instalar Derivaciones Individuales constituidas por conductores eléctricos aislados bajo canales protectoras de material plástico según la Resolución de 18 de enero de 1988, de la Dirección General de Innovación Industrial y Tecnología del Ministerio de Industria y Energía, siempre y cuando la canal protectora esté constituida por un perfil de paredes llenas que cumpla las características de material y usos contenidos en dicha Resolución.

La sección de la canal debe permitir la ampliación de sección de los conductores en un 100 por 100.

Deberán adoptarse las medidas oportunas para evitar la manipulación indebida, por ejemplo, mediante precintado u otro procedimiento contemplado en la Reglamentación vigente. Las canales protectoras presentarán un grado de protección 7.

3.7. Dispositivo de Control de Potencia.

En la llegada de la Derivación Individual al local o vivienda del cliente, antes del Cuadro de Distribución (que aloja los Dispositivos Privados de Mando y Protección) y en un punto cercano a la puerta de entrada y cómodamente accesible desde el suelo (entre 1,5 y 2 m), se dispondrá una Caja con Tapa, cuya finalidad exclusiva es permitir la instalación del o de los Interruptores de Control de Potencia (ICP) de corte omnipolar.

Las Cajas y sus Tapas correspondientes responderán a la Recomendación UNESA 1407 y deberán, por tanto, estar fabricadas con material aislante de clase "A" y autoextinguible.

Los tornillos de sujeción de la Tapa serán precintables de forma que no se pueda manipular ni el ICP ni su conexionado.

La empresa suministradora podrá exigir el control de la potencia mediante la instalación de un interruptor de control de potencia (ICP).

El ICP lo puede instalar el usuario, a su cargo o bien puede optar por que lo instale la empresa suministradora que cobrará el alquiler correspondiente.

En el caso de viviendas el ICP podría sustituir al interruptor general.

Las características del ICP correspondiente se enumeran a continuación:

- Sus características constructivas se detallan en la Norma UNE 20317 y sus intensidades nominales en la condición 3ª de la Póliza de Abono y en las tablas 1 y 2.

- El ICP permitirá, manualmente, dejar sin tensión toda la instalación interior del cliente.

- El ICP efectuará automáticamente la desconexión cuando se origina una corriente muy elevada a causa de un cortocircuito en la instalación del cliente, o por una sobrecarga debida al excesivo número de aparatos conectados simultáneamente.

En la tabla siguiente se recogen los modelos normalizados, y en las Figuras 34 y 35 las dimensiones de las Cajas y Tapas a emplear en los suministros donde no se prevea la utilización de la tarifa nocturna (modelos CC y CI).

Ver anexos - páginas 155-158

Los suministros que tengan receptores de fuerza motriz se les aplicará el I.C.P. siguiente al escalón de la potencia elegida para contratar.

Para suministros en B.T. superiores a 63A se utilizarán interruptores de intensidad regulable tal como indica la condición 3ª de la Póliza de Abono (Elección de la potencia contratada y control de la misma).

Suministros singulares.

A los suministros singulares que alimentan un solo motor, tales como ascensores, montacargas, bombas contra-incendios, hidrocompresores y similares, se les aplicarán los coeficientes que al pie se detallan (MI BT-034): TABLA 3
COEFICIENTES A APLICAR

POTENCIAS COEFICIENTES

0,75 kW a 1,5 kW 4,5 1,50 kW a 5,0 kW 3,0 5,00 kW a 15,0 kW 2,0 Más de 15,0 kW 1,5

Ver anexos - página 159

jemplos de aplicación de las tablas de transformadores de medida.

a) Nuevas Altas.

Caso 1º: para un suministro de nueva contratación a una tensión de 380/220 v. y una potencia solicitada de 140 kW, le corresponderá instalar transformadores de 300/5 amperios.

Caso 2º: para un suministro de nueva contratación a una tensión de 380/220 v. y una potencia solicitada de 32 kW, le corresponden contadores de medida directa de 15(60) amperios.

b) Modificación de la potencia contratada en suministros ya existentes.

Caso 1º: reducción de potencia contratada.

Un suministro con las siguientes condiciones de contrato:

Potencia contratada: 230kW.

Tensión de suministro: 380/220 Voltios.

Posee transf. de intens. de: 500/5 Amperios.

Desea reducir su potencia de contrato a 135 kW.

Como la potencia que solicita está dentro del límite 132-264 kW, según se muestra en la tabla, podrá continuar con los transformadores de 500/5 A.

Caso 2º: reducción de potencia contratada.

Un suministro con las mismas condiciones de contrato que el caso 1 desea reducir su potencia a 100 kW.

Como la potencia que solicita está fuera del límite 132-264 kW para transformadores de 500/5 A, deberá sustituir los transformadores por otros cuya potencia nominal sea la más próxima superior a la potencia solicitada. En este caso habría que instalar transformadores de relación 200/5 A, cuyo alcance es de 53-106 kW.

Caso 4º: reducción de potencia contratada.

Un suministro con las siguientes condiciones de contrato: Potencia contratada: 35 kW.

Tensión de suministro: 380/220 Voltios.

Posee transf. de intens. de: 100/5 Amperios.

Desea reducir su potencia de contrato a 26 kW.

Como la potencia que solicita está dentro del límite 26-53 kW, podrá continuar con los transformadores de 100/5 A.

Caso 5º: reducción de potencia contratada.

Un suministro con las mismas condiciones de contrato que el caso 4 desea reducir su potencia a 25 kW.

Como la potencia que solicita está fuera del límite 26-53 kW para transformadores de 100/5 A, se deberán de eliminar los transformadores de medida e instalar contadores de medida directa.

Caso 6º: aumento de potencia contratada.

Un suministro con las mismas condiciones de contrato que el caso 1 desea aumentar su potencia a 260 kW.

Como la potencia que solicita está dentro del límite 132-264 kW, según se muestra en la tabla, podrá continuar con los transformadores de 500/5 A.

Caso 7º: aumento de potencia contratada.

Un suministro con las mismas condiciones de contrato que el caso 1 desea aumentar su potencia a 400 kW.

Deberá sustituir sus transformadores de intensidad por otros de relación 1.000/5 A, cuyo alcance es de 264-528 kW.

3.8. Dispositivos Privados de Mando y Protección (ID. PIAs)

A continuación del Interruptor de Control de Potencia (ICP) irá un Cuadro de Distribución que alojará el Interruptor Diferencial (ID) y demás Dispositivos Privados de Mando y Protección (PIAs):

Ver anexos - página 161

l margen de esta disposición se podrían adoptar otras siempre y cuando se garanticen por el fabricante la inviolabilidad de las conexiones y precintos del ICP.

Los ICP tendrán un poder de corte mínimo de 6 kA.

3.8.1. Sistemas de protección contra Contactos Indirectos.

El sistema admitido para la Protección contra Contactos Indirectos es el de Puesta a Tierra de las Masas y empleo del Interruptor Diferencial (ID).

En ningún caso se permitirá la unión de tierras con el conductor neutro.

3.8.2. Características de los Interruptores (ID).

Los ID serán como mínimo de 25A y 30 mA de sensibilidad, de acuerdo con la Norma UNE 20383.

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