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BOC Nº 160. Viernes 12 de Diciembre de 1997 - 1710

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1710 - ORDEN de 4 de diciembre de 1997, por la que se convocan becas-subvenciones para prácticas de estudiantes universitarios y postgraduados.

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Con el objetivo de acercar los procesos de enseñanza y aprendizaje a la realidad laboral y lograr que la oferta educativa coincida con las demandas y necesidades del entorno socioeconómico, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, mediante esta Orden, promueve subvenciones a los/las estudiantes universitarios/as y postgraduados/as dirigidas a facilitar su integración en el mundo del trabajo y ayudar a familias económicamente desfavorecidas. Asimismo, se pretende que los/las beneficiarios/as de estas subvenciones desarrollen como monitores/as actividades que complementen la formación que reciben los/las escolares en los Centros educativos o de actividades de apoyo en los Centros de Tercera Edad.

Desde esta perspectiva la presente convocatoria amplía la política de becas del Gobierno de Canarias, y pretende establecer vínculos de carácter formativo entre la enseñanza universitaria y los Centros no universitarios.

Por ello, y en virtud de las facultades que me otorga el artº. 5.1 del Decreto 6/1995, de 27 de enero (B.O.C. nº 19, de 13.2.95), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de acuerdo con lo previsto en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 24 de febrero de 1983, de tramitación anticipada de expedientes de gasto (B.O.E. nº 65, de 17.3.83),

D I S P O N G O:

Primero.- Objeto de la convocatoria.

Se convocan becas-subvenciones para la realización de prácticas, consistentes en el desarrollo de actividades complementarias y extraescolares en Centros públicos educativos y Centros de Tercera Edad.

La finalidad de las subvenciones convocadas por la presente Orden es facilitar las prácticas formativas y el perfeccionamiento de los/las estudiantes universitarios/as y postgraduados/as. Con el fin de cubrir de la forma más efectiva este objetivo, los/las becarios/as serán asignados/as a los siguientes tipos de centros, teniendo en cuenta que única y exclusivamente podrán solicitar un máximo de tres actividades a impartir:

A) Centros públicos no universitarios, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de la Comunidad Autónoma de Canarias, preferentemente en Centros vinculados al Programa de Calidad Educativa.

En este caso, los/las becarios/as asignados/as a este tipo de centros, serán monitores/as educadores/as, y deberán dedicarse a la realización de las siguientes actividades: A.1. Actividades extraescolares de desarrollo artístico-deportivo, desarrollándose obligatoriamente fuera del horario escolar:

Actividades artísticas Actividades deportivas

Plástica Deportes en general Música Educación Física de Base

Teatro Juegos y deportes autóctonos

Ballet Otras

Medio Ambiente

Folclore

Artesanía

Cultura canaria

Talleres lúdicos

Otras

A.2. Actividades extraescolares de apoyo educativo, desarrollándose obligatoriamente fuera del horario escolar:

Taller de Lengua

Taller de Matemáticas

Taller de Idioma

Informática

Habilidades sociales

Técnicas de Estudio Animación a la lectura

Biblioteca

Educación Vial

Psicomotricidad

Otras

A.3. Coordinación de las actividades extraescolares, considerando que dicha labor estará dirigida hacia los/las monitores/as-educadores/as que estarán en los centros. El horario de los/las mencionados/as coordinadores/as lo establecerán los/las responsables del Programa, dependiendo de las necesidades del mismo. Pudiendo, si fuera necesario, simultanear esta actividad, con la del/la monitor/a (apartados A.1 y A. 2).

B) Centros de Tercera Edad dependiente de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En este caso las actividades a desarrollar serán las siguientes:

B.1. Participar en el Plan General de Actividades.

B.2. Elaborar y desarrollar actividades auxiliares de psicomotricidad, lenguaje, dinámica y habilitación personal y social.

B.3. Colaborar en el seguimiento o la evaluación del proceso recuperador.

B.4. Participar elaborando y desarrollando actividades en las áreas de ocio y tiempo libre.

B.5. Realizar las siguientes actividades:

Actividades artísticas Actividades físicas

Teatro Gimnasia de mantenimiento Geriátrica

Música Natación

Pintura Caminatas

Manualidades Aerobic

Otras Fisioterapia y recuperación

Otras

Actividades culturales Aulas de Educación Charlas Salud

Visitas culturales Educación de Adultos

Lectura Otras

Habilidades interper- sonales

Trabajo Social

Otras Los beneficiarios y las beneficiarias de las subvenciones que realicen las actividades del tipo A.1, A.2, A.3 y B.5 deberán realizar las mismas en los Centros que les asigne la Comisión Seleccionadora, apartado 7º de esta convocatoria. En caso contrario, deben presentar renuncia expresa a la concesión de esta subvención, según modelo anexo V. La presentación de la citada renuncia supondrá la pérdida inmediata de la condición de becario o becaria.

C) Actividades a realizar en Redinet y el I.C.E.C. un/a becario/a por programa y provincia.

Segundo.- Importe y aplicación presupuestaria.

2.1. La concesión de estas subvenciones se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.423C.480.00 L.A. 18484002 becas para la realización de actividades extraescolares, quedando este proyecto de gasto condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente, por un importe de 50.000.000 de pesetas.

2.2. El crédito citado podrá ser ampliado si las disponibilidades presupuestarias lo permiten y previas las correspondientes modificaciones de crédito, en su caso.

2.3. La dotación económica de cada subvención es de 240.000 pesetas brutas.

Tercero.- Requisitos exigidos.

3.1. Estar matriculado/a o haber finalizado sus estudios en una Universidad de la Comunidad Autónoma de Canarias, o en la U.N.E.D. Canaria, excepto aquellos/as alumnos/as universitarios/as residentes en Canarias, que por no hallarse la Facultad de los estudios elegidos en esta Comunidad Autónoma, hayan tenido que desplazarse a otra Universidad.

3.2. Podrán optar a la subvención:

3.2.1. Aquellos/as alumnos/as universitarios/as que:

3.2.1.1. Estén cursando el último curso o el penúltimo de la titulación en la que está matriculado/a y no tener más de dos asignaturas pendientes de cursos anteriores; no haber disfrutado de esta beca o haber finalizado los estudios en el curso 1996/97 y no haber disfrutado de la misma.

3.2.1.2. Sean residentes en isla no capitalina y hayan finalizado los estudios en el curso 1995/96 y 1996/97 y no haber disfrutado de esta subvención. Estos/as subvencionados/as deben desarrollar la beca-subvención en su isla de residencia.

3.2.1.3. Habiendo disfrutado de la subvención en el curso 1996/97 por primera vez en Centros públicos no universitarios, y cuenten con informe positivo de los/las responsables del Programa, para realizar actividades del tipo A.1, A.2 y A.3.

3.2.1.4. Habiendo disfrutado de la subvención en el curso 1996/97 por primera vez en Centros de Tercera Edad, y cuenten con informe positivo de los/las responsables del Programa, para realizar actividades según el apartado B.5. En este caso, el número de subvencionados/as será hasta un máximo de cinco.

Todos los requisitos anteriormente mencionados quedarán acreditados en la declaración responsable realizada por cada uno de los/las solicitantes según modelo anexo II adjunto a esta convocatoria.

En el caso de los informes emitidos por los/las responsables del Programa de Actividades Extraescolares de la Dirección General de Promoción Educativa o de la Dirección General de Empleo y Asuntos Sociales, éstos se adjuntarán a la documentación correspondiente a cada uno/a de los/las solicitantes, con anterioridad a la constitución de la Comisión Seleccionadora (apartado 7º).

Cuarto.- Solicitudes y documentación a aportar por los/las interesados/as.

4.1. Las solicitudes se presentarán de acuerdo con el modelo que se incluye como anexo I-A, anexo I-B y anexo I-C, y se dirigirán a la Ilma. Sra. Directora General de Promoción Educativa, en las que se hacen constar, entre otros, los siguientes datos: relación priorizada de las tres actividades que desea impartir y de municipios en los que se pretende actuar.

4.2. Declaración responsable según modelo anexo II.

4.3. Datos complementarios según modelo anexo III.

4.4. Documento Nacional de Identidad y N.I.F. del solicitante en folio sin recortar.

4.5. Documento de Altas a Terceros de la Tesorería de la Consejería de Economía y Hacienda. Este documento debe tramitarse ante la Consejería mencionada, y posteriormente adjuntarlo al resto de la documentación. 4.5.1. Certificado de notas, expedido por la Universidad correspondiente.

4.5.2. Declaración de la renta de los/las beneficiarios/as, o bien el de sus padres correspondiente al año 1996.

4.5.3. Fotocopia compulsada o cotejada de los cursos y experiencias en el ámbito de la intervención social.

Toda la documentación a la que se refiere este apartado, incluidos todos los anexos, ha de ser presentada en original por triplicado (en bloques separados con firmas originales siempre), excepto los documentos 4.4 y 4.5, que por ser documentos intransferibles se presentarán en triple fotocopia, debidamente compulsada o cotejada según Decreto 6/1995.

4.6. Por otro lado, una vez les ha sido notificada su condición de beneficiario/a, los/las becarios/as deberán remitir a la Dirección General de Promoción Educativa documento de aceptación expresa -según modelo anexo IV- de la subvención concedida, en el plazo máximo de 15 días a partir de la fecha de la notificación de la misma. Requisito este indispensable para proceder al ingreso correspondiente en la cuenta corriente bancaria del/de la interesado/a, y como está establecido en el Decreto 6/1995. En el caso que el/la beneficiario/a decidiera renunciar a la subvención concedida, deberá cumplimentar el anexo V, y remitirlo a la Dirección General en el plazo de cinco días hábiles a partir de la incorporación al Centro de destino. El/la solicitante que cumplimente el citado anexo V, aceptará la pérdida inmediata de su condición de subvencionado/a, tal y como se expresa en el apartado primero de esta Orden.

Los anexos IV y V han de ser presentados en triple copia con firmas originales.

4.7. En el supuesto que el/la subvencionado/a decidiera remitir a la Dirección General de Promoción Educativa los anexos IV y V mencionados a través de una oficina de Correos, deberá el anexo respectivo ser sellado y fechado por el funcionario o funcionaria correspondiente, antes de introducir el documento en el sobre. Dicho documento deberá ser enviado, igualmente, en triple copia con firmas originales.

4.8. La falsedad de los datos aportados implica la anulación automática de la condición de becario/a.

Quinto.- Lugar y plazo de presentación de las solicitudes. 5.1. Las solicitudes, junto con la documentación requerida en las condiciones y orden de presentación expresadas en el apartado cuarto, se presentarán en la Dirección General de Promoción Educativa, sita en la calle León y Castillo, 57, 6ª planta, 35003-Las Palmas de Gran Canaria; Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, sita en la calle J.R. Hamilton, 14, Edificio Mabell, 38001-Santa Cruz de Tenerife, o las Oficinas Insulares de Educación, e irán dirigidas a la Directora General de Promoción Educativa.

Igualmente, se podrán presentar en cualquiera de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo, en este supuesto, comunicarlo mediante fax-teléfono (928) 453661 (sólo los anexos I-A, I-B y I-C) o telegrama a la Dirección General de Promoción Educativa.

En el supuesto que se optara por presentar la solicitud en una oficina de Correos, ésta se presentará al funcionario correspondiente, con el sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada. La copia que le entrega la oficina de Correos sellada será remitida vía fax-teléfono (928) 453661 (solamente los anexos I-A, I-B y I-C) o comunicarlo mediante telegrama.

5.2. El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

5.3. Concluido el plazo de presentación, la Secretaría General Técnica, Consejería de Educación, Cultura y Deportes y Oficinas Insulares de Educación remitirán en el plazo de cinco días hábiles, a la Dirección General de Promoción Educativa, las solicitudes que hayan tenido entrada en los citados centros.

Sexto.- Subsanación de defectos de la solicitud o documentación.

Si la solicitud o la documentación exigida no reuniera los requisitos expresados en el apartado 4º, se le requerirá para que subsane la falta, de conformidad en lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pasados diez días de la fecha en la que haya recibido dicho requerimiento, sin haber subsanado los errores advertidos, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite su solicitud.

En el supuesto que algún/alguna beneficiario/a decidiera remitir los documentos por correo, deberá actuarse exactamente igual a lo ya expresado en el apartado 4.7. Séptimo.- Comisión Seleccionadora.

7.1. Con el fin de valorar la documentación que se presente con arreglo a esta convocatoria, se constituirá en la Dirección General de Promoción Educativa una Comisión de Selección que estará formada por los siguientes miembros:

A) La Directora General de Promoción Educativa o persona en quien delegue, que actuará como Presidente/a.

B) Tres responsables del Programa.

C) Un representante de la Dirección General de Servicios Sociales.

D) Un/a funcionario/a de la Dirección General de Promoción Educativa, que actuará como Secretario/a y levantará acta de la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.2. Para la válida constitución de la Comisión Seleccionadora, se estará a lo dispuesto en el artículo 26 de la disposición citada en el apartado anterior.

7.3. La citada Comisión propondrá al Órgano competente para conceder estas subvenciones una relación nominada de candidatos/as y centros ordenada según la prioridad que deban tener para acceder a la subvención, en la que se incluirán los/las reservas, que serán todos/as aquellos/as que no recibieron subvenciones salvo los/las excluidos/as por no ajustarse a la Orden.

Octavo.- Criterios objetivos que han de servir de base a la concesión.

La Comisión propondrá la concesión de subvenciones teniendo en cuenta los siguientes criterios en orden decreciente:

a) Situación socio-económica del/de la beneficiario/a (40%).

b) Certificado de notas (30%).

c) Experiencia en el ámbito de intervención social (20%).

d) Cursos realizados relacionados con la actividad que vaya a realizar (10%).

Tendrán prioridad los/las que hayan acabado sus estudios; a continuación los/las que estén en el último curso y finalmente los/las que estén en el penúltimo curso de su carrera.

Noveno.- Propuesta de concesión.

Una vez efectuada la selección por la Comisión, ésta elevará la propuesta de concesión de subvenciones a la Dirección General de Promoción Educativa, así como relación motivada de aquellas solicitudes que hayan quedado excluidas. En esta relación estará incluido un número determinado de reservas (que serán todos/as aquellos/as que no recibieron subvención, y pasarán a la reserva, salvo los/las excluidos por no ajustarse a la Orden), éstos/as se incorporarán en aquellos casos en los que se produzca renuncia de alguno/a de los/las seleccionados/as. Al/a la citado/a reserva, se le abonará la parte correspondiente de subvención, proporcional al tiempo de dedicación a la actividad asignada.

A los/las reservas se les llamará por orden de prioridad propuesta por la Comisión, en cualquier caso, en base a las necesidades del Programa, perdiendo la condición de reserva en el caso de no acudir a la convocatoria de los/las responsables del Programa, en el plazo de tres días hábiles a partir de la notificación.

La no incorporación al centro de destino en un plazo máximo de cinco días hábiles, conlleva la pérdida de la condición de subvencionado/a. Cualquier renuncia, significará igualmente la pérdida de condición de subvencionado/a, y ésta conllevará el reintegro de las cantidades percibidas a la Hacienda de nuestra Comunidad, salvo casos debidamente acreditados, que serán evaluados por la Comisión y autorizados por la Dirección General de Promoción Educativa.

Décimo.- Orden de concesión y plazo en el que la convocatoria debe resolverse.

10.1. La resolución de esta convocatoria, que se realizará antes del 31 de marzo de 1998, queda delegada a la Dirección General de Promoción Educativa, la cual resolverá de acuerdo con la propuesta de la Comisión Seleccionadora, sin perjuicio de las potestades de revocación y avocación, por parte del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, con respecto a las facultades que se delegan. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el Consejero de Educación, Cultura y Deportes.

10.2. La falta de resolución expresa en el plazo indicado tendrá carácter desestimatorio.

10.3. Se autoriza a la Dirección General de Promoción Educativa para dictar las instrucciones precisas para la ejecución de esta Orden. Undécimo.- Forma y condiciones para el abono.

11.1. La dotación económica, cuyo importe asciende a 240.000 pesetas, se abonará por transferencia a la cuenta corriente de los/las interesados/as.

11.2. Dichos pagos se tramitarán previos informes de los/las responsables que designe la Dirección General de Promoción Educativa, de que se ha realizado la actividad para la que fue concedida la subvención.

11.3. Al/a la reserva, en caso de renuncia de alguno/a de los subvencionados/as, se le abonará la parte correspondiente de subvención proporcional al tiempo de dedicación a la actividad asignada.

11.4. Toda alteración de las circunstancias y de los requisitos tenidos en cuenta para el otorgamiento de la subvención y, en todo caso, la obtención por el/la beneficiario/a de ayudas y subvenciones concedidas por otras Administraciones o Entes públicos, darán lugar a la modificación de la Orden de concesión, sin que en ningún caso impliquen modificación de la finalidad de la subvención.

11.5. Sólo podrá aplicarse la subvención a la finalidad indicada en la base primera de esta Orden.

Duodécimo.- Justificación.

A efectos de justificación del gasto realizado por la subvención recibida, se considerará válido el informe emitido por los/las responsables del Programa, en el que se hará constar, de forma expresa, que la subvención recibida ha sido destinada a la finalidad para la que fue concedida. Dicha justificación se realizará antes del 31 de diciembre de 1998.

Decimotercero.- Obligaciones del beneficiario y beneficiaria.

13.1. Los/las beneficiarios/as de las subvenciones están sujetos/as a las siguientes obligaciones:

a) Las de carácter general que el Decreto 6/1995, de 27 de enero (B.O.C. nº 19, de 13.2.95), impone a todo/a beneficiario/a de una ayuda o subvención proveniente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de las señaladas en otros apartados de la presente Orden.

b) Comprometerse al cumplimiento de las normas establecidas en esta Orden y de las que dicte la Dirección General de Promoción Educativa en orden al seguimiento de la práctica-formativa y perfeccionamiento.

c) Acreditar los requisitos exigidos para la concesión o disfrute de la subvención. d) Prestar su colaboración durante quince horas semanales, desde el día siguiente de la concesión, hasta el 5 de junio de 1998, ambos inclusive.

En cualquier caso el plazo máximo en el que han de desarrollarse las actividades mencionadas, será antes de 30 de junio de 1998.

e) A coordinarse con el resto de servicios y colectivos que incidan en su actuación en cada centro o zona. A estos efectos están obligados/as también a facilitar toda la información complementaria que se les pida y a someterse a las actuaciones de comprobación y control que se requieran por las entidades que correspondan.

f) Los/las becarios/as tendrán que reunirse, como mínimo, una vez al mes, en horario de mañana, con el profesorado de los centros asignados, que será detraída de sus quince horas semanales.

g) Aceptar las actividades, los centros y los municipios adjudicados por los/las responsables del Programa.

h) Los/las becarios/as para actividades de coordinación, igualmente, deben aceptar la zona adjudicada por los/las responsables del Programa.

i) Las personas subvencionadas tendrán que justificar su falta a la actividad:

- Los que falten a la actividad hasta tres días consecutivos o hasta cinco días no consecutivos, tendrán que presentar una declaración responsable o cualquier documentación acreditativa debidamente fundamentada de las razones de la falta (original para la Consejería y copia para los centros).

- Fuera de estos supuestos, se pierde la condición de subvencionado/a, salvo casos debidamente acreditados, que serán evaluados por la Comisión y autorizados por la Dirección General de Promoción Educativa.

j) Los/las becarios/as podrán asistir a exámenes teniendo que presentar justificante de asistencia al mismo (original para la Consejería y copia para los centros). Por otra parte los/las responsables del Programa podrán contemplar otro tipo de peculiaridad no contemplada anteriormente y sin embargo debidamente acreditada que pueda ser estimada por los/las responsables de la Dirección General de Promoción Educativa.

k) Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con las subvenciones concedidas, se practiquen por el órgano concedente, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias o el Tribunal de Cuentas, así como facilitar toda la información que les sea requerida por los mismos o, en su caso, por la Entidad colaboradora.

l) Por necesidades de la zona, los/las responsables del Programa podrán nombrar coordinadores/as de entre los/las monitores/as (A.3). Asimismo, se podrán eximir de las funciones de coordinación realizando exclusivamente tareas de monitores/as educadores/as (A.1 y A.2), cuando fuera necesario.

13.2. La presente subvención es incompatible con cualquier otra que el/la becario/a pueda obtener en el mismo curso escolar concedida por cualquier Administración Pública excepto becas-préstamos.

13.3. Se presume, de todas las solicitudes presentadas para acogerse a esta convocatoria, la aceptación incondicionada de las bases de ésta, así como las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma. Por otro lado, los/las beneficiarios/as de la subvención deberán remitir a la Dirección General de Promoción Educativa, en el plazo de 15 días, a partir de la notificación, la aceptación expresa de la misma, según modelo de anexo IV.

13.4. Si el/la becario/a incumple estas obligaciones no podrá exigir el abono de la subvención concedida y, en los casos que proceda, deberá reintegrar la cantidad percibida más el interés de demora devengado desde el momento del abono. Todo ello sin perjuicio de las sanciones que procedan y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 6/1995, de 27 de enero.

Decimocuarto.- Reintegro.

14.1. No será exigible el abono de la subvención, o en su caso procederá la devolución íntegra de la cantidad percibida más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención, cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:

a) La obtención de la subvención sin reunir los requisitos exigidos para su concesión.

b) El incumplimiento del destino de los fondos públicos a la realización de la actividad o adopción de la conducta o de las condiciones establecidas en la Resolución de concesión de la subvención.

c) El incumplimiento del deber de justificación del empleo de los fondos recibidos en concepto de subvención. Asimismo, procederá el reintegro del exceso en los supuestos en que, por concesión de ayudas o subvenciones de otros Departamentos de la Administración autonómica, Administraciones o Entes públicos, la cuantía de las ayudas o subvenciones concedidas supere el coste de la actividad realizada o conducta adoptada por el beneficiario.

14.2. En el supuesto de subvenciones, procederá también el reintegro del exceso en los supuestos en que por obtención de otros ingresos propios de dicha actividad o afectos a la conducta subvencionada, la cuantía de las ayudas o subvenciones concedidas supere el coste de la actividad realizada o de la conducta adoptada por el beneficiario.

14.3. Procedimiento de reintegro.

a) El procedimiento se iniciará de oficio como consecuencia de la propia iniciativa del órgano concedente de la ayuda o subvención, propuesta de la Intervención General o de otros órganos mediante informe razonado sobre la procedencia del reintegro, o de denuncia.

b) La resolución de los expedientes de reintegro se dictará por el órgano concedente, previo expediente administrativo con audiencia del/de la interesado/a por un plazo no inferior a diez días. De esta resolución se dará cuenta al órgano competente en materia de tesoro y a la Intervención General.

14.4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público y su cobranza se llevará a efecto por tesoro con sujeción a los procedimientos establecidos para esta clase de ingresos.

Decimoquinto.- En lo no previsto en la presente Orden será de aplicación el Decreto 6/1995, de 27 de enero, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Contra la Orden de convocatoria cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses a contar de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Canarias, previa la comunicación al Consejero de Educación, Cultura y Deportes, exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de diciembre de 1997.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera. A N E X O I-A

SOLICITUD

Titulación en la que está matriculado/a o finalizado

Universidad

DATOS PERSONALES

APELLIDOS: .......................................................................................................................................................................................... NOMBRE: ....................................................................................................................... N.I.F.: ............................................................ DOMICILIO: CALLE .......................................................................................................................................................................... Nº: ...................................... PISO: .......................................... PUERTA: ........................................... C.P.: .......................................... LOCALIDAD: ......................................................................................................................................................................................... ISLA: ........................................................................................................................................................................................................ FECHA DE NACIMIENTO: ................................................................................................................................................................. TELÉFONOS DE CONTACTO: ..........................................................................................................................................................

En su nombre expone:

Que reúne los requisitos y desea acogerse a la subvención para prácticas de estudiantes universitarios/as y postgraduados/as, establecida por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, para lo cual presenta esta solicitud haciendo constar:

1. Que me hallo al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2. Que no he recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente Público (en otro caso, hará constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas).

3. Que he procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los Órganos de la Administración autonómica.

4. Que no me hallo inhabilitado/a para recibir ayudas o subvenciones de la Administración autonómica.

Asimismo, hace constar que acompaño al presente anexo I-A, los anexos I-B, I-C, II y III, debidamente cumplimentados, así como el D.N.I., N.I.F., cartilla del paro o resguardo de matrícula (todos ellos en folios sin cortar) y documento de Alta a Terceros. Todo ello en triple copia, en bloques separados, con firmas originales, excepto el D.N.I., N.I.F., cartilla del paro, resguardo de matrícula y Alta a Terceros, que por ser documentos intransferibles se presentan en triple fotocopia.

......................................................................, a ....... de ....................... de 1997.

Firma del/de la solicitante.

ILMA. SRA. DIRECTORA GENERAL DE PROMOCIÓN EDUCATIVA. ANEXO I-B

APELLIDOS: ............................................................................................... NOMBRE: .........................................................

En su nombre EXPONE:

Desea acogerse a la modalidad que a continuación se señala, y en el orden de preferencia señalado (1) (2):

A) Centros públicos de enseñanza no universitaria.

A.1. Actividades extraescolares de desarrollo artístico

Plástica Folklore Música Artesanía Teatro Cultura Canaria Ballet Talleres lúdicos Medio Ambiente Otras: ...

A.2. Actividades extraescolares deportivas

Deporte en general Juegos y Deportes Autóctonos Educ. Física de Base Otras: ...

A.3. Actividades extraescolares educativas

Taller de Lengua Técnicas de Estudio Taller de Matemáticas Animación a la lectura Taller de Idiomas Biblioteca Informática Educación Vial Habilidades Sociales Psicomotricidad Otras ... Otras ...

A.4. Actividades de coordinación

Coordinación

Que las actividades señaladas desea realizarlas en los siguientes municipios (3):

Dispongo de coche: SÍ: ................. NO: ..............

.............................................................., a ............ de ............................. de 1997.

Firma del/de la solicitante.

(1) Marcar única y exclusivamente un máximo de tres (3) actividades, por orden de prioridad (1º, 2º, 3º) y para las que se está capacitado/a. (2) Los/las beneficiarios/as que hayan disfrutado de la subvención en el curso 1996/97, y realizaban la actividad en Centros públicos de enseñanza no universitaria, podrán optar sólo por la actividad del tipo A.4. (3) Los/las solicitantes deberán indicar tres municipios por orden de preferencia. A N E X O I-C

APELLIDOS: ............................................................................................... NOMBRE: .........................................................

En su nombre EXPONE:

Desea acogerse a la modalidad que a continuación se señala, y en el orden de preferencia señalado (1):

B) Centros de Tercera Edad

Actividades artísticas

Teatro Música Pintura Manualidades Otras: ... Otras: ...

Actividades físicas

Gimnasia de mantenimiento Geriátrica Caminatas Natación Aerobic Fisioterapia y rehabilitación Otras: ...

Actividades culturales

Charlas Habilidades interpersonales Visitas culturales Trabajo Social Lectura Otras: ...

Aula de Educación

Salud Educación Adultos Otras: ... Otras: ... Que las actividades señaladas desea realizarlas en los siguientes municipios (2):

Dispongo de coche: SÍ: ........................ NO: ............................

............................................................, a ........... de ...................................... de 1997.

(1) Marcar exclusivamente un máximo de tres (3) actividades, por orden de prioridad (1ª, 2ª, 3ª) y para las que se esté capacitado/a. (2) Los/las solicitantes deberán indicar tres (3) municipios por orden de preferencia. A N E X O I I

APELLIDOS: ................................................................................................................................................................................................................... NOMBRE: .................................................................................................................................................... N.I.F.: ...................................................... DOMICILIO: CALLE ..................................................................................................................................................................................................... Nº: .................................................... PISO: ................................................ PUERTA: ................................................ C.P.: ................................. LOCALIDAD: ..................................................................................................... MUNICIPIO: ............................................................................. ISLA: ..................................................................................................... PROVINCIA: .................................................................................................

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:

.........................................................., a ................... de ........................ de 1997.

Firma del/de la solicitante.

(1) Indicar si es curso 1995/96 ó 1996/97. (2) Sumar los rendimientos netos de todos los miembros de la unidad familiar, independientemente de que se haya realizado la Declaración de la Renta o no, y dividir por el total de ellos. A N E X O I I I

APELLIDOS: ............................................................................................................... NOMBRE: ......................................................................

1.- EXPERIENCIA EN LAS ACTIVIDADES DE CARÁCTER SOCIAL (1) (movimiento juvenil, ecologista, social, etc.):

Ver anexos - página 14245

2.- ESTUDIOS REALIZADOS:

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3.- CURSOS RELACIONADOS CON LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR (2):

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4.- EXPEDIENTE ACADÉMICO:

La nota media de los cursos universitarios realizados es: .................................................... resultado obtenido de dividir: suma total de las calificaciones positivas por la suma total de asignaturas aprobadas, teniendo en cuenta: Suficiente: 5,5; Aprobado/Bien: 6,5; Notable: 7,5; Sobresaliente: 8,5; Matrícula de Honor: 10.

............................................................................., a ................ de ................................. de 1997.

Firma del/de la solicitante.

(1) Indicar sólo aquellas experiencias que se puedan acreditar (indicar si han sido remuneradas o no). (2) Indicar los cursos que no hayan sido indispensables para la obtención del título y que se puedan acreditar. DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN EDUCATIVA CALLE LEÓN Y CASTILLO, 57, 6ª PLANTA 35003-LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

A N E X O I V

APELLIDOS: ................................................................................................................................................................................................................... NOMBRE: .................................................................................................................................................................................................................... DOMICILIO: CALLE ..................................................................................................................................................................................................... Nº: .................................................... PISO: ........................................ PUERTA: ............................................. C.P.: ................................. LOCALIDAD: ................................................................................... MUNICIPIO: .................................................................................. ISLA: ..................................................................................................... PROVINCIA: ....................................................................................

En su nombre EXPONE:

Que habiendo recibido información de que me ha sido concedida subvención por importe de .................................. pesetas, con la finalidad de FACILITARME LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS Y MI PERFECCIONAMIENTO COMO ESTUDIANTE UNIVERSITARIO/A O POSTGRADUADO/A, según condiciones establecidas en la Orden de .................... de .............................. de 1997.

LE INFORMO:

De mi ACEPTACIÓN expresa de dicha subvención, a los efectos establecidos en el Decreto 6/1995, que regula el régimen de ayudas y subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

..............................................................., a ........... de .................................................... de 1997.

Firma del/de la solicitante.

DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN EDUCATIVA CALLE LEÓN Y CASTILLO, 57, 6ª PLANTA 35003-LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

A N E X O V

APELLIDOS: ................................................................................................................................................................................................................... NOMBRE: ....................................................................................................................................................................................................................... DOMICILIO: CALLE ..................................................................................................................................................................................................... Nº: .................................................... PISO: .................................... PUERTA: ................................................ C.P.: ................................. LOCALIDAD: ............................................................................... MUNICIPIO: ..................................................................................... ISLA: ................................................................................................... PROVINCIA: ..........................................................................................

En su nombre EXPONE:

Que habiendo recibido información de que me ha sido concedida subvención por importe de .................................. pesetas, con la finalidad de FACILITARME LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS Y MI PERFECCIONAMIENTO COMO ESTUDIANTE UNIVERSITARIO/A O POSTGRADUADO/A, según condiciones establecidas en la Orden de .................... de .............................. de 1997.

LE INFORMO:

De mi RENUNCIA expresa de dicha subvención, a los efectos establecidos en el Decreto 6/1995, que regula el régimen de ayudas y subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

..............................................................., a ........ de ...................................................... de 1997.

Firma del/de la solicitante.

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