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1997/145 - Lunes 10 de Noviembre de 1997

IV. ANUNCIOS
Anuncios de contratación
Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

Regresar al sumario 3475 RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 1997, de la Viceconsejería de Infraestructuras, por la que se acuerda no adjudicar el concurso (procedimiento abierto) de consultoría y asistencia que tiene por objeto la supervisión, control y planificación de distintos estudios informativos (B.O.C. nē 112, de 28.8.95).

Visto el expediente para la contratación de la consultoría y asistencia que tiene por objeto la supervisión, control y planificación de distintos estudios informativos.

HECHOS

Por Orden de 18 de agosto de 1995 se convoca licitación por el sistema de concurso y procedimiento abierto del expediente de referencia, publicándose en los preceptivos diarios oficiales.

Al citado concurso se presentaron las empresas Servicios Omicron, S.A., UTE: Ineco-J. Fernández Soldevilla, UTE: Iberinsa-Urbeing, S.L. y Prointec.

Tras distintas reuniones de la Mesa de Contratación designada al efecto, ésta propone como adjudicataria de la consultoría y asistencia epigrafiada, en base al informe técnico emitido por el Servicio de Carreteras, a la UTE: Ineco-J. Fernández Soldevilla, al ser su oferta la más ventajosa para la Administración.

Como quiera que por distintas razones la adjudicación definitiva se demoró en exceso, y que se han redactado la mayoría de los proyectos a los que se refería el estudio a contratar, esta Viceconsejería, de conformidad con lo dispuesto en la vigente Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y en uso de las facultades conferidas por delegación efectuada por Orden de 21 de febrero de 1997 (B.O.C. nē 30, de 5.3.97),

R E S U E L V E:

- No adjudicar el concurso para la contratación de la consultoría y asistencia que tiene por objeto la supervisión, control y planificación de distintos estudios informativos, debido a su ineficacia en el momento actual, al haberse redactado la mayoría de los proyectos a los que se refería la asistencia a contratar.

- Se proceda a la devolución de la garantía provisional depositada por las empresas licitadoras al concurso y se les notifique la presente Resolución, haciéndoles saber que la misma pone fin a la vía administrativa y que cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su notificación o publicación, en su caso, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, previa la comunicación a esta Consejería, exigida en el artē. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de septiembre de 1997.- El Viceconsejero de Infraestructuras, Gregorio Guadalupe Rodríguez.

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