BOC - 1997/170. Miércoles 31 de Diciembre de 1997 - 1843

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Vicepresidencia del Gobierno

1843 - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 1997, de la Viceconsejería de Justicia y Seguridad, por la que se resuelve el concurso de traslado entre funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses convocado por Resolución de 31 de octubre.

Descargar en formato pdf

Visto que en virtud de Resolución de fecha 31 de octubre de 1997 se procedió a la convocatoria del concurso de traslado de plazas vacantes de Forensías, Agrupaciones de Forensías para el Cuerpo de Médicos Forenses en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Examinado el expediente instruido para la provisión en concurso de traslado de Forensías y Agrupaciones de Forensías vacantes anunciado por Resolución de la Dirección General de Justicia y Seguridad de 31 de octubre de 1997 publicada en el Boletín Oficial del Estado y Boletín Oficial de Canarias de 13 y 14 de noviembre, respectivamente, y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 455 y 500.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses, y Real Decreto 1.619/1997, de 24 de octubre, por el que se modifica el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses.

Una vez que ha entrado en vigor el nuevo Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno y crearse como consecuencia de ello la Viceconsejería de Justicia y Seguridad.

Esta Viceconsejería, en el ejercicio de las competencias asignadas en el artículo 12.4 del Decreto 284/1997, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 239/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno (B.O.C. nº 160, de 12 de diciembre),

R E S U E L V E:

Primero: nombrar para los destinos que se indican a los Médicos Forenses que en el anexo se relacionan, que reuniendo las condiciones legales, ostenten derecho preferente.

Segundo: declarar desiertas aquellas plazas convocadas en el concurso que no han sido cubiertas por un titular.

Tercero: a) El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de un (1) mes, pero, cuando no implique cambio de residencia, deberá efectuarse en los tres días hábiles siguientes al cese.

b) El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al cese que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

c) Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Cuarto: el traslado del funcionario que se halle en el disfrute de vacaciones, permisos o licencias de enfermedad y embarazo, tendrá efectividad a partir de la finalización de éstos. El día de su incorporación cesará en su anterior destino, disponiendo, a partir de ese momento, de tres días hábiles o un mes, de plazo posesorio.

Quinto: recursos. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso ordinario ante el Vicepresidente del Gobierno de Canarias en el plazo de un mes a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico para su conocimiento y demás efectos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de diciembre de 1997.- El Viceconsejero de Justicia y Seguridad, Jaime Celso Rodríguez Cíe.

Ver anexos - página 15481



© Gobierno de Canarias