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Por virtud de la Orden de 17 de marzo de 1997, el Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación delega en el Viceconsejero de Pesca la competencia para la convocatoria de exámenes para la obtención de las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, por lo cual,
R E S U E L V E:
Proceder a la convocatoria de exámenes ordinarios durante el año 1997 para la obtención de las siguientes titulaciones:
1ª convocatoria.- Se celebrará en la semana del 1 al 5 de diciembre en Gran Canaria y Tenerife.
Los días 1 y 2 en Gran Canaria; y los días 3, 4 y 5 en Tenerife, para la obtención de la siguientes titulaciones:
a) Patrón de embarcaciones de recreo.
b) Patrón de embarcación de recreo restringido a motor.
c) Patrón de yate y Patrón de yate habilitado para navegación de altura.
d) Capitán de yate: este examen sólo se celebrará en Tenerife.
2ª convocatoria.- Se celebrará los días 15, 16 y 17 de diciembre en Lanzarote, para la obtención de las siguientes titulaciones:
a) Patrón de embarcaciones de recreo.
b) Patrón de embarcación de recreo restringido a motor.
c) Patrón de yate y Patrón de yate habilitado para navegación de altura.
d) Capitán de yate.
Con sujeción a las siguientes
BASES DE CONVOCATORIA
Primera.- 1. Los exámenes se celebrarán por los Tribunales constituidos al efecto, de acuerdo con lo previsto en la base sexta de la presente Resolución, cuyos miembros serán indemnizados de acuerdo a lo dispuesto legalmente.
2. Los exámenes serán escritos, habiendo una parte oral en los exámenes de inglés, y se ajustarán a los programas, forma y condiciones mínimas que actualmente estén en vigor según la normativa reguladora de la materia, constituida por las Resoluciones de la Dirección General de la Marina Mercante de 19 de febrero de 1990 (B.O.E. de 3.3.90) y la de 25 de junio de 1990 (B.O.E. de 6.7.90), y demás circulares de la misma Dirección en vigor, que se expondrán a la vez que las listas de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios de las dependencias administrativas señaladas en el apartado 5.1 de la base tercera de la presente Resolución.
3. Los poseedores del extinguido título de Patrón de embarcaciones a motor, primera clase, quedarán exentos de la asignatura de Propulsión Mecánica, en el examen de Patrón de yate, aportando fotocopia cotejada de la tarjeta en vigor, en el momento de matricularse.
Segunda.- Las personas que deseen presentarse a la convocatoria deberán acreditar:
a) Haber cumplido 18 años de edad, o tener cumplidos los 16 años con la autorización de los padres o tutores, cuando se trate de menores no emancipados, en el caso del título de Patrón de embarcaciones de recreo.
b) Estar en posesión del correspondiente Certificado Médico Oficial expedido por facultativo, ajustado a las normas contenidas en la Resolución de 22 de junio de 1990, de la Dirección General de la Marina Mercante, que establece el cuadro de defectos físicos y enfermedades que constituyen inutilidad para la obtención de titulaciones náuticas de recreo.
Estarán exentos de lo dispuesto en el párrafo anterior los candidatos que estén en posesión de alguna titulación náutica o aporten el certificado de examen de la última convocatoria a la que se hubiesen presentado durante 1997.
c) Haber ingresado los derechos de examen mediante el correspondiente impreso oficial, indicándose en el mismo la convocatoria de examen y la titulación a la que se accede.
Tercera.- 1. Los candidatos deberán solicitar su admisión a examen mediante instancia dirigida al Presidente del correspondiente Tribunal de exámenes para la obtención de las titulaciones de referencia.
2. La solicitud se ajustará al modelo que se adjunta como anexo I a la presente Resolución.
3. Junto con la solicitud, será preciso presentar la siguiente documentación:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
b) Una fotografía reciente de tamaño carnet semejante a las exigidas para el Documento Nacional de Identidad, en cuyo dorso figurarán nombre y apellidos.
c) Original del resguardo que acredite haber abonado los correspondientes derechos de examen que se detallan a continuación según el título al que se acceda:
• Patrón de embarcaciones de recreo y Patrón de embarcación de recreo restringido a motor: 6.000 pesetas.
• Patrón de yate y Patrón de yate de altura: 8.000 pesetas.
• Capitán de yate: 10.000 pesetas.
En estos derechos de examen quedan excluidas las tasas por expedición de títulos, estándose en este aspecto a lo establecido en la base octava.
d) Certificado Médico Oficial al que se hace alusión en la base segunda de la presente Resolución.
e) En caso de que los candidatos hayan superado una parte del programa de la titulación a la que se presentan, deberán aportar el certificado del último examen.
f) Fotocopia compulsada del Título o resguardo de trámite de Patrón de embarcaciones de recreo, para presentarse a Patrón de yate.
g) Fotocopia del Título compulsada o resguardo de trámite de Patrón de yate, para presentarse a Capitán de yate o Patrón de yate de altura.
4. Los plazos de entrega de las solicitudes serán los siguientes:
1ª convocatoria en Gran Canaria y Tenerife: del 3 al 14 de noviembre, ambos inclusive.
2ª convocatoria en Lanzarote: del 17 al 28 de noviembre, ambos inclusive.
5.1. Las solicitudes para tomar parte en los exámenes podrán presentarse directamente en cualquiera de las siguientes dependencias administrativas:
a) Viceconsejería de Pesca:
Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Edificio de Usos Múltiples, 3ª planta, Las Palmas de Gran Canaria-35003. Teléfono: (928) 380000.
b) Secretaría Territorial de Pesca:
Avenida de Anaga, 35, Edificio de Usos Múltiples I, 11ª planta, Santa Cruz de Tenerife-38001. Teléfono: (922) 241000.
c) Instituto Politécnico de F.P. Marítimo-Pesquero de Canarias: Avenida de Naos, 2, Arrecife de Lanzarote-35500. Teléfono: (928) 810600.
d) Instituto de F.P. Marítimo-Pesquero:
Calle El Cercado, s/n, San Andrés. Santa Cruz de Tenerife-38120. Teléfono: (922) 591264.
5.2. Las solicitudes podrán presentarse igualmente en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
6. Las solicitudes tendrán validez para una única convocatoria, siendo necesaria la presentación de una nueva solicitud para una convocatoria posterior, solicitud que deberá presentarse en las fechas de convocatoria indicadas, junto con la documentación mencionada en el apartado tercero anterior, considerándose dichos plazos improrrogables a todos los efectos.
Cuarta.- 1. Los Tribunales que juzgarán las pruebas estarán formados por funcionarios públicos de los Grupos A o B, adscritos a la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, cuyos miembros serán designados por el Viceconsejero de Pesca, una vez conocido el número de candidatos presentados a los exámenes.
2. El Viceconsejero de Pesca nombrará un Tribunal suplente de características análogas a las del Tribunal titular.
Quinta.- Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera de la presente convocatoria, los Presidentes de los Tribunales, a la vista de las instancias recibidas, harán públicos en el tablón de anuncios de las dependencias administrativas a las que se hace referencia en el apartado 5.1 de la base tercera, con la debida anticipación, las listas de admitidos y excluidos, la composición de los Tribunales examinadores, los materiales o útiles que se han de llevar a la prueba, el lugar donde se celebrarán los exámenes, así como el día y la hora de realización de las pruebas correspondientes a cada una de las titulaciones.
Sexta.- 1. Los Tribunales que juzgarán las pruebas estarán formados por:
Un Presidente.
Un Secretario.
Vocales, el número de vocales se determinará atendiendo al número de candidatos y la titulación del examen.
2. Los miembros de los Tribunales tendrán titulación profesional superior en las materias objeto de examen.
3. De las actuales academias privadas autorizadas para las enseñanzas de la navegación de recreo por la Dirección General de la Marina Mercante, de conformidad a la Orden Ministerial de 11 de febrero de 1985, podrá acudir a los exámenes un solo representante de las mismas, el cual ostentará la condición de observador durante el desarrollo de las pruebas, sin voz ni voto, debiendo antes del inicio de las mismas acreditarse e identificarse como tal representante ante el Presidente del Tribunal.
Séptima.- 1. Finalizadas las pruebas, se expondrán en el tablón de anuncios de las dependencias administrativas señaladas en el apartado 5.1 de la base tercera de la presente Resolución, las listas de calificaciones de éstas.
2. Los candidatos dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas de calificaciones, para presentar por escrito las reclamaciones que consideren oportunas. La reclamación se dirigirá al Presidente de cada Tribunal, indicándose en la misma la convocatoria y lugar donde se realizó el examen, datos personales, motivo de la reclamación y teléfono de contacto.
3. Los Secretarios de los Tribunales, con el visto bueno de sus respectivos Presidentes, expedirán certificación individual de las calificaciones obtenidas, incluirán el resultado del reconocimiento médico preceptivo.
Octava.- Expedición de Títulos.
1. Aprobado el examen teórico y acreditada la realización de las prácticas correspondientes, se expedirá un documento normalizado, que acreditará la validez oficial de la titulación obtenida.
2. Los interesados deberán solicitar la expedición de Títulos al Ilmo. Sr. Viceconsejero de Pesca, por medio del modelo de instancia que aparece en el anexo II, que deberán remitir al Servicio de Estructuras Pesqueras de la Viceconsejería de Pesca: Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Edificio de Usos Múltiples, 3ª planta, Las Palmas de Gran Canaria-35003. Teléfono: (928) 380000.
3. A dicha solicitud se unirá la siguiente documentación:
a) Certificado del Tribunal de haber aprobado el examen correspondiente.
b) Certificado de haber realizado las prácticas correspondientes a cada titulación.
c) Un sobre conteniendo 2 fotografías semejantes a las exigidas para el Documento Nacional de Identidad, al dorso de las cuales figurarán nombre y apellidos del solicitante.
d) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
e) Original del resguardo que acredite haber abonado el pago de las tasas para la expedición del título correspondiente, señalando en el concepto del impreso la causa del pago, debiendo abonarse:
• Patrón de embarcaciones de recreo, Patrón de embarcación de recreo restringido a motor y Patrón de yate: 3.240 pesetas.
• Patrón de yate de altura: 13.080 pesetas.
• Capitán de yate: 13.080 pesetas.
Novena.- La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y forma previstos en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Décima.- La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de octubre de 1997.- El Viceconsejero de Pesca, Fernando Antonio Martín-Mönkemöller y Martín-Spilker.
A N E X O I
Solicitud de participación en las pruebas para la obtención de titulaciones náuticas
que habilitan para el gobierno de Embarcaciones de Recreo
Apellidos ................................................................................................................., nombre..................................................
D.N.I. nº .................................................................., fecha de nacimiento .............................................., edad ......................, domicilio ............................................................., C.P. .........................., población ............................................................, provincia ................................................................................................., teléfono de contacto ......................................... .
- Marque con una X las opciones correspondientes
1º) Deseo participar en las pruebas para la obtención del Título de:
... Patrón de embarcaciones de recreo.
... Patrón de yate de altura.
... Patrón de embarcación de recreo restringido a motor.
... Capitán de yate.
... Patrón de yate.
2º) Deseo realizar el examen correspondiente en la isla de:
... Gran Canaria ... Tenerife ... Lanzarote
3º) Documentación que acompaño:
... Una fotografía tamaño carnet.
... Fotocopia del D.N.I. o pasaporte.
... Certificado Médico Oficial, conforme a la Resolución de 22 de junio de 1990, de la Dirección General de la Marina Mercante.
... Original del resguardo de haber liquidado las tasas.
... Certificado del último examen (para examinarse de parte del programa de una titulación no superada en el examen anterior).
... Fotocopia compulsada del Título de P.E.R. (para presentarse a Patrón de yate).
... Fotocopia compulsada del Título de Patrón de yate (para presentarse a Capitán de yate o Patrón de yate de altura).
Por lo que solicito se me permita participar en la convocatoria que a estos efectos realiza la presente Resolución.
En .................................................................., a ......... de ........................................................ de 1997.
Firma:
SR. PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE EXÁMENES PARA LA OBTENCIÓN DE TITULACIONES PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO.
A N E X O I I
SOLICITUD DE EXPEDICIÓN DE TÍTULOS PARA EL MANEJO
DE EMBARCACIONES DE RECREO
Apellidos ................................................................................................................., nombre..................................................
D.N.I. nº .................................................................., fecha de nacimiento .............................................., edad ......................, domicilio ............................................................., C.P. .........................., población ............................................................, provincia ................................................................................................., teléfono de contacto ......................................... .
- MARQUE CON UNA X LAS OPCIONES CORRESPONDIENTES
SOLICITA QUE LE SEA EXPEDIDO EL TÍTULO DE:
... Patrón de embarcaciones de recreo.
... Patrón de yate de altura.
... Patrón de embarcación de recreo restringido a motor.
... Capitán de yate.
... Patrón de yate.
Convocatoria de mi examen: lugar y fecha .........................................................................................................................
... Por convalidación por .................................................................................................................................................
... Por renovación
DOCUMENTACIÓN QUE APORTA:
... Certificado/s del Tribunal de haber aprobado los exámenes correspondientes.
... Certificado de haber realizado las prácticas correspondientes a cada titulación solicitada.
... Fotocopia compulsada de la titulación, en los casos de renovación o convalidación.
... 2 fotografías tamaño carnet de identidad.
... Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
... Documento original de ingreso por tasas correspondientes a la expedición de títulos.
En ........................................................., a .... de ......................................................... de 1997.
Firma:
ILMO. SR. VICECONSEJERO DE PESCA.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |