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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, se hace saber a la misma que con fecha 26 de agosto de 1997 fue efectuado requerimiento del tenor literal siguiente:
En relación con la subvención en materia de incorporación de trabajadores desempleados como socios trabajadores de cooperativas y sociedades anónimas laborales, concedida a esa entidad mediante Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo con fecha 23 de octubre de 1995, por importe de setecientas mil (700.000) pesetas, de las previstas en el Capítulo III de la Orden de 7 de junio de 1995, de convocatoria y regulación de las bases para la concesión de las subvenciones establecidas en el Decreto 124/1994, de 20 de junio, por el que se regulan los programas del Gobierno de Canarias para el fomento y el mantenimiento del empleo (B.O.C. nº 75, 16.6.95), y a los efectos de poder tramitar la justificación de dicha subvención, cúmpleme comunicarle lo siguiente:
En el apartado cuarto de la citada Resolución, y en los mismos términos en el artº. 71 de la citada Orden, se establecía que la entidad beneficiaria vendrá obligada a justificar anualmente y durante tres años, a partir del alta del/de los socio/s trabajador/es en la Seguridad Social, la utilización de los fondos públicos en la actividad objeto de subvención, mediante la aportación ante el Instituto Canario de Formación y Empleo de dos copias, compulsadas con su original, de boletines de cotización a la Seguridad Social y recibos oficiales de salarios (no inferior al salario mínimo interprofesional vigente).
Por todo ello se le requiere para que en plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito, remitan a este Centro Directivo por medio de dos copias debidamente diligenciadas con sus originales, la documentación siguiente del socio subvencionado:
NOMBRE: Domingo Bermúdez Lorenzo. NÓMINAS O RECIBOS OFICIALES DE SALARIOS Y PAGOS A LA SEGURIDAD SOCIAL: desde julio de 1996 hasta junio de 1997.
Se le advierte que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en los artículos 32 y 33 del Decreto 6/1995, de 27 de enero (B.O.C. nº 19, de 13.2.95), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de septiembre de 1997.- El Director, Aurelio Ayala Fonte.
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